Manual de conductores |
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Estimado conductor: El programa de licencias para conducir de Carolina del Norte está diseñado para prote-ger a los conductores y a los peatones. Sus obje-tivos son la prevención de accidentes de tráfico y la reducción de los daños y pérdida de bienes. Lo que usted aprenda en este manual es lo esencial para manejar con seguridad. Qué tan bien recuerde lo que usted aprenda y qué tanto lo practique diariamente, le permitirá continuar siendo un conductor que maneja de una manera segura. Por favor recuerde que el privilegio de conducir se debe ganar. Es un privilegio que incluye una gran responsabilidad. Le suplico que siempre obedezca nuestras leyes y observe las reglas para manejar en forma segura. Su vida y las vidas de otros dependen de usted. Atentamente, Michael Easley Gobernador Lyndo Tippett Secretario de Transporte Línea telefónica de información automatizada DMVdirectAccess es una manera muy cómoda de obtener información de la División de Vehículos Motorizados (Division of Motor Vehicles -DMV) del Departamento de Transporte de Carolina del Norte (North Carolina Department of Transportation - NCDOT), sobre las licencias para conducir y el re-gistro de vehículos. Marque el (919) 715-7000 desde cualquier teléfono con botones y obtenga informa-ción 24 horas al día, los siete días de la semana. DMV directAccess le proporciona información sobre: • licencias para conducir, permisos de princi-piante, endosos de licencia para conducir motocicletas, licencias para conducir comer-ciales (CDL), y tarjetas especiales de identifi-cación; • información personalizada que usted debe saber sobre el sistema de puntos que afecta su licencia para conducir, antecedentes de mane-jo y la condición de su licencia para conducir; • formularios médicos y de visión, ciclos de exámenes, expedientes y audiencias; • registro de vehículos, duplicados de títulos, placas perdidas o robadas, placas persona-lizadas y tarjetón de discapacitados para el parabrisas. • seguro de responsabilidad civil y otra infor-mación. En la línea DMV directAccess también encon-trará información sobre las cuotas e impuestos de las licencias para conducir y del registro de vehícu-los. Al presionar los botones de los números de su código postal, el sistema le puede proporcionar la ubicación de la oficina de licencias para conducir o registro de vehículos más cercana a usted. (919) 715-7000 Estimado conductor: El manejar de manera responsable y segura continúa siendo vital para los millones de conduc-tores que viajan en nuestras carreteras cada año. Cuando se otorga el privilegio de conducir en este estado, usted debe estar preparado para aceptar la responsabilidad de su vida y las vidas de otros. Anualmente cerca de 200,000 accidentes ocu-rren en las carreteras de Carolina del Norte. Estos accidentes ocasionan 1,500 muertes. Continuamos mejorando en esta área, pero debemos esforzarnos más. Debemos esforzarnos más para protegernos a nosotros mismos y a nuestras familias. Este manual de conductores le sugiere muchas técnicas para manejar en forma segura y a la defensiva, también señala leyes importantes sobre vehículos motorizados. Lo que usted aprenda en este manual es nece-sario para la seguridad de todos los conductores. Aun cuando este manual contiene la informa-ción que usted necesita para prepararse para el examen para obtener su licencia para conducir, tal vez no responda todas sus preguntas. Si necesita más ayuda, por favor comuníquese con la oficina de licencias para conducir más cercana. También puede visitar nuestro sitio de Internet: www.dmv.dot.state.nc.us. Cuando usted maneja de una manera segura y obedece las reglas del tránsito, usted podrá disfru-tar durante mucho tiempo de viajes agradables y cómodos en las carreteras de Carolina del Norte. Atentamente, Comisionada de Vehículos Motorizados Para muchas personas en Carolina del Norte, el conducir un vehículo puede ser muy costoso, incó-modo o peligroso. El Departamento de Transporte de Carolina del Norte desea hacerle saber que aparte de manejar, existen muchas alternativas de transporte. En nuestra sociedad frecuentemente olvidamos que podemos caminar, andar en bicicleta, compartir el automóvil o usar el transporte público. El transporte público pudiera ser su mejor alter-nativa, en vez de manejar. En la mayoría de los lugares en el estado se ofrece algún tipo de trans-porte público. En áreas urbanas, existen sistemas de autobuses que circulan por rutas ya estableci-das. En áreas rurales por ser más pequeñas se uti-lizan servicios coordinados de camionetas tipo van para transportar a los ciudadanos. En cualquiera de estos casos, el transporte público se encuentra a su disposición y está equipado para poder atender las necesidades de las personas discapacitadas. Para saber más acerca de las opciones de trans-porte público en su localidad llame a la División de Transporte Público del Departamento de Carolina del Norte: Se puede solicitar un duplicado de licencia para conducir en línea en www.dmv.dot.state.nc.us. Haga clic en el logotipo Click@DMV y luego en el enlace “Duplicado de licencia para conducir” y lle-gará a nuestro sitio para “Duplicado en línea” de licencia para conducir. El duplicado de licencia para conducir se puede solicitar por las siguientes razones: • reemplazo de una licencia robada o perdida • cambio de dirección residencial y/o postal • reemplazo de una licencia desfigurada o dañada Se cobra una tarifa de $10 dólares. En la actuali-dad, usted puede pagar con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito Visa o Mastercard. Se enviará por correo al cliente un duplicado de la licencia con la fotografía más reciente disponible en nuestro sis-tema computarizado. Los clientes con licencia sus-pendida no tienen derecho a este servicio. Traffic Records Section (Sección de antecedentes de tráfico) (919) 861-3062 Customer Service/Citizen Affairs Section (Sección de servicio a clientes y asuntos de los ciu-dadanos) (919) 861-3059 Enforcement Section (Sección de cumplimiento y vigilancia de normas) (919) 861-3185 International Registration Plan (IRP) Section (Sección del plan de registro internacional) (919) 733-3643 School Bus and Traffic Safety Section (Sección de seguridad de autobuses escolares y de tráfico) (919) 861-3104 El sitio en la Web de la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte (NCDMV) tiene el objetivo de ofrecer a los conductores de Carolina del Norte información precisa y oportu-na sobre los servicios que ofrece la NCDMV y los asuntos relacionados con la misma. En este sitio se contestan las preguntas más frecuentes, además se encuentran directorios actualizados de todas las oficinas de la DMV en todo el estado. Directamente desde su computadora, usted puede mandar un correo electrónico a este sitio. También encontrará noticias sobre todos los tópicos can-dentes y la nueva legislación que afecta a todos los conductores de Carolina del Norte. Además, en este sitio en la Web están a su disposición diversas publicaciones y formularios. ¡Venga a visitar este sitio! Señales de tráfico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 Señales de regulación, de advertencia, de guía e informativas. Marcas en el pavimento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .105 Agentes de tráfico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .106 Bicicletas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .112 Usted como peatón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .114 Camiones y otros vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .115 Motocicletas y bicimotos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117 Conservación de combustible . . . . . . . . . . . . . . . . . .121 Cómo mantener la carretera libre de basura . . . . . .121 Los centros de servicio móviles de la DMV . . . . . .123 Antecedentes del conductor . . . . . . . . . . . . . . . . . . .124 Registro de vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .125 Ley de impuestos de propiedad . . . . . . . . . . . . . . . .128 Inspección de vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .130 Operación Descanse con Confianza . . . . . . . . . . . . .132 (Operation Rest Assured) Glosario de términos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .133 Para obtener su licencia para conducir original . . . . .8 Tipos de licencias, permisos y certificaciones . . . . . .12 Licencias clasificadas, licencia comercial, endosos, niveles de graduación para la obtención de licencias, licencia provisional, restricciones, requisitos. Nuevos residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24 Personas no residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 La nueva licencia para conducir y tarjeta de identifi-cación de Carolina del Norte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26 Renovación y duplicado de licencias . . . . . . . . . . . . .26 La DMV exige un nombre completo . . . . . . . . . . . . .28 Tarjetas de identificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .28 Registro para votar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 Programa de donación de órganos . . . . . . . . . . . . . . .28 Lista de cuotas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .30 Manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas . .31 (Driving While Impaired - DWI) El alcohol y el conductor joven . . . . . . . . . . . . . . . . .35 Sistema de puntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36 Suspensiones y revocaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .39 Restitución de la licencia para conducir . . . . . . . . . .42 Seguridad del conductor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .44 Cómo proteger al conductor y a sus pasajeros . . . . .46 El manejo en general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .53 Reglas y destrezas básicas de manejo . . . . . . . . . . . .58 Cómo manejar a la defensiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . .79 Condiciones peligrosas de manejo . . . . . . . . . . . . . . .83 Emergencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .91 Choques . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .96 Semáforos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .98 • Mientras conduzca un vehículo motorizado en las carreteras, el titular del permiso debe ir acompañado de una persona que tenga licencia para conducir el vehículo motoriza-do en cuestión y que vaya sentada junto al titular del permiso. • Los permisos de principiante son válidos por 18 meses. • Las pruebas exigidas son examen de la vista y exámenes sobre señales de tránsito y conocimiento de vehículos motorizados. • Si el solicitante tiene entre 16 y 18 años, debe poseer una licencia provisional plena emiti-da por la División. Se requiere la firma de uno de los padres o del tutor legal. • Si el solicitante es mayor de 18 años, debe tener una licencia emitida por la División. • El permiso de principiante para conducir motocicleta autoriza a la persona a conducir una motocicleta sin pasajeros. • Los permisos de principiante para conducir motocicleta son válidos por 18 meses. • Las pruebas exigidas son examen de la vista y exámenes sobre señales de tránsito y conocimiento de motocicletas. Cada examen debe ser aprobado por separado. Los solicitantes de licencias Clase Ao B deben estudiar el Capítulo de Conocimientos Generales del Manual de Licencia para Conducir Comercial (Commercial Driver License -CDL Handbook). Los solicitantes de una licencia para conducir comercial Clase A, B o C deben estudiar los capí-tulos que se requieren en el Manual de Licencia para Conducir Comercial. Los solicitantes de endosos para motocicletas o permiso de principi-ante para conducir motocicletas deben estudiar el Manual para Motocicletas (Motorcycle Handbook). Consulte las páginas 12 a 13 para ver la descripción completa de todas las licencias para conducir. El manejar es un privilegio legal y una responsabilidad. Es contra la ley el manejar un vehículo motorizado en las calles y carreteras sin una licencia para conducir válida. También es ile-gal sentarse en el asiento del conductor de un vehículo motorizado cuando esté funcionando o guiar un vehículo cuando lo están empujando o remolcando, si usted no tiene una licencia para conducir válida. Los examinadores de licencias para con-ducir se encuentran en todo el estado y están capacitados para hacerle la prueba de una ma-nera justa y prestar un servicio oportuno y cortés. La mayoría de las oficinas de exámenes están abiertas de 8 a.m. a 5 p.m. En las ciudades y poblaciones más grandes, las oficinas están abiertas de lunes a viernes. Las oficinas en pobla-ciones más pequeñas pueden estar abiertas sólo ciertos días de la semana o un día cada dos sem-anas. Se pueden concertar citas para presentar el examen de manejo en la mayoría de las oficinas. Solicite información en su oficina local de licen-cias para conducir. • Los permisos de principiante se dan a per-sonas mayores de 18 años. • El permiso de principiante autoriza al titular a conducir el tipo o clase de vehículos motorizados especificado mientras tenga el permiso. • vista • conocimientos de manejo • señales de tráficoo • destreza de manejo (examen práctico de manejo) • Cómo se acerca a las intersecciones, las señales de alto y los semáforos. • Cómo se detiene repentinamente, de la manera más rápida y segura que le sea posi-ble, cuando se le indique hacerlo. • Cómo retrocede su automóvil. • Cómo detiene, arranca y estaciona el automóvil. • Cómo usa el embrague (clutch) en vehículos de transmisión manual. • Cómo cambia a una velocidad más baja en cuesta abajo. • Cómo usa sus direc-cionales y el claxon (bocina). • Cómo da vueltas (vira). • Cómo maneja en los carriles. • Cómo sigue a otros automóviles. • Cómo rebasa y se deja rebasar. • Cómo cede el derecho de paso a los peatones y a otros vehículos. • Cuál es su postura al manejar. • Cómo se da la vuelta en el camino "vuelta de tres puntos". (1) Comience desde el lado derecho del camino. Mire a su alrededor y, si no vienen otros automóviles, avance lentamente, girando el volante hacia la izquierda. Deténgase a varias pulgadas de la banqueta o borde izquierdo de la calle. (2) Retroceda el auto lentamente, girando el volante hacia la derecha. Deténgase a varias pulgadas de la banqueta o borde derecho de la calle. (3) Avance lenta-mente hacia adelante, girando el volante hacia la izquierda. Esto completará su retorno. En caso de no ser así, repita el pro-cedimiento descrito anteriormente. Ya sea que esté solicitando un permiso de prin-cipiante, una licencia original, o la renovación de su licencia, será necesario examinar su vista para verificar que cumple con ciertos estándares. Si usted necesita lentes de graduación para que su vista esté al nivel de los estándares requeridos, deberá traer puestos los lentes todo el tiempo que esté manejando, y en su licencia se indicará que usted debe usar lentes. La multa por manejar sin sus lentes de graduación apropiados es la misma que si estuviera manejando sin su licencia. En este manual se encuentra toda la informa-ción que se incluye en la prueba de señales de tráfico. Para aprobar la prueba de señales de trá-fico, usted deberá identificar las señales de tráfico de acuerdo con su forma y color, y explicar lo que significa cada una. El examen es una prueba de su conocimiento sobre las leyes de tráfico y las prácticas para manejar de una manera segura. Las personas que tienen dificultad para leer, pueden solicitar hacer el examen oralmente. El examen práctico de manejo es una prueba de su destreza de manejo. Usted puede realizar este examen, una vez que haya aprobado todos los otros exámenes. La primera vez que usted solicite una licencia para conducir, usted debe hacer el examen práctico de manejo. Es posible que tenga que volver a hacerlo para renovar su licencia. Sin embargo, no se requiere para un per-miso de principiante. Durante el examen práctico de manejo, se le dará la oportunidad de hacer maniobras básicas y demostrar su destreza para manejar de una manera segura en el tráfico. No se otorgará licencia a las personas que ten-gan problemas fisicos o mentales que puedan impedirles conducir con seguridad. Se puede dar una licencia limitada a una persona discapacitada siempre y cuando el problema no le impida con-ducir con seguridad. por lo menos 26,001 libras y que, incluyendo la combinación, cuenta con una unidad remolca-da con un peso bruto total de por lo menos 10,001 libras. • Un vehículo motorizado individual que tiene un peso bruto total de por lo menos 26,001 libras. • Una combinación de vehículos motorizados que tiene como parte de la combinación una unidad para remolcar con un peso bruto total de por lo menos 26,001 libras y una unidad remolcada con un peso bruto total de menos de 10,001 libras. Un vehículo individual o una combinación de vehículos motorizados que no se clasifique como clase Ao B, pero que cumpla cualquiera de las siguientes descripciones: • Está diseñado para transportar a 16 pasajeros o más, incluyendo al conductor. • Transporta materiales peligrosos y se le exige portar un letrero. Usted no necesita poseer una licencia co-mercial para conducir vehículos de recreación, equipo militar, equipo de incendio y/o emergen-cia, o ciertos vehículos agrícolas. Sin embargo, siempre se exige que usted posea la clasificación de licencia apropiada. Se requiere un endoso especial en su licen-cia para conducir comercial para acarrear mate-riales peligrosos, transportar pasajeros, remolcar trailers dobles o conducir vehículos con un tanque. Se puede obtener mayor información sobre las licencias para conducir comerciales en el Manual del Conductor Comercial de Carolina del Norte (North Carolina Commercial Driver License Handbook). Para obtener un endoso de motocicleta, una persona debe tener una licencia clase C, de por lo menos nivel tres, o un permiso de principiante para motocicleta, antes de poder conducir una motocicleta en las carreteras públicas. Carolina del Norte tiene un sistema de licen-cias para conducir clasificadas y licencias para conducir comerciales (Commercial Driver License - CDL). El tipo de vehículo que usted conduce determina la clase de licencia para conducir que usted debe tener y el tipo de vehículo que deberá conducir durante el examen práctico de manejo. El examen práctico de manejo deberá ser realiza-do en un vehículo representativo de la clase de licencia que se desea. Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier combinación de vehículos que estén exentos del requisito de una licencia para conducir comercial, y que tengan un peso bruto total (gross vehicle weight rating [GVWR]) de 26,001 libras o más, siempre y cuando el peso bruto del vehículo o vehículos que están siendo remolcados excedan 10,000 libras. También se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier combinación de vehículos con un peso bruto total menor de 26,001 libras, si el vehículo que se remolca tiene un peso bruto total mayor de 10,000 libras. Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier vehículo sencillo con un peso bruto total de 26,001 libras o más, que esté exento del requisito de licencia para conducir comercial, o cualquier vehículo de este tipo que remolque a otro vehículo con un peso bruto total de 10,000 libras o menos. - Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier vehículo que pese menos de 26,001 libras, que esté exento del requisito de una licencia para conducir comercial, y no remolque a otro vehículo con un peso bruto total de más de 10,000 libras. La mayoría de los conductores sólo necesitan una licencia de clasificación C para con-ducir los automóviles personales y camionetas pequeñas. Un vehícu-lo que tiene un peso bruto total combinado de • 6 meses a partir de la emisión del permiso del nivel uno, usted puede calificar para manejar a cualquier hora con su supervisor de manejo. Atención: Para graduarse y pasar al nivel dos (Level Two), usted debe tener este permiso por lo menos durante 12 meses y no tener ninguna infracción en movimiento, ni infracciones por no usar el cinturón de seguridad en los últimos seis meses. • Los conductores deben tener entre 16 y 18 años de edad. • Todos los pasajeros deberán restringirse con un cinturón de seguridad o un asiento de seguridad para niños. • El supervisor de manejo debe sentarse al lado del conductor. • Usted puede manejar sin supervisión de las 5 a.m. a las 9 p.m. y a cualquier hora si maneja directamente desde o hacia su traba-jo, o si es miembro y maneja como volun-tario cualquier vehículo contra incendio, de rescate o de servicio de emergencia médica. Atención: Para graduarse y pasar al nivel tres (Level Three), usted debe tener esta licencia por lo menos durante 6 meses y no tener ninguna sentencia condenatoria por cometer una infracción en movimiento, ni infracciones por no usar el cinturón de seguridad en los últimos seis meses. SUPERVISOR DE MANEJO: El supervisor de manejo debe ser el padre, la madre, el abuelo, la abuela o el tutor del titular del permiso o licen-cia; o una persona responsable autorizada por el padre, la madre o el tutor. El supervisor de manejo debe tener una licencia para conducir válida y debe haber tenido licencia para conducir durante cinco años como mínimo. • Después de cumplir seis meses de manejar sin ninguna infracción en movimiento o infracción por no usar el cinturón de seguri-dad, usted calificará para recibir una licencia de nivel tres. (Level Three License). Si usted es un nuevo residente que se está mudando a Carolina del Norte y tiene 15 años pero menos de 18 años y tiene un permiso de principiante, una licencia restringida o una licencia sin restricciones, usted debe ponerse en contacto con la oficina local de licencias para conducir para determinar qué tipo de licencia o permiso de principiante se le permite solicitar. Los conductores de autobús escolar deben tener como mínimo 18 años de edad, certificado de conductor de autobús escolar y Licencia para Conducir Comercial (Commercial Driver Licence, CDL) Clase B o C con restricción “S” o bien, una licencia CDL Clase A, B o C con endoso “P”. Los conductores de autobús de actividad escolar deben tener como mínimo 18 años de edad, certi-ficado de conductor de autobús escolar y CDL Clase B o C con restricción “S” o bien, una licen-cia CDL Clase A, B o C con endoso “P”. Para obtener este certificado de conductor de autobús escolar, la persona debe recibir un entrenamiento especial y aprobar un examen para demostrar que cuenta con la aptitud y capacidad necesaria para conducir un autobús. El entrenamiento y la certificación son proporcionados por especialistas de educación de manejo designados por la División de Vehículos Motorizados (DMV). Si usted tiene por lo menos 15 años de edad, y ha completado y aprobado el curso de educación de manejo, que cumple con los requisitos de Carolina del Norte y puede presentar un certifica-do de elegibilidad para ser conductor (emitido por el sistema escolar público), un diploma de prepara-toria (high school) o su equivalente, puede solicitar un Permiso limitado de principiante de nivel uno, (Level One Limited Learner Permit) para conducir vehículos que requieren una licencia clase C. • Usted debe tener por lo menos 15 años de edad, pero menos de 18 años y residir en Carolina del Norte. • Usted debe aprobar un examen escrito, de señales y de la vista. • Todos los pasajeros deberán restringirse con un cinturón de seguridad o un asiento de seguridad para niños. • Las únicas personas que pueden ir sentadas en la parte delantera del automóvil son el conductor y el supervisor de manejo. • Durante los primeros seis meses, el permiso de nivel uno (Level One) le autoriza a mane-jar entre las 5 a.m. y las 9 p.m., siempre y cuando lo acompañe el supervisor de manejo. Apartir del 1º de agosto de 1998, los solici-tantes de licencias para conducir, menores de 18 años de edad, deberán tener un “certificado de elegibilidad para ser conductor” (driver eligibility certificate), un diploma de estudios superiores (high school), o su equivalente para calificar para la obtención de un permiso o una licencia para conducir de Carolina del Norte. El certificado de elegibilidad para ser conductor debe estar firma-do por el administrador escolar del solicitante, quien certifica que el solicitante se encuentra inscrito en la escuela y está en vías de obtener un diploma de estudios superiores (high school) o bien, que el solicitante o su familia se encontraría en una situación difícil si no se le otorga una licencia para conducir al solicitante. La División de Vehículos Motorizados debe revocar la licencia para conducir de cualquier per-sona menor de 18 años cuando reciba la notifi-cación de la autoridad escolar correspondiente indicando que la persona ya no cumple los requi-sitos para recibir el certificado de elegibilidad para ser conductor. Esta revocación estará vigente hasta que la persona cumpla 18 años de edad, a menos que se obtenga un certificado de elegibilidad para ser conductor, un diploma de estudios secunda-rios (high school) o un certificado GED. Apartir del 1º de julio del 2000, un estudiante perderá su licencia si recibe una suspensión de la escuela por más de 10 días consecutivos, o si lo asig-nan por acción disciplinaria a una institución educa-tiva alternativa por más de 10 días consecutivos. Esta suspensión permanece vigente durante 12 meses o hasta que se obtenga un certificado de ele-gibilidad para ser conductor. Para emitir por primera vez una tarjeta de identificación, permiso de principiante o licencia para conducir en Carolina del Norte, se requiere un documento para comprobar su residencia, éste debe contener el nombre y la dirección del domicilio actual del solicitante en Carolina del Norte. Esto se requiere además de los documen-tos de comprobación de edad e identidad. Los documentos de comprobación aceptables son los siguientes: Los conductores menores de 18 años portan una licencia provisional. Debido a que estos con-ductores cuentan con un índice de accidentes mucho más alto, se les imponen leyes especiales. Si usted es un conductor menor de 18 años: • Usted debe presentar un certificado que demuestre que ha aprobado un curso de edu-cación de manejo oficial que cumple con los requisitos de Carolina del Norte antes de poder hacer el examen del permiso de prin-cipiante o de la licencia para conducir. • La División de Vehículos Motorizados revisa detenidamente sus antecedentes de manejo y es posible que se comunique con usted si tiene ciertos tipos de infracciones de tráfico o choques. • Es ilegal que una persona con una licencia provisional maneje un vehículo motorizado después de consumir o mientras consume bebidas alcohólicas o drogas. Si recibe una sentencia condenatoria por este tipo de vio-lación de la ley, se le revocará la licencia durante un año. • Si el conductor es menor de edad, el padre o tutor debe dar la autorización con su firma. Por razones de seguridad, una licencia para conducir puede ser limitada o restringida de alguna manera. Por ejemplo, es posible que a un conductor sólo se le permita manejar un vehículo si lleva puestos sus lentes de graduación o algún dispositivo de control mecánico. Si su licencia es restringida, usted sólo debe manejar dentro de los límites de la restricción, ya que, de lo con-trario, se considerará que usted está manejando sin licencia. Ala persona discapacitada que apruebe el examen de licencia para conducir, se le puede emitir una licencia para conducir restringida a la utilización del equipo necesario para conducir con seguridad el vehículo motorizado. Si a usted le expiden una licencia restringida, es posible que le llamen para presentar otro examen antes de la fecha de vencimiento de su licencia. • Documentos de Servicios Sociales • Talón de cheque de sueldo generado por computadora Se puede usar una declaración jurada ÚNICA-MENTE si NO se tiene alguno de los documen-tos mencionados arriba. En caso de un menor de edad, el padre, la madre o el tutor legal deben firmar la declaración jurada. Los Estatutos Generales exigen que se pague una cuota de $2.00 por la ejecución de la declaración jurada o affidávit. Los individuos de 18 años o más pueden solicitar cualquier tipo de licencia para conducir y/o endoso de motocicleta en Carolina del Norte. Pueden existir requisitos adicionales para aque-llas personas que solicitan una licencia comercial. Sea tan amable de consultar el Manual de Licencias Comerciales. (CDL Handbook). La División de Vehículos Motorizados exige un comprobante de su edad, su nombre completo y su número de seguro social (Social Security Number - SSN) para protegerlo de falsi-ficaciones de licencias para conducir. Para com-probar su edad, por favor presente una licencia para conducir con foto, ya sea vigente o vencida, o una tarjeta de identificación (ID card) especial expedida por la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte del Departamento de Transporte, o una licencia para conducir con foto o tarjeta de identificación expe-dida por otro estado norteamericano o territorio, por el estado libre asociado de Puerto Rico, o por alguna de las provincias canadienses, o una Licencia Federal de Conductor expedida por el gobierno mexicano. Si usted no tiene ninguna de las anteriores, puede presentar dos documentos, uno de los cuales debe contar con su fecha de nacimiento. Estos dos documentos deben pertenecer a las siguientes categorías: NO se acepta que las dos identificaciones que usted presenta provengan de la misma categoría. Por ejemplo, una tarjeta de califi-caciones y un programa de estudios de la escuela no se admiten como dos formas de identificación. • Acta o partida de nacimiento original o cer-tificada. 1) Documentos emitidos por el gobierno de los Estados Unidos o por el gobierno de otro país, tales como: • Órdenes militares • Pasaporte válido • Documentos del servicio de Inmigración y Naturalización (Immigration and Naturalization Service, INS) • Correspondencia de la Administración de Veteranos • Matrícula consular del Gobierno de México • Correspondencia de la Administración del Seguro Social 2) Documentos emitidos por el Estado de Carolina del Norte o por sus subdivisiones administrativas (condados, ciudades, etc.), por otro estado, por el estado libre asociado de Puerto Rico o por uno de los territorios de los EE.UU., tales como • Registro de vehículo válido en Carolina del Norte • Correspondencia o tarjeta de servicio de Servicios Sociales • Declaración de impuesto a la propiedad • Tarjeta de biblioteca • Tarjeta del registro de votantes de Carolina del Norte 3) Informes impresos de bancos o corporaciones (Por ejemplo, el estado de cuenta de un banco) 4) Carta de negocios impresa en papel con mem-brete 5) Documentos considerados confiables por la División, tales como • Convenio de renta de apartamento, contrato de vivienda, declaración de hipoteca • Cuenta de servicio público (electricidad, cable, agua, etc.) o contrato de servicios públicos • Registros escolares firmados por un fun-cionario de establecimiento educacional, tales como los certificados de educación de conductores • Póliza u obligación vigente de seguro de automóvil, propiedad, salud o vida • Registro de impuestos generado por com-putadora • Carta de un albergue para personas sin domicilio bilidad para no inmigrantes (Certificate of Eligibility for Nonimmigrant) OMB-1115- 0051; Notificación de Combate (Notice of Action) I-797, o la Notificación de Combate I-797C. • Tarjeta del Servicio Militar emitida por la Secretaría de Defensa de México. • Matrícula Consular o Matrícula emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México. • Credencial de Elector o para votar emitida por el Instituto Federal Electoral de México. • Cédula (con foto). • Mandato del tribunal o decreto de divorcio (de cualquier estado). Una vez que haya recibido su licencia para conducir de Carolina del Norte, usted tiene que hacer entrega de cualquier otra licencia para con-ducir que haya emitido otro estado. También se le pedirá que entregue todas las tarjetas de identifi-cación válidas de Carolina del Norte que usted posea. Las solicitudes de permiso de principiante o de licencia para conducir de cualquier persona menor de 18 años de edad deben estar firmadas por el padre o tutor. Cuando se solicita una tarjeta de identifi-cación, permiso de principiante o licencia para conducir, or cuando se solicita un duplicado de tales documentos, la ley exige que usted propor-cione a la División de Vehículos Motorizados un número de seguro social válido, o un Número de Identificación de Contribuyente Individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN) válido, si no tiene derecho a número de seguro social. Por ley, la DMV puede revelar un número de seguro social solamente: • Con el propósito de administrar las leyes de licencia para conducir. • Cuando lo solicite el Programa de Cumplimiento de Mantenimiento de Menores del Departamento de Salud y Servicios Sociales para hacer cumplir una • Tarjeta de seguro social (Social Security Card) u otro documento que tenga su número de seguro social y su nombre; un documento de impuestos generado por computadora, talón de su cheque de salario; estado de cuenta bancaria, declaración de una compañía de seguros, informe de una agencia bursátil, etc; Documentos expedidos por el gobierno, por ejemplo, la tarjeta de identificación militar de los EE.UU.; una carta o documento impreso por computado-ra de la Administración del Seguro Social (Social Security Administration ). • Registro escolar oficial firmado por un fun-cionario escolar, por ejemplo, las califica-ciones escolares (notas), certificado de edu-cación de manejo, diplomas, o programa de estudios (transcripts). • Comprobante de baja del servicio militar (DD-214 o Cartilla Nacional) o una tarjeta de identificación (ID) con foto. • Pasaporte vigente de cualquier país con la foto sellada. • Registros de impuestos (con excepción de los formularios que completan los individuos), formularios de declaración de impuestos W-2, formularios 1099, registro de impuestos de propiedad, o los registros trimestrales de pago de impuesto de nómina. • Licencia matrimonial o acta de matrimonio certificada expedida por una agencia guber-namental. • Privilegio limitado de manejo (vigente o vencido). • Registro vigente de vehículo o certificado de título de propiedad. • Documento auténtico del servicio de inmi-gración y naturalización (Immigration and Naturalization Service - INS); Tarjeta de reci-bo de registro de extranjero (Alien Registration Receipt Card); Tarjeta verde conocida como "Green Card" es decir, la tar-jeta de residente extranjero (Resident Alien Card); Tarjeta de autorización para empleo; Tarjeta de residente provisional; Certificado de ciudadanía de los EE.UU. con fotografía; Certificado de naturalización (Certificate of Naturalization) con foto, Certificado de ele-gibilidad para visitantes de intercambio (Certificate of Eligibility for Exchange visi-tors) OMB 3116-0008; Certificado de elegi- Los siguientes documentos son aceptables para demostrar que se tiene derecho a un ITIN: • Correspondencia de la oficina recaudadora de impuestos • Declaraciones de impuesto • Estados financieros de bancos, cooperativas de crédito, agencias de corredores de bolsa, etc. NOTA: Los ITIN no son aceptables si se solicita una licencia comercial o un permiso de principi-ante comercial. La Asamblea General de Carolina del Norte (N.C. General Assembly) ha dispuesto una ley que exige que algunos (pero no todos) de los solici-tantes de licencias para conducir en Carolina del Norte presenten un comprobante de estar amparados bajo una póliza de seguro contra responsabilidad civil (liability) para obtener una licencia para conducir en Carolina del Norte. La comprobación de cobertura de póliza de seguro contra responsabilidad civil se les exige a: • aquellas personas que estén realizando su trámite para obtener una licencia original, inclusive aquellas provenientes de otros estados; • las personas cuyas licencias están siendo restituidas después de una revocación o sus-pensión; o • los individuos que hayan recibido una licen-cia de Privilegio Limitado, otorgada por el tribunal. La certificación del amparo bajo póliza de seguro contra responsabilidad civil se debe pre-sentar en el Formulario DL-123 de la División de Vehículos Motorizados, o bien, puede presentarse el original de su póliza de seguro contra respon-sabilidad civil, el contrato o el certificado de seguro. Los documentos descritos anteriormente deben mostrar: • el nombre del solicitante; • fecha de inicio de vigencia de la póliza; • fecha de vencimiento; y • fecha de expedición de la póliza. orden de manutención infantil o para establecer la paternidad en un caso de manutención infantil. • Cuando lo solicite el Departamento de Impuestos para verificar la identidad del contribuyente. El número de seguro social o el ITIN de una solici-tud es confidencial y no aparecerá impreso en su licencia para conducir, permiso de principi-ante o tarjeta de identificación. Se aceptan los siguientes documentos como com-probantes del número de seguro social: • Tarjeta de seguro social (no se aceptan las tarjetas metálicas o de plástico, o cualquier otro tipo de reproducción); • El formulario de impuestos W-2 o cualquier otro documento creado por computadora de la oficina recaudadora de impuestos (Internal Revenue Service) o de la oficina recaudadora de impuestos estatal o del condado. • Talón de su cheque de salario; • Estado de cuenta financiero (estado de cuenta bancaria, declaración de la compañía de seguros, informe de agencia bursátil, etc.) que muestre su número de seguro social; • Documentos expedidos por el gobierno, por ejemplo, la identificación militar de los EE.UU., en la cual aparece el número de seguro social; • Una carta o documento impreso por com-putadora de la Administración del Seguro Social (Social Security Administration). Si usted no tiene un número de seguro social válido y no tiene derecho a obtener uno, puede presentar un número de identificación de contribuyente individual emitido por la oficina recaudadora de impuestos (Internal Revenue Service). Por ley, se le pedirá que complete una declaración jurada de que usted no tiene derecho a número de seguro social. • el examen escrito; • el examen de la vista; • la prueba de reconocimiento de señales de tráfico; y • el examen práctico al volante, (si el exami-nador de licencias para conducir considera que es necesario). Una persona que no es residente de Carolina del Norte es "cualquier persona cuya residencia legal se encuentra en un estado, terri-torio o jurisdicción distinta a Carolina del Norte o en un país en el extranjero". • Agentes de ventas cuyos hogares se encuentran en otros estados y viajan en el territorio de Carolina del Norte. • Estudiantes de universidad provenientes de otro estado, quienes tienen la intención de volver a sus estados natales al termi-nar sus estudios en Carolina del Norte. • Miembros de las fuerzas armadas que prestan su servicio en Carolina del Norte, quienes tienen la intención de volver a sus estados natales. • Cónyuges de miembros no residentes de las fuerzas armadas que prestan su servi-cio en Carolina del Norte. El formulario DL-123, los contratos y los certificados de seguro sólo tienen validez durante 30 días a partir de la fecha de expedición y deben ser expedidos por una compañía de seguros autorizada para operar en Carolina del Norte. Los individuos amparados por la ley obliga-toria del seguro contra responsabilidad civil, pero que no son propietarios ni conducen un vehículo motorizado actualmente registrado, deberán fir-mar una certificación de excepción (DL-123A) en la oficina de licencias para conducir. Esta excep-ción le permite al conductor manejar "Solamente vehículos de flotilla" (Fleet Vehicles Only). Para cancelar la restricción, el conductor debe pagar una cuota de $10.00 dólares y presentar el Formulario DL-123 del DMV. Un nuevo residente de Carolina del Norte debe obtener una licencia de este estado o un permiso de principiante 60 días después de establecer su residencia aquí. • Usted debe tener por lo menos 15 años de edad, si tiene menos de 18 años debe haber ter-minado un curso de educación para conducir. • Los conductores de 16 ó 17 años de edad que sean nuevos residentes de Carolina del Norte y posean una licencia para conducir no restringida y vigente de otro estado, en el que la educación para conducir no sea obligatoria, se les puede expedir un permiso provisional de conductor. Con este permiso se les autoriza conducir con el fin de tomar el curso de educación para conducir, el cual es obligatorio para obtener una licencia de conductor en Carolina del Norte. Para la renovación de la licencia siempre se exige el examen de la vista y el de reconocimien-to de las señales de tráfico. Atención: Usted puede renovar su licencia por correo, si reside fuera de Carolina del Norte por 30 días o más, o si participa activamente en las fuerzas armadas y está prestando servicio fuera del estado. La licencia que se expide será temporal y se vencerá cinco años después de la fecha de renovación, el día de su cumpleaños o 60 días después de que regrese a Carolina del Norte, cualquiera de las dos fechas que acontezca primero. Si pierde o le roban su licencia, acuda a la oficina de licencias para conducir más cercana a usted para solicitar un duplicado. Para sustituir una licencia perdida o robada, usted debe mostrar al examinador dos documentos de iden-tificación aprobados por la División de Vehículos Motorizados (ver página 17). Aquella persona que tenga una dirección distinta a la que aparece en su licencia para con-ducir debe notificar el cambio a la DMV dentro de un periodo de 60 días a partir de que ocurra el cambio, asimismo, debe obtener un duplicado de su licencia. Aquella persona que no se mude, pero cuya dirección haya cambiado debido a una acción gubernamental no se le acusará de violar esta ley. Aquella persona que cambia su nombre y es distinto al que aparece en su licencia para con-ducir, debe notificar a la DMV del cambio dentro de un periodo de 60 días a partir de que ocurra el cambio, asimismo, debe obtener un duplicado de su licencia con el nuevo nombre. El cambio de nombre se puede realizar al presentar: • un certificado de matrimonio emitido por una agencia del gobierno. • Prueba documentada de los tribunales o del registro de escrituras en la que se establezca que el cambio de nombre se llevó a cabo ofi-cialmente. • decreto de divorcio que incluya el cambio de nombre. En el otoño de 1996, la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte comenzó a expedir la licencia de conducir y tarje-ta de identificación con un nuevo diseño. Hasta el año 2005 continuarán en circulación las antiguas licencias de conducir y tarjetas de iden-tificación; hasta que alcancen su fecha de vencimiento. La nueva licencia de conducir y la tarjeta de identificación representan un cambio total en el sistema de autorización de conductores que existe actualmente y tiene un importante énfasis en la seguridad del documento. Se ha utilizado un proceso conocido como creación de imagen digital para obtener y alma-cenar la fotografía y la firma del portador de la licencia. Aparte de una imagen digital, la nueva licencia de conductor cuenta con un sistema de código de barras que contiene los datos perso-nales de cada persona, sólo pueden obtener acce-so a esta información la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte y las agencias del orden público. Apartir del 1º de enero de 1995, las fechas para la renovación de las licencias para conducir variarán de acuerdo a la edad; esto es debido al nuevo programa de renovación de licencias cada cinco años (ver página 29). Antes de que se venza su licencia, la División de Vehículos Motorizados le enviará por correo una tarjeta de renovación en la que se explica el número de años que estará vigente. Si usted no tiene su licencia actual o la vencida, en el momento de renovarla se le exigirá que le pre-sente al examinador dos de los documentos de identificación que se indican en la página 17. 16 4 20 17 3 20 18 7 25 19 6 25 20 5 25 21 4 25 22 8 30 23 7 30 24 6 30 25 5 30 26 4 30 27 8 35 28 7 35 29 6 35 30 5 35 31 4 35 32 8 40 33 7 40 34 6 40 35 5 40 36 4 40 37 8 45 38 7 45 39 6 45 40 5 45 41 4 45 42 8 50 43 7 50 44 6 50 45 5 50 46 4 50 47 8 55 48 7 55 49 6 55 50 5 55 51 4 55 52 8 60 53 7 60 54 6 60 55 5 60 56 4 60 57 8 65 58 7 65 59 6 65 60 5 65 61 4 65 62 ó más - renovación cada 5 años Con el fin de prevenir "el robo de identidad" y los errores en los registros de vehículos moto-rizados, la DMV exige que se utilice el nombre completo para las transacciones de licencia para conducir y el registro de vehículos. La División ya no acepta el uso de apodos o iniciales en sus registros. Si usted ha utilizado un apodo, iniciales o un nombre incompleto anteriormente, por favor prepárese para actualizar su registro en su próxima visita a la oficina de licencias para con-ducir y registro de vehículos. Por favor, traiga consigo los documentos necesarios que muestren su nombre completo. (ver páginas 19 a 21). Acualquier residente de Carolina del Norte se le puede expedir una tarjeta de identificación especial, siempre y cuando esta persona no tenga una licencia para conducir. Se deberán presentar los mismos comprobantes de edad e identidad, residencia y número de seguro social o de identi-ficación de contribuyente individual que se requieren para obtener una licencia para conducir. La tarjeta de identificación estará vigente por cinco años y se vence el día de la fecha de nacimiento del portador. Usted se puede registrar para votar o hacer cambios a su registro de elector cuando esté soli-citando una licencia para conducir de Carolina del Norte. Si usted desea ser un donador de órganos, puede indicar su decisión en el frente de la licen-cia para conducir. Sinceramente le recomen-damos que comunique sus deseos a su familia y se cerciore de que están conscientes de su decisión. La capacidad de manejo de todas las personas se ve afectada al tener en la sangre una concen-tración de alcohol de 0.08 por ciento, pero muchas personas se ven afectadas con un nivel de alcohol mucho menor. Los estudios de investi-gación demuestran que la probabilidad de estar involucrado en un accidente se incrementa cuan-do el nivel de alcohol es de 0.05 por ciento y que al llegar a 0.08 por ciento el riesgo de ocasionar un accidente mortal es aún mayor. En 1983, la Asamblea General de Carolina del Norte promulgó la Ley de Carreteras Seguras (Safe Roads Act). Esta ley anuló todas las leyes anteriores sobre manejar embriagado (borracho) en Carolina del Norte y las reemplazó con una sola ofensa o infracción, denominada en inglés: Driving While Impaired - DWI, es decir manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas. Si un policía le acusa de manejar bajo la influ-encia de alcohol y/o drogas (DWI), se le pedirá que realice una prueba química de su aliento o de su sangre. Si usted se rehusa a que se le haga cualquiera de las pruebas obligatorias, inmedia-tamente se le revocará su licencia para conducir por lo menos durante 30 días y la División de Vehículos Motorizados le suspenderá la licencia por lo menos durante 12 meses adicionales. En ciertos casos, después de que han pasado seis meses de la revocación por rechazo deliberado, es posible que el juez expida un privilegio limita-do de manejo. Si los resultados de sus pruebas de intoxicación muestran una concentración de alcohol de 0.08 por ciento o más (0.04 o más si usted maneja un vehículo motorizado comercial) su privilegio de conducir será suspendido inmediatamente por lo menos durante 30 días. Además, los resultados de su prueba química o el hecho de que usted se rehusó a que le hicieran la prueba, podrán ser admitidos como pruebas ante un tribunal. Precio de solicitud N/A $20.00 Clase A $3.75/año* $10.00/año* Clase B $3.75/año* $10.00/año* Clase C $2.50/año* $10.00/año* $1.25/año* $1.25/año* (con emisión ordinaria) N/A $1.25/año* $10.05 $10.05 $10.00 $10.00 $10.00 $10.00 $10.00 $25.00 $25.00 $50.00 $50.00 $10.00 N/A $10.00 N/A $2.50 año* N/A $10.00 N/A $10.00 $10.00 $10.00 N/A *A partir del 1º de enero de 1995 en Carolina del Norte se implementó un programa de renovación de licencias cada cinco años. Su licencia se renovará por un periodo de cuatro a ocho años, dependiendo de su fecha de nacimiento. El costo de su licencia será calculado en base al precio anual del tipo de licencia que usted obten-ga. Ala larga, todos los conductores renovarán su licen-cia cada cinco años, a partir de los 20 años. • Se exige que las personas que tengan un contenido menor de alcohol en la sangre, asistan a una escuela sobre alcohol y seguri-dad en el manejo (alcohol safety school) y • Se exige que cualquier persona acusada de DWI, obtenga una evaluación de abuso de sustancias antes de restablecer su privilegio de conducir. Revocación obligatoria de la licencia para conducir durante un periodo de un año. Revocación obligatoria de la licencia para conducir durante un periodo de cuatro años, si se le declara culpable dentro de los primeros tres años después de su primera ofensa. Revocación permanente y obligatoria de la licencia para conducir, si por lo menos una de las condenas anteriores ocurrió dentro de los últimos cinco años. Revocación obligatoria de la licencia para conducir - Ala cuarta condena se le considera un delito, en caso de que las tres con-denas anteriores hayan sucedido en los últimos siete años. • Se les permite a las agencias del orden público hacer bloqueos en las carreteras para verificar si existen conductores que estén manejando bajo la influencia de alco-hol y/o drogas. • Se prohibe que los conductores consuman bebidas alcohólicas, entre ellas, cerveza, al manejar. • Se prohibe el transporte de un envase abier-to de cualquier bebida alcohólica si el con-ductor está consumiendo una bebida alco-hólica o si se encuentra alcohol en el cuerpo del conductor. • Se prohibe tener envases con bebidas alco-hólicas (abiertos o cerrados) en el área de los pasajeros de un vehículo motorizado comer-cial que se encuentre en una carretera, calle o área vehicular pública. • Se asignan castigos con diferentes niveles de severidad, en base a la severidad de la infracción. • Se exige que las personas declaradas culpa-bles de DWI por segunda vez cumplan una sentencia en la cárcel. • Las leyes procuran castigar a los infractores de DWI y tratan de ayudar a estos infrac-tores a lidiar con su problema de consumo de alcohol. • Se exige que las personas que vuelvan a recibir una infracción de DWI y las personas con un alto contenido de alcohol en la san-gre (Blood Alcohol Content - BAC) sean eva-luadas para resolver si tienen un problema de alcoholismo. • Al comprobar que las facultades físicas o mentales del conductor se encuentran marcadamente afectadas por el alcohol, drogas o la combinación de ambos; o • Al comprobar que la concentración de alcohol en la sangre del conductor es de 0.08 por ciento o más. En Carolina del Norte, la edad legal para comprar cualquier bebida alcohólica es 21 años. Es contra la ley que una persona menor de 21 años de edad compre o intente comprar bebidas alcohólicas. • Una persona menor de edad intenta o logra comprar una bebida alcohólica. • Una persona menor de edad ayuda o incita a otra persona a intentar comprar o lograr comprar una bebida alcohólica. • Una persona obtiene o intenta obtener bebidas alcohólicas al utilizar o al intentar utilizar una licencia para conducir u otra identificación falsa, o la licencia para con-ducir o identificación de otra persona. • Una persona permite que su licencia para conducir o cualquier otro tipo de identifi-cación sea utilizada por una persona menor de edad para comprar o intentar comprar una bebida alcohólica Apartir del 1º de julio del 2000, se exi-girá una restricción de concentración de alcohol cuando se restituya una licencia después de una suspensión por manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas (Driving While Impaired - DWI) o cuando se expida un Privilegio limitado de manejo (Limited Driving Privilege) después de recibir una sentencia condenatoria de DWI. En la primera restitución, la restricción de concentración de alcohol será de 0.04. En la segunda o subsecuente restitución, la restricción de concentración de alcohol será de 0.00. Además, si se le encuentra culpable de manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas un vehículo motorizado comercial, de manejar después de haber consumido alcohol o drogas siendo menor de 21 años o de delito de muerte por vehículo, la restricción de concentración de alcohol será 0.00. Asimismo, si se le declara culpable de DWI con una concentración de alcohol en la san-gre mayor de 0.16 o si recibe otra sentencia con-denatoria en los últimos siete años, se exigirá que en su vehículo le instalen un dispositivo de interbloqueo de ignición. Rebasar ilegalmente 4 No detenerse en un letrero de alto 3 Manejar a más de 55 mph 3 Manejar a alta velocidad en 3 una zona escolar No ceder el derecho de paso 3 Manejar sin licencia o con una licencia que tiene más de un año de vencida 3 No detenerse en un semáforo en rojo 3 No detenerse al escuchar una sirena 3 Manejar en una zona de seguridad 3 No reportar un accidente que 3 deba ser reportado No tener seguro contra 3 responsabilidad civil (liability) Manejar a alta velocidad en una zona 3 escolar excediendo el límite de velocidad indicado en el letrero de zona escolar Todas las otras infracciones 2 en movimiento Tirar basura desde un vehículo 1 motorizado Rebasar a un autobús escolar que está parado 8 Pasarse indebidamente un cruce de ferrocarril 6 Manejar en forma imprudente y descuidada infringiendo los estatutos G.S.20-140(f) 6 Manejar a alta velocidad infringiendo los estatutos G.S. 20-141(j3) 6 Manejar en forma descuidada 5 Chocar y huir, ocasionando daños de propiedad exclusivamente 5 Seguir a otro vehículo demasiado cerca 5 No restringir correctamente a un niño en 2 un sistema de restricción o cinturón de seguridad Si a usted se le declara culpable de ciertas violaciones a la ley de vehículos motorizados en Carolina del Norte, se le aplicarán puntos a su expediente de manejo. Si usted acumula siete puntos, es probable que se le envíe a un Curso de mejoramiento de manejo (Driver Improvement Clinic). La cuota del curso es de $25.00 dólares. Una vez que termine el curso satisfactoriamente, se le quitarán tres puntos a su expediente de manejo. Si usted acumula hasta 12 puntos en un periodo de tres años, su licencia puede ser sus-pendida. La acumulación de ocho puntos en un periodo de tres años, después de la restitución de su licencia, puede provocar una segunda suspen-sión. • 60 días en la primera suspensión; • 6 meses en la segunda; y • 12 meses en la tercera. Cuando se le restituye su privilegio de con-ducir, todos los puntos en su expediente de manejo son anulados. Rebasar a un autobús escolar que está parado y del cual están bajando o subiendo niños 5 Manejar en forma descuidada 4 Chocar y huir, ocasionando daños 4 de propiedad exclusivamente Seguir a otro vehículo demasiado cerca 4 Manejar en el lado equivocado 4 de la carretera • Dos condenas por manejar a más de 55 mph dentro de un período de 12 meses. • Una condena por manejar a más de 55 mph y una condena por manejar en forma des-cuidada dentro de un periodo de un año. • Una condena por hacer carreras de compe-tencia deliberadamente con otro vehículo, ya sea organizada previamente o sin planearla. • Una sentencia del tribunal suspendida o parte de la sentencia que ordena que no debe operar un vehículo motorizado durante un periodo específico de tiempo; y/o • Una condena por manejar a más de 75 mph. • Manejar cualquier vehículo a más de 15 mph (millas por hora) arriba del límite de velocidad, si usted maneja a más de 55 mph. • Recibir un segundo cargo, dentro de un periodo de un año, por manejar a más de 55 mph y a más de 15 mph arriba del límite de velocidad, o • Manejar a alta velocidad y en forma des-cuidada en la misma ocasión. gunta con respecto a los puntos de las compañías de seguros, por favor comuníquese con su agente de seguros. Además de la sanción penal que el tribunal le pueda imponer, si se le declara culpable de ciertas ofensas (infracciones) de tráfico, usted perderá su privilegio de conducir. Manejar en el lado equivocado de la carretera 5 Rebasar ilegalmente 5 No detenerse en un letrero de alto 4 Manejar a más de 55 mph 4 No detenerse en un semáforo en rojo 4 Manejar sin licencia o con una licencia que tiene más de un año de vencida 4 No detenerse al escuchar una sirena 4 Manejar en una zona de seguridad 4 No tener seguro de responsabilidad civil 4 No reportar un accidente que deba ser reportado 4 Poseer bebidas alcohólicas en el área de pasajeros de un vehículo motorizado comercial 4 Tirar basura de acuerdo a los estatutos G.S. 14-399 cuando el tirar basura involucra el uso de un vehículo motorizado 1 No se agregarán puntos por concepto de conde-nas por las siguientes infracciones Acualquier persona que cometa una ofensa, por la cual se reciben puntos, por haber cometido infrac-ciones al conducir un vehículo motorizado comer-cial, se le puede cuantificar el doble de la cantidad de la multa o del castigo autorizado por la ley. Las compañías de seguros utilizan un sis-tema de puntos diferente para determinar las cuotas de seguros. Si usted tiene cualquier pre- Manejar a alta velocidad en una zona escolar excediendo el límite de velocidad indicado en el letrero de zona escolar 4 Todas las otras infracciones en movimiento 3 Sobrecarga Exceso de longitud Exceso de anchura Exceso de altura Estacionamiento ilegal Presentación inadecuada de placa o de placa de concesionario de automóviles Presentación ilegal de emblemas e insignias Falta de presentación de certificado de inspección vigente Llevar un arma oculta Placas inadecuadas Registro inadecuado Silenciador inadecuado Dos cargos por manejar descuidadamente en un periodo de 12 meses 1 año Obtener una licencia o un permiso de principiante pretendiendo ser otra persona 1 año * Cuando un agente se da cuenta que alguien ha prestado o está usando un vehículo motorizado deliberadamente para carreras de competencia, orga-nizadas con anterioridad, el agente confiscará el vehículo. Si la persona es declarada culpable, el tri-bunal puede ordenar que se venda ese vehículo en una subasta pública. Si se le declara culpable fuera del estado de Carolina del Norte, es posible que también le sus-pendan o revoquen su licencia aquí, tal y como si hubiese cometido esas violaciones a la ley en este estado. Se le revocará el privilegio de conducir si la División de Vehículos Motorizados recibe un aviso oficial de que usted no se ha presentado ante el tribunal ni ha pagado las multas de una citación judicial que recibió en Carolina del Norte o en cualquier otro estado. En este caso, de no presentarse ante el tribunal y/o no pagar una multa, sus privilegios de conducir permanecerán revocados hasta que la División de Vehículos Motorizados reciba un aviso indicando que ha cumplido con la citación judicial. El cumplir con la citación judicial no significa que usted está libre de las consecuencias de la infracción misma, si a usted se le declara culpable. Existen otras reglas que se aplican a las per-sonas menores de 18 años de edad. Si usted es portador de una licencia provisional, su licencia puede ser suspendida por los siguientes motivos: • 30 días a partir de que se le declare culpable de una segunda infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses; En casos como los anteriormente descritos, la División de Vehículos Motorizados puede sus-pender su privilegio de conducir en cuanto reci-ba del tribunal los reportes de la condena. Si su privilegio de conducir es revocado, usted tiene el derecho a una audiencia en el distrito judicial donde reside. Para solicitar una audiencia, escri-ba o llame a la División de Vehículos Motorizados en Raleigh. Se le notificará por correo la fecha, la hora y el lugar de la audiencia. Durante la audiencia usted puede presentar cualquier información que usted considere que le pueda autorizar su privilegio de conducir o le reduzca el periodo de la suspensión. Si usted considera que su privilegio de con-ducir no debió haber sido suspendido y la au-diencia no le ayuda en nada, usted puede apelar la decisión de la División de Vehículos Motorizados ante el Tribunal Superior del conda-do en donde reside, dentro de un periodo de 30 días. El tribunal revisará su caso para ver si exis-tió un motivo justo para quitarle su privilegio de conducir. Homicidio no premeditado 1 año Muerte por un vehículo 1 año Homicidio no premeditado estando bajo la influencia de una substancia perjudicial Permanente Manejar a más de 55 mph y por lo menos 15 mph por arriba del límite legal al tratar de evitar que lo arresten 1 año Organizar con anterioridad carreras de competencia con otro vehículo motorizado en la carretera *3 años Observar, apostar o prestar un automóvil para carreras de competencia organizadas con anterioridad *3 años Rehusarse deliberadamente a someterse a una prueba de sangre o aliento 1 año menos que la licencia se haya entregado al tri-bunal o enviado por correo a la División de Vehículos Motorizados, antes de la fecha en que la suspensión o revocación haya entrado en vigencia. 1. Acuda a cualquier oficina de licencias para conducir. 2. Pague la cuota de restitución y/o servicio. 3. Vuelva a solicitar su licencia. 4. Presente los exámenes obligatorios, si los hubiere. • 90 días a partir de que se le declare culpable de una tercera infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses; y • seis meses, a partir de que se le declare cul-pable de una cuarta infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses. Para poder restituir su licencia después de una suspensión, revocación o cancelación, la ley en Carolina del Norte exige que usted pague a la División de Vehículos Motorizados una cuota por restitución de $25.00 dólares. (Se dispensa el pago de esta cuota, si después de una evaluación médica se determina que se le quitó su licencia por razones médicas o de salud ). Se exige el pago de una cuota por restitución de $50.00 dó-lares si se le revocó su licencia por una condena de DWI (manejar bajo la influencia de alcohol o drogas). También se exige el pago de una cuota por servicio de $50.00 dólares al restituir una licencia para conducir revocada o suspendida, a • Rebasar a un autobús escolar que está parado. • Manejar en forma descuidada. • Chocar y huir (abandono de atrope-llamiento). • Seguir a otro vehículo demasiado cerca. • Manejar en el lado equivocado de la ca-rretera. • Rebasar ilegalmente. • No detenerse en una señal de alto o en un semáforo en rojo. • No ceder el derecho de paso. • No detenerse al escuchar una sirena. • Manejar a alta velocidad. ¿Por qué los jóvenes tienen el mayor índice de accidentes? Por lo general, estos conductores están en buenas condiciones de salud. Su vista es buena, sus reflejos son excelentes. Sin embargo, a pesar de su buena condición física, son conductores sin experien-cia. Sin importar la edad de un principiante, se requiere de muchos años para convertirse en un con-ductor con experiencia. En un curso de manejo, con el tiempo de que se dispone, sólo se le pueden enseñar a un conductor las destrezas básicas. La mayor parte del aprendizaje se debe llevar a cabo en la carretera. Las personas envejecen a distintas edades y algunas están más alerta a los setenta años que otras a los treinta o cuarenta. Sin embargo, al envejecer, ten-demos a perder parte de nuestra habilidad para reac-cionar rápidamente a los problemas de manejo. Nuestra visión, y especialmente nuestra visión en la noche, se puede empeorar. Es posible tener dificultad para oír y mayor probabilidad de desarrollar proble-mas de salud. • Aproximadamente en el 38 por ciento de todas las muertes de tráfico se encuentra implicado el alcohol. • Lo primero que afecta el alcohol en una persona es su juicio. Tal vez usted crea que puede manejar de una manera segu-ra, cuando en realidad no es así. • El contenido de alcohol es el mismo en un vasito con una onza de whisky, en una copa de 3 onzas de vino y en una cerveza de 12 onzas. • El café negro, el aire fresco y un baño de agua fría NO le ayudan a alguien a desembriagarse; lo único que ayuda es el transcurso del tiempo. Las buenas destrezas de manejo se deben desarrollar y poner en práctica constantemente. Usted también debe conocer sus límites físicos y mentales y no debe manejar un vehículo cuando esté muy cansado o tenga sueño. Cuando recorra grandes distancias, planee con anterioridad, conozca las rutas y esté alerta de las condiciones de manejo. Su habilidad para conducir un vehículo motorizado de una manera segura le puede salvar la vida a usted y a otras personas. La forma de conducir de una persona se ve afectada por su salud física y mental. Para obte-ner una licencia, usted debe estar en buenas condiciones de salud. Si usted tiene problemas de salud que son graves y de larga duración, lo más probable es que llamen la atención de la División de Vehículos Motorizados. En su ma-yoría, los problemas de salud son de corta duración, por ejemplo, resfriados, gripes o dolores de cabeza. Debe recordar que cuando no se sienta bien, su forma de conducir será distinta. Tal vez esté menos alerta y reaccione más lenta-mente de lo normal. El planear cuidadosamente le puede ayudar a estar seguro de no manejar cuando está demasiado cansado. Un sorprendente número de accidentes serios ocurren porque el conductor se duerme al manejar. Las medicinas con receta o sin receta pueden afectar su forma de conducir. Antes de tomar cualquier medicamento debe investigar de qué manera le afectará. Trate de manejar lo menos posible siempre que tome cualquier tipo de medi-cina. Si debe manejar, tenga especial cuidado, tal vez no esté tan alerta como de costumbre. Todo conductor que esté transportando uno o más pasajeros menores de 16 años debe tener a todos los pasajeros correctamente restringidos, ya sea en un asiento de seguridad o con el cin-turón de seguridad que cumpla con los están- • Conductor u ocupante con una condición fisica o de salud que le impida llevar cin-turones de seguridad apropiados o que tenga una fobia, profesionalmente certifi-cada, contra el uso de cinturones de seguridad en vehículos. • Vehículo motorizado manejado por un cartero rural del Servicio Postal de los Estados Unidos (United States Postal Service, USPS) mientras lleva a cabo sus deberes como cartero rural, y vehículo motorizado manejado por una persona que distribuye periódicos mientras de hecho esté distribuyendo periódicos por la ruta especificada para tal persona. • Conductor o pasajero que para y se baja frecuentemente del vehículo, o que entre-ga paquetes, materiales o mercancías desde el vehículo, a condición de que la velocidad del vehículo entre paradas no exceda 20 millas por hora. • Vehículos registrados y licenciados como vehículos para el transporte de paquetes, materiales o mercancías mientras se usen para propósitos agrícolas o comerciales. • Vehículo motorizado sin requisito de cin-turones de seguridad de acuerdo con las leyes federales. • Cuando se atienden las necesidades per-sonales de un niño; • En caso de que todos los lugares con cin-turones estén ocupados; • Vehículos que por ley no requieren estar equipados con cinturones de seguridad. • maneje en carreteras y calles que le son familiares; • maneje distancias cortas; • adapte sus hábitos de manejo a sus capaci-dades; • evite el tráfico pesado y de alta velocidad. Nadie puede estar completamente protegido contra un choque. Ninguno de nosotros puede predecir lo que otros conductores harán. Cada uno de los ocupantes de los asientos delanteros que tengan 16 años de edad o más y el conductor de un vehículo motorizado para pasajeros, que de fábrica cuente con cinturones de seguridad, debe tener el cinturón de seguridad abrochado correctamente alrededor de su cuerpo, siempre que el vehículo se encuentre en movimiento hacia adelante o en una calle o ca-rretera en este estado. 730 Airport Road, Bolin Creek Building CB #3430 Chapel Hill, N.C. 27599-3430 Teléfono: (1-800-672-4527) (sólo en Carolina del Norte) o al número (919) 962-2202. Los niños que ya están demasiado grandes para los asientos de bebés o los niños pequeños deben usar asientos elevados (booster seats) nor-malmente a partir de que pesan aproximada-mente 40 libras. Deben usar estos asientos hasta que estén lo suficientemente grandes como para llevar puesto correctamente el cinturón de seguri-dad del automóvil. Los niños no deben utilizar los cinturones de seguridad de adultos si no están lo suficientemente grandes como para que el cinturón les quede correctamente. El cinturón de seguridad debe estar sujetado sobre la cadera del niño y no sobre su estómago. En el tipo de cinturón de seguridad combinado con correa cruzada al hombro, la parte que va sobre el hom-bro debe colocarse exactamente sobre el hombro y el pecho y no por encima de la cara o la gar-ganta. Si la correa que cruza el hombro no le queda al niño, utilice asientos elevados en los lugares del automóvil en que estén los cinturones de seguridad. Estos asientos se encuentran a su disposición y están diseñados para elevar al niño para que pueda utilizar adecuadamente el cin-turón de seguridad y la correa cruzada al hombro. dares federales que se aplicaban en el momento de su fabricación. Un niño menor de cinco años que pese menos de 40 libras debe estar restringi-do correctamente mediante algún sistema de restricción infantil, que sea el adecuado para su peso. En los vehículos equipados con una bolsa de aire en el lado del pasajero de enfrente y con un asiento trasero, los niños menores de cinco años, y que pesen menos de 40 libras, deben estar correctamente restringidos en el asiento trasero, a menos que el sistema de restricción esté diseñado para ser utilizado con la bolsa de aire. En Carolina del Norte, todos los años, cien-tos de niños sufren serias lesiones o se mueren en choques automovilísticos. De hecho, la mayor amenaza contra la vida de los niños pequeños es un accidente automovilístico. Solamente los asientos de seguridad que han pasado las prue-bas contra choques pueden reducir estas trage-dias sin sentido. Debido a que los niños pequeños no pueden tomar medidas de seguri-dad por sí mismos, los adultos deben cerciorarse de que los niños estén protegidos siempre que viajen en un automóvil. Tanto los bebés como los niños pequeños deben estar sentados en asientos de seguridad diseñados para ellos y que han pasado las pruebas contra choques. Los asientos de seguridad que son utilizados correctamente pueden salvar la vida de siete de cada diez niños que se mueren por no estar en asientos de seguri-dad. Siempre lea y siga las instrucciones del fa-bricante para el uso de asientos de seguridad. El mejor asiento para su niño, es aquél que se usa cada vez que viaja en el automóvil. El asiento debe caber en su automóvil y contar con una co-rrea o un sistema de protección que sea cómodo para su niño. El tipo de asiento debe ser uno que usted pueda utilizar y esté dispuesto a utilizar cada vez que un bebé o un niño viaje en su automóvil. Amenudo, los asientos de seguridad se pueden obtener a través de programas que los rentan a bajo costo y son administrados por gru-pos de servicios locales, hospitales y departa-mentos de salud. • En todos los viajes, todos los pasajeros deben tener los cinturones puestos, tanto los cinturones como las correas cruzadas de seguridad. Las bolsas de aire son equipos de protección adicionales. • El cinturón de seguridad debe estar coloca-do bajo el abdomen y en la parte inferior de la cadera. La correa del hombro debe cruzar sobre la clavícula lejos del cuello y cruzar el esternón. En la mayoría de los automóviles nuevos la correa cruzada al hombro se puede ajustar en el soporte lateral para que quede firmemente. • El conductor y los pasajeros en los asientos delanteros deben correr el asiento lo más atrás que sea posible, especialmente las per-sonas de baja estatura. Apartir del 1º de enero de 1995, en Carolina del Norte entró en vigor una ley independiente que prohibe que los niños menores de 12 años viajen en la parte trasera abierta de una camione-ta pick-up. (Estatuto: NCGS §20-135.2B) La plataforma abierta o el área de carga abierta es un área que no tiene un techo permanente. El conductor de un vehículo con plataforma abierta o con un área de carga abierta es el responsable de cumplir con esta ley. Este equipo puede incluir desde las bolsas de aire que se inflan al chocar hasta el equipo de co-rrea cruzada de seguridad que se posiciona automáticamente y protege al ocupante. De acuer-do a la ley de cinturones de seguridad, los ocu-pantes de los asientos delanteros DEBEN utilizar cinturones de seguridad aun cuando el vehículo esté equipado con bolsas de aire. Si el vehículo está equipado con correas cruzadas de seguridad, se DEBE utilizar el cinturón de seguridad. Las bolsas de aire salvan vidas. Funcionan mejor si todos los pasajeros llevan puestos los cin-turones de seguridad y los niños llevan puestos los cinturones de seguridad correctamente en el asiento trasero. Los niños que viajan en el asiento delantero se pueden lesionar seriamente o morir cuando se infla la bolsa de aire en un accidente. La bolsa de aire no es un cojín ondulado y suave. Para que cumpla con su objetivo la bolsa de aire sale del tablero a una velocidad que puede ser hasta de 200 millas por hora. Mucho más rápido que el parpadeo de los ojos. La fuerza de una bolsa de aire puede lastimar a quienes están muy cerca de ésta. Los conductores pueden prevenir que los adultos y los niños se lesionen con las bol-sas de aire al tomar las siguientes importantes medidas de seguridad: • Los niños menores de 12 años deben viajar en los asientos traseros con los cinturones puestos. • Los bebés en asientos de seguridad orienta-dos hacia atrás NUNCAdeben viajar en el asiento delantero de un vehículo equipado con una bolsa de aire en el asiento del pasajero delantero. Los niños pequeños deben viajar en un asiento trasero en un asiento de seguridad para niños aprobado para su edad y tamaño. • En una intersección sin semáforo, los peatones tienen el derecho de paso si están en los cruces peatonales marcados o en cruces peatonales sin marcas en donde el cruce esté formado por líneas imaginarias que cruzan de una acera a otra. • En una intersección controlada por semá-foros normales, los peatones deben obedecer los mismos semáforos de los conductores que viajan en la misma dirección. Los peatones no deben empezar a cruzar la calle si la luz amarilla o roja está encendida. • Cuando la luz está en verde, los peatones tienen el derecho de paso sobre todos los demás vehículos, incluyendo aquellos que dan vuelta y cruzan el paso por donde van los peatones. • Si la luz del semáforo cambia de amarillo a rojo cuando el peatón está todavía en la calle, los conductores deben permitirle al peatón que termine de cruzar la calle de una manera segura. En algunas intersecciones, existen señales especiales que le indican a los peatones si pueden caminar (walk) o no caminar (don't walk). Cuando existen estas señales, los peatones deberán obede-cerlas en vez de obedecer los semáforos nor-males. • Los peatones que cruzan siguiendo las señales especiales para peatones tienen el derecho de paso, tal y como si cruzaran obe-deciendo una luz verde. • Si usted cruza una intersección con la luz verde y ve que un peatón empieza a cruzarse en su trayecto, en contra de la indicación de la señal roja especial para peatones, toque el claxon o bocina de su auto. Sin embargo, este estatuto cuenta con algunas excepciones. Las cláusulas para la seguridad ade-cuada de los niños no se aplican en los siguientes casos: • Si un adulto está en la plataforma abierta o en el área de carga abierta del vehículo y está supervisando al niño. • Si el niño está seguro o tiene puesto el cin-turón de seguridad fabricado bajo la norma federal No. 208 de seguridad en vehículos motorizados, instalado para soportar la carga de una fuerza de 5,000 libras por cada cinturón, y del tipo que es aprobado por el comisionado. • Si es un caso de emergencia. • Si el vehículo forma parte de un desfile para el que se tiene un permiso vigente. • Si el vehículo se utiliza en una tarea agrícola, o • Si el vehículo se utiliza en un condado que no tiene un área incorporada con más de 3,500 habitantes. Alas personas que violen esta ley, se les dará un tíquet y tendrán que pagar una multa de $25.00 dólares. Las violaciones a esta ley se definen como "infracciones" y no incurren en cos-tos procesales, en puntos de la licencia para con-ducir, o en un sobrecargo del seguro. Los siguientes 32 condados están exentos de la ley de la "camioneta pick-up", ya que no tienen áreas incorporadas con más de 3,500 habitantes: Alexander, Alleghany, Ashe, Avery, Bertie, Camden, Caswell, Cherokee, Clay, Currituck, Duplin, Franklin, Gates, Graham, Green, Hyde, Jackson, Jones, Macon, Madison, Mitchell, Montgomery, Northhampton, Pamlico, Pender, Perquimans, Polk, Swain, Tyrrell, Warren, Yadkin, y Yancey. •En una carretera de cuatro carriles o más separada por un camellón: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, sólo se detiene el tráfico que sigue al autobús. •En un camino de dos carriles: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, se debe detener el tráfico de ambas direcciones. •En un camino de cuatro carriles sin la separación del came-llón: Cuando el auto-bús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, se debe detener el tráfico de ambas direcciones. •En un camino con cuatro carriles o más, con un carril en el centro para dar vuelta: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, sólo se detiene el tráfico que sigue al autobús. Es posible que los niños que están esperando al autobús o bajando de éste, corran hacia el tráfico. Aun cuando el autobús no esté a la vista, los niños que se encuentran en la parada del autobús escolar pueden correr hacia la calle inesperadamente. Siempre tenga cuidado cerca de los autobuses escolares o en las paradas del autobús escolar. La ley exige que el conductor toque su cla-xon siempre que un peatón pueda ser afectado por un auto que vaya a dar vuelta, esté parado o esté a punto de arrancar. Si el peatón no se detiene, entonces el conductor debe hacerlo. Siempre vale la pena que el conductor pierda su derecho de paso por salvar la vida de un peatón. El conductor que maneja de una manera segura cede el derecho de paso a un peatón aunque el peatón no tenga este derecho. La ley le otorga consideración especial al peatón ciego en intersecciones donde no existen semáforos. Si un peatón ciego alza un bastón blanco, o un bastón con la punta roja, o si lo guía un perro, todos los automóviles que se acerquen a la intersección deberán detenerse por completo. Deberán continuar parados hasta que la persona haya cruzado de una manera segura. La velocidad máxima para los autobuses escolares es de 45 mph. Los conductores de auto-buses escolares recorren más de medio millón de millas cada día escolar y transportan a casi 750,000 niños en la mañana y en la tarde. Durante las horas en que los autobuses escolares están recogiendo y dejando niños (generalmente de 7 a 9 a.m. y de 2 a 4 p.m.) los conductores deben ser muy cuidadosos. • En una carretera estándar de doble carril, deténgase SIEMPRE a la derecha y fuera del área de circulación de la carretera. • En una carretera de varios carriles, que pueden ser dos, tres o más carriles de tráfico en la misma dirección, el conductor debe detener su vehículo en el borde del camino en que sea MÁS práctico detenerse de ma-nera segura. • Después de detener el vehículo, el conductor debe hacer lo siguiente: Permanecer sentado en el vehículo, colo-car la palanca de velocidades en la posi-ción “estacionado (park)” y, preferible-mente, apagar el motor. Con la prepon-derancia actual de ventanas y seguros de puerta eléctricos, puede ser necesario que tenga que dejar el motor encendido. Encender las luces intermitentes de emer-gencia del vehículo. • Si es de noche, prender las luces interiores del vehículo. • Apagar el radio. Esto facilitará la comuni-cación con el agente. • Dejar de hablar por el teléfono celular. Esto también facilitará la comunicación con el agente. • Colocar ambas manos en el volante mientras el agente se acerca al vehículo. • Los pasajeros deben colocar sus manos sobre su regazo o sobre sus rodillas para permitir que el agente tenga una visión clara del vehículo. Una vez que el agente se acerque al vehículo, bajar la ventanilla para hablar con él. 1. No se mueva dentro del vehículo ni busque cosas debajo de los asientos, en la guantera o en el tablero central mientras el agente se acer-ca al vehículo. Más que nada, evite los movimientos innecesarios. 2. No salga del vehículo ni permita que otras personas salgan del vehículo a menos que el agente lo ordene. Los agentes entienden y toman en consideración muchos factores cuando detienen a los conduc-tores. En algunos casos el infractor puede seguir manejando una distancia corta hasta llegar al Las patrullas, las ambulancias, los camiones de bomberos y los vehículos de rescate que ten-gan luces intermitentes y sirenas siempre tienen el derecho de paso. Siga las siguientes reglas cuando un vehícu-lo de emergencia se le acerque a usted o usted se acerque al vehículo de emergencia: 1. Al acercarse el vehículo de emergencia (por atrás o por delante), maneje hacia el borde derecho de la calle o del camino y deténgase por completo. 2. Continúe parado hasta que el vehículo de emergencia haya pasado o hasta que un agente de tránsito le indique que puede avanzar nuevamente. 3. No se estacione a una distancia menor de 100 pies (30 metros) de un vehículo de emergencia que se ha detenido para investi-gar un accidente o para prestar ayuda. 4. No maneje ni se estacione a una distancia menor de una cuadra de un camión de bomberos que está respondiendo a una alar-ma de incendio. 5. Nunca maneje un vehículo motorizado sobre una manguera de bomberos. 6. Cuando se acerque a un vehículo de emer-gencia autorizado (policía, bomberos, ambu-lancia o brigada de rescate) estacionado o detenido a menos de 12 pies del camino con las luces de advertencia de emergencia encen-didas, el conductor debe hacer lo siguiente: • Si la carretera tiene por lo menos 2 carriles para el tráfico que se dirige en la misma dirección en que el conductor se desplaza, debe pasar su vehículo al carril que no sea el carril más cercano al vehículo de emer-gencia estacionado o detenido. El conduc-tor debe continuar desplazándose en ese carril hasta dejar atrás el vehículo de emergencia. • Si la carretera tiene sólo 1 carril para tráfi-co que se dirige en la misma dirección en que el conductor se desplaza, el conductor debe disminuir su velocidad y conducir a una velocidad reducida y segura hasta que haya pasado completamente al vehículo de emergencia. Por otro lado, el manejar abajo del límite de velocidad indicado también puede ser peligroso. Si usted debe manejar más despacio, aun así debe obedecer el límite mínimo de velocidad. En lugares donde no es seguro rebasar, el conductor que va despacio obliga a otros conductores a seguirlo muy de cerca o a tomar riesgos innecesa-rios al tratar de rebasarlo. El manejar muy despa-cio es más peligroso después de haber pasado una cuesta o una curva. Los automóviles que van más rápido pueden chocar con el vehículo que va más lento antes de que puedan reducir la velocidad. Por esta razón, preste atención a los automóviles que circulan lentamente como por ejemplo, camiones pesados o vehículos agrícolas. Si el tráfi-co se está acumulando atrás de usted, es mejor hacerse a un lado de la carretera, detenerse y dejar que los vehículos pasen. • Nunca maneje arriba del límite de velocidad indicado o a una velocidad irracional o poco aconsejable bajo las condiciones existentes. • Permita una distancia segura entre usted y el vehículo adelante de usted (“La regla de los dos segundos"). (Ver página 82). • Mientras más rápido maneje, mayor visibili-dad deberá tener para poder tener la sufi-ciente distancia para detenerse. Amenudo cuando usted maneja las condi-ciones cambian. Usted manejará por diferentes áreas como por ejemplo, afuera de las ciudades y pueblos, en comunidades residenciales y en zonas escolares. Esté alerta de condiciones cam-biantes y ajuste su velocidad de acuerdo a estas. Amenos de que se indique lo contrario, el límite de velocidad en las ciudades y pueblos es de 35 mph. Es posible que existan límites de velocidad especiales en áreas específicas. Para ser un conductor que maneja en forma segura, usted debe manejar a menos velocidad que el límite indicado, pero nunca debe manejar arriba de éste. La ley exige que usted maneje en el lado derecho de la carretera. El manejar en el lado izquierdo sólo es legal en algunos casos, tales como en calles de un sólo sentido y al rebasar. Si usted está manejando abajo del límite de veloci-dad indicado en una carretera de varios carriles, deberá manejar en el carril extremo de la derecha, a menos que esté rebasando, dando vuelta a la izquierda o evadiendo una obstrucción. La velocidad a la que usted maneja determi-na la distancia que su vehículo recorrerá antes de detenerse. También la distancia para detenerse depende del tiempo que le tome reaccionar. Las distancias que se requieren para detenerse son más grandes a velocidades más altas, ya que el vehículo recorre más distancia durante el tiempo de reacción del conductor, y se requiere de más distancia para frenar y detenerse por completo. Aun bajo condiciones ideales, si usted está mane-jando a 55 millas por hora, su vehículo necesita aproximadamente 211 pies (65 metros) para dete-nerse por completo. El manejar a alta velocidad es más peligroso porque cada milla adicional recorrida por hora reduce la capacidad del conductor para controlar el vehículo. La velocidad también aumenta la posibilidad de que cualquier accidente ocasione lesiones serias o la muerte. primer“ refugio seguro” o área bien iluminada según lo determinado por el agente de policía. La distancia se basa en la infracción cometida o la observación del agente de policía de la capacidad de conducir del conductor. Cuando vaya hacia el primer “refugio seguro” o área bien iluminada, debe encender las luces intermitentes de emer-gencia del vehículo. El seguir a los vehículos demasiado cerca es uno de los principales causantes de choques. Deje suficiente espacio entre usted y el vehículo de enfrente. Si éste se detiene repentinamente, usted necesita tiempo para reaccionar. En carreteras, deje suficiente espacio entre usted y el vehículo de enfrente para que si otro vehículo lo está rebasando a usted, éste pueda entrar de una manera segura y ocupar el espacio frente a usted. No se olvide de seguir “La regla de los dos segundos". (Ver página 82). En un camino con varios carriles de tráfico, observe tanto el carril al que se piensa cambiar como el carril siguiente, para asegurarse de que no hay otro vehículo que también planea cam-biarse al carril que usted desea. 1. Con anterioridad indique con el direc-cional lo que pretende hacer. 2. Mire con cuidado por sus espejos laterales y el retrovisor. 3. Mire con cuidado hacia atrás sobre su hombro para cerciorarse de que el punto ciego está libre. 4. Proceda con el cambio de carril. En ciudades y pueblos 35 Para autobuses escolares 45 Para autobuses de actividades escolares 55 Afuera de las ciudades y pueblos 55 En carreteras interestatales 70 1. Reducir la velocidad antes de entrar en la curva para que no tenga que frenar ya estando en la curva. 2. Aumentar gradualmente la velocidad, lo suficiente para mantener la tracción nece-saria para tener un buen control del automóvil cuando siga la curva. 3. Si es necesario frenar en la curva, debe fre-nar poco a poco hasta que tenga la certeza de que es seguro mantener una presión con-tinua en el pedal del freno. 4. Debe comenzar a girar el volante justo antes de llegar al punto en donde el camino empieza a dar vuelta. 5. Se debe mantener en su carril, y manejar lo más hacia la derecha que le sea posible. 1. Considerar la fuerza de la gravedad. 2. Cambiar a una velocidad (engranaje) menor antes de iniciar la cuesta abajo y 3. Comenzar a frenar antes y acercarse a la curva más despacio de lo que usted lo haría si estuviese en terreno plano. Reduzca su velocidad antes de dar vuelta y después acelere ligeramente. Para dar vuelta a la derecha, manténgase cerca del borde derecho del camino, para que ningún otro vehículo se pueda introducir entre su auto y el borde del camino. Las motocicletas y bicicletas son particular-mente difíciles de ver cuando se da la vuelta. Siempre indique con la señal apropiada y vea antes de dar vuelta para cerciorarse de que puede dar la vuelta sin percances. • En cualquier lugar donde el conductor no pueda ver a la distancia para cerciorarse de que el camino está libre de tráfico y puede rebasar sin percances. Es ilegal rebasar por el lado derecho, excepto en áreas en donde está específicamente permitido. Al rebasar por el lado derecho su vehículo se sitúa en el punto ciego del conductor del automóvil que usted está rebasando. El automóvil que usted está rebasando puede ines-peradamente dar vuelta a la derecha o hacerse hacia el lado derecho del camino. • En carreteras que tienen por lo menos dos carriles en cada sentido. • En calles de un sólo sentido en donde todos los carriles circulan en el mismo sentido. • Cuando se rebasa a un vehículo que está en el carril para dar vuelta a la izquierda y/o • Cuando se maneja en un carril asignado para dar vuelta a la derecha. En carreteras con tres carriles, usted sólo debe rebasar en el carril central, y únicamente cuando el carril en su sentido está marcado para rebasar. Excepción: cuando el automóvil en el carril central está dando la vuelta a la izquierda. Cuando a usted lo rebasan, se le exige que ayude al conductor que lo rebasa. Si el conductor del automóvil que lo rebasa toca su bocina, dirí-jase al extremo derecho del camino. Nunca aumente su velocidad. Si usted aumenta su velocidad y no ayuda al vehículo que lo está rebasando, se le acusará de un delito menor si ocurre un choque que oca-sione lesiones corporales o daños a la propiedad. 1. Mire con cuidado hacia adelante y hacia atrás para determinar si es seguro rebasar. 2. Si es seguro rebasar indique con su direc-cional para avisarle a los conductores de adelante y de atrás cuál es su propósito para que ellos planeen sus movimientos respecti-vamente. 3. Indique con su direccional izquierdo para avisarle al conductor de atrás que usted está a punto de salir de su carril para rebasar. 4. Toque su bocina para avisarle al conductor de adelante. El sonido de su claxon obliga legalmente al conductor del auto que está rebasando a ayudar-le a pasar. Al rebasar, cerciórese de tener el sufi-ciente espacio y mantenga una velocidad cons-tante. Usted no puede rebasar de una manera segura si no puede ver a la distancia y tiene la seguridad de poder regresar a su carril original antes de toparse con el tráfico que viene en el sentido opuesto. La ley exige que usted manten-ga por lo menos dos pies (61 cm) de distancia entre su automóvil y el vehículo o bicicleta que está rebasando. Usted no ha rebasado con seguri-dad si el vehículo que acaba de rebasar tiene que disminuir su velocidad para dejarlo entrar nue-vamente en el carril. • En intersecciones en ciudades y pueblos o en cruces de ferrocarril. • En intersecciones marcadas en áreas rurales. • En cualquier curva o cuesta donde el con-ductor no pueda ver a una distancia mínima de 500 pies (152 metros). • Siempre que exista una raya amarilla conti-nua del lado izquierdo del conductor. • Siempre que exista una doble raya amarilla. • En intersecciones o cruces peatonales donde un automóvil se ha detenido para dejar pasar a los peatones. • Auna distancia de 15 pies (4.6 metros) o menos de una toma de agua (hidrante) para bomberos o de una entrada a una estación de bomberos. • En el área pavimentada o principal de cualquier carretera. También, se prohibe esta-cionarse al lado del camino a menos que el vehículo pueda ser visto por los conductores que vienen de ambos sentidos desde una dis-tancia mínima de 200 pies (61 metros). • En doble fila en el lado del camino de otro automóvil estacionado. • Donde existan letreros de no estacionarse (no parking). • Amenos de una cuadra de un incendio o un camión de bomberos en los límites de la ciu-dad o a menos de 400 pies (122 metros) de un incendio o camión de bomberos afuera de la ciudad. • En cualquier lugar dentro del área de dere-cho de paso en una carretera interestatal, con excepción de las áreas designadas para estacionarse o en un caso de emergencia, y • En espacios de estacionamiento designados para personas discapacitadas, a menos que su automóvil tenga una placa o un tarjetón para personas discapacitadas. Una intersección es cualquier lugar donde dos o más caminos se unen o se cruzan entre sí. Los choques suceden con mayor frecuencia en intersecciones, las cuales son consideradas como los sitios más peligrosos de una calle o carretera. Más de una tercera parte de los choques auto-movilísticos que provocan muertes ocurren en intersecciones. En carreteras de cuatro carriles separadas por islas divisorias (camellones) de más de 30 pies (9.1 metros) cada cruce constituye una intersección independiente. La ley exige que disminuya su velocidad cuando se acerque a una intersección, aun cuando usted tenga el derecho de paso. Siempre estaciónese en el lado derecho de la calle, a menos que esté en una calle de un sólo sentido. Antes de salirse de un espacio en donde está estacionado en paralelo, verifique que no vengan vehículos e indique con su direccional izquierdo, a menos que esté estacionado en el lado izquierdo de una calle de un sólo sentido. Si usted está manejando y se da cuenta que un automóvil frente a usted está saliéndose de un espacio en donde estaba estacionado en para-lelo, disminuya su velocidad y prepárese para detener su automóvil. • En una intersección o enfrente de una entra-da de automóvil. • Auna distancia de 25 pies (7.6 metros) o menos del borde del camino que intersecta la calle en que usted se encuentra, o a 15 pies (4.6 metros) o menos del área de inter-sección de los carriles con el derecho de paso, si no existe un borde del camino. • En un cruce peatonal, banqueta (acera) o puente. 1. Antes de subirse al automóvil, cerciórese de que no haya objetos pequeños o niños atrás, ya que es difícil verlos una vez que se sienta en el asiento del conductor. 2. Para tener una visión completa de lo que hay atrás, debe maniobrar el volante con su mano izquierda y voltear mirando sobre su hombro hacia el vidrio trasero; no se confíe nada más en sus espejos o lo que vea por las ventanillas laterales. 3. Retroceda muy lentamente a no más de 10 mph, ya que es más difícil controlar y detener su automóvil al manejar en reversa. Cuando se acerca a una intersección que tiene una señal de alto, debe detenerse completa-mente y ceder el paso al tráfico de la otra calle. No continúe o dé vuelta hasta cerciorarse de que puede continuar de una manera segura. Maneje con precaución en las intersecciones con semáforos y espere hasta que la luz le permi-ta dar vuelta o continuar derecho. Una glorieta o círculo de tráfico es una intersección especial. Todos los automóviles en la glorieta circulan hacia la derecha. Usted recorre la glorieta en sentido contrario a las manecillas del reloj, hasta que llegue al camino o calle en donde desea dar vuelta. Usted sale de la glorieta dando vuelta hacia la derecha. Si hay más de un carril, cerciórese de que está en el carril exterior antes de llegar al sitio donde desea salir de la glorieta. Observe e indique con el direccional antes de dar vuelta o cambiar de carril. Nunca dé vuelta a la derecha desde un carril interno. Toda la glorieta se considera como una intersección. Los vehículos que circulan en la glorieta tienen el derecho de paso. Al salir de una entrada particular para automóviles, deténgase y ceda el paso a los demás autos y peatones. En intersecciones que no están marcadas, donde es difícil ver en todos los sentidos, deténgase en la intersección y con-tinúe despacio y con cuidado hacia adelante. Muchas intersecciones pueden tener caminos que se cruzan entre sí a distintos niveles. Estos pasos a desnivel y el método para dar vuelta hacia estas intersecciones especiales puede variar. Cuando llegue a un paso a desnivel, dis-minuya su velocidad y preste atención especial a las señales que le indican cómo dar vuelta. • El vehículo que se encuentra en la intersec-ción tiene el derecho de paso, antes que cualquier otro automóvil que no haya llega-do a la intersección. • Si dos o más vehículos llegan a la intersec-ción al mismo tiempo, el automóvil a la derecha tiene el derecho de paso. • Un vehículo con el derecho de paso puede continuar hacia adelante o si se permite, después de indicar con su direccional, puede dar vuelta a la izquierda o a la derecha, y • Aun con el derecho de paso, tenga cuidado para no pegarle a otros automóviles o peatones. Si dos automóviles que circulan en sentidos opuestos llegan a una intersección al mismo tiempo, las reglas del derecho de paso no son de mucha utilidad. Ambos conductores pueden con-tinuar en línea recta o dar vuelta a la derecha. Si un conductor va en línea recta mientras que el otro quiere dar vuelta a la izquierda, el conductor que quiere dar vuelta debe esperar. El conductor que desea dar vuelta a la izquierda debe indicar con el direccional adecuado y esperar hasta que pueda dar vuelta de una manera segura. Por lo tanto, en este caso, el conductor que va en línea recta tiene el derecho de paso. Nunca cambie de carril cuando va en línea recta cruzando una intersección. • Antes de continuar, siempre espere a que las luces rojas dejen de estar intermitentes. • Esté preparado para detenerse si va atrás de un vehículo que se debe detener en un cruce, como por ejemplo, autobuses esco-lares, vehículos motorizados comerciales o vehículos que llevan explosivos o materiales peligrosos (estos vehículos tienen carteles de aviso). • Si usted está cruzando las vías del tren y las luces de advertencia empiezan a estar inter-mitentes, o si las barreras empiezan a bajar, NO SE DETENGA. Las señales de adverten-cia le darán el tiempo suficiente para que cruce las vías antes de que llegue el tren. La barrera para el otro carril de la vía no lo blo-queará. Si usted se detiene y trata de retro-ceder, es posible que se pare el motor de su vehículo. • Las barreras no lo atraparán, pero es posible que el tráfico que está parado si lo haga. Cerciórese de que el tráfico adelante de usted no se detendrá, encajonándolo en las vías. • Si su vehículo está encajonado o si se le para el automóvil en las vías del tren, inmediata-mente saque a todos los pasajeros del vehículo. - Sitúe un vigía en cada sentido de la vía para ver si se acerca un tren. - Si no hay un tren a la vista, trate de quitar el vehículo de las vías del tren o vuelva a arrancar el motor, si es que éste se paró. El tráfico ferroviario ha aumentado en Carolina del Norte; ahora, más que nunca, es importante ser prudente en los cruces de ferro-carril. En algunos casos un tren necesitará más de una milla para poder detenerse. Los trenes no se pueden frenar rápidamente, pero su automóvil sí puede. Un letrero amarillo y negro con "RR" indica que usted se está acercando a un cruce de ferro-carril. Al acercarse a la vía del tren, voltee a ambos lados y escuche, porque es posible que tenga que detenerse. Los trenes se pueden acer-car al cruce en cualquier momento. Si existe un letrero de alto en el cruce, debe detenerse com-pletamente antes de atravesar. Un letrero en forma de cruz se coloca en el mismo cruce. Otro letrero más pequeño abajo de la cruz indica si existe más de una vía. Muchos cruces tienen luces rojas intermitentes o luces rojas intermitentes con barreras. Si la señal de advertencia se activa, usted se debe detener antes de que las barreras bajen y atraviesen su lado del camino. Es ilegal atravesar un cruce donde las barreras están bajadas. • Cuando en un cruce de ferrocarril las luces rojas están intermitentes y existe una señal en forma de cruz, usted DEBE DETENERSE, así como lo haría con cualquier semáforo en rojo. • Si usted está esperando a que pase el tren, sea paciente. • No se mueva inmediatamente después de que pase el tren, puede venir otro tren en la dirección contraria, u otro tren siguiendo al primero. • Disminuir su velocidad. • Mantenerse alerta. • Prestar atención por si encuentra una señal de cruce de ferrocarril. • Esté alerta de automóviles que estén salien-do de donde estaban estacionados y de peatones que salgan súbitamente de entre los automóviles estacionados. Estos automóviles podrían bloquear su visión del tráfico que cruza las calles, las entradas de automóviles y las callejuelas. • En una calle de un sólo sentido, use el carril o carriles centrales para continuar su reco-rrido en línea recta y use los carriles exterio-res para dar vuelta. Las carreteras rurales pueden ser caminos estrechos de dos carriles o carreteras con varios carriles. Con frecuencia el manejar en caminos rurales es más peligroso que el manejar en el tráfico congestionado de la ciudad, debido a lo siguiente: • El camino puede ser más angosto. • Amenudo la iluminación no es tan buena como en las ciudades, y/o • La velocidad del tráfico puede ser más alta. Una carretera secundaria pavimentada no siempre está diseñada para el tráfico pesado o para velocidades normales de carretera. La mayoría de las carreteras secundarias se cons-truyen para el transporte local y no son ca-rreteras principales. En estas carreteras, es probable que las cuestas sean más pronuncia-das y las curvas sean más cerradas que en las carreteras principales. A menudo, no se puede ver bien a la distancia. En las carreteras secun-darias no es seguro manejar a la velocidad que se maneja en las carreteras principales. Las carreteras interestatales son carreteras más seguras porque tienen carriles separados para el tráfico que circula en sentidos opuestos y hay menos lugares en donde el tráfico puede entrar o salir. Además, las carreteras inter-estatales no tienen cruces de ferrocarril, curvas cerradas, señales de alto o semáforos. Si en un camino o junto a éste existe una línea o trayectoria para bicicletas, por favor preste especial atención a los ciclistas al acercarse y cruzar una intersección. Debido a que el ciclista circula a la derecha del tráfico de los vehículos motorizados, es muy probable que suceda un accidente en una intersección si el ciclista va a continuar en línea recta y el conductor va a dar vuelta a la derecha. El manejar en las ciudades o pueblos puede representar problemas para algunos conductores. Amenudo, el tráfico en las áreas urbanas se con-gestiona. Esté alerta del tráfico que viene en las calles laterales. Al manejar en tráfico congestiona-do, esté alerta de conductores que hagan paradas repentinas. Para evitar que otro automóvil choque su vehículo por la parte trasera, verifique su espejo retrovisor a menudo para estar con-sciente de situaciones peligrosas atrás de usted. Si usted desea dar vuelta y se da cuenta de que no está en el carril adecuado, continúe hasta la siguiente intersección y dé vuelta ahí. • Deje el espacio suficiente para que pueda tomar decisiones. Deje un "margen de seguridad" alrededor de su vehículo. • Avise a otros conductores lo que usted pien-sa hacer. • Mire con cuidado a la distancia lo más lejos posible para detectar con anticipación situa-ciones de peligro y poder tomar la acción defensiva adecuada. • Evite manejar justo al lado de otro vehículo, especialmente si está en el punto ciego del conductor, si usted no puede ver el espejo retrovisor interior del automóvil que está adelante de usted, lo más probable es que se encuentre en el punto ciego de ese conductor. • No cambie de un carril a otro, si puede manténgase en un carril y planee con antici-pación sus cambios de carril. • Esté preparado para frenar. • Esté alerta de los automóviles en los carriles cercanos a usted. El tráfico circula mucho más rápido en una carretera interestatal que en una carretera ordi-naria. Es peligroso manejar a una velocidad mucho menor que el límite de velocidad indica-do. Usted debe seguir el flujo de tráfico, si es que lo puede hacer sin acelerar demasiado. Los choques suelen ocurrir más a menudo, si un automóvil circula a una velocidad mucho más lenta, que el resto del tráfico. • Al aumentar la velocidad, mire más hacia la distancia. • Preste especial atención a las intersec-ciones escondidas. • Esté alerta de señales de advertencia que le avisen de cambios en el camino. • Esté alerta de los otros vehículos especial-mente de los grandes y los que circulan despacio. • Mantenga una distancia segura al seguir a otros vehículos. • Encienda las luces del automóvil cuando no pueda ver bien. • Preste especial atención a los vehículos que vienen de frente porque se encuen-tran tan sólo a unos pies de distancia en algunas carreteras de dos carriles sin camellón. • Si usted ve una fila de automóviles en el sentido opuesto al suyo, esté alerta de conductores que posiblemente estén tratando rebasar. • Siempre tenga en mente una posible "ruta de escape" para evitar chocar con un automóvil que venga de frente. • Planee su viaje con anticipación. • Antes de salir de viaje verifique el agua, aceite, llantas y gasolina del automóvil. • Decida con anticipación en dónde desea salir o entrar en la carretera. • Cuando esté entrando a la carretera inter-estatal, use el carril de aceleración hasta que su velocidad sea igual a la del tráfico y pueda integrarse con seguridad. • Manténgase a la derecha, use el carril o ca-rriles de la izquierda para rebasar. • No se le acerque demasiado al automóvil de enfrente. • Mantenga una distancia segura al seguir a otros automóviles, de acuerdo con la veloci-dad a la que está manejando. Uno de los tipos de choques más frecuentes en una ca-rretera interestatal es el de "choques por la parte trasera". Siga “La regla de los dos segundos" (ver página 82). • Recuerde que cuando se maneja a mayor velocidad, se requiere de más distancia y tiempo para detener el automóvil. • Deténgase frecuentemente en las áreas de descanso señaladas (rest area), de preferencia cada 100 millas. • Nunca se detenga en el carril de circulación. • Si la descompostura del vehículo lo obliga a detenerse, aléjese de la carretera. Sujete un trozo de tela blanca en la antena del radio o en la manija de la puerta izquierda y levante el cofre. Si la descompostura sucede en la noche, encienda las luces intermitentes de emergencia o las luces para estacionarse. Si usted es un conductor que ve un vehículo descompuesto, comuníquese inmediata-mente con la patrulla de caminos (Highway Patrol) o con algún agente local del orden público. • Al salir de la carretera, con anticipación, indique con el direccional, y sin bajar la velocidad pase al carril de desaceleración. Continúe a la velocidad límite indicada para salir. • Cuando tenga sueño, deténgase y descanse o coma algo. • Constantemente observe el camino frente a usted, sin embargo, no mire a un objeto por más de unos segundos a la vez y nunca fije la vista a la distancia. • Use frecuentemente su espejo retrovisor y sus espejos laterales para reducir la proba-bilidad de que a su automóvil le peguen por atrás. • Baje su velocidad cuando vea una situación que pueda ser peligrosa. • No bloquee su vista del parabrisas o ven-tanillas (sólo se permite colocar en la parte inferior izquierda del parabrisas una calco-manía de la inspección oficial o una calco-manía de la ciudad si se utiliza en vez de una placa de la ciudad). • Acomode las cosas en su vehículo de tal manera que no bloqueen su visión del camino. • No coma, beba o fume mientras maneja. • Con la excepción de sacar la mano para hacer una señal, usted y sus pasajeros nunca deben sacar el brazo, la cabeza o el pie afuera de la ventanilla del automóvil cuan-do está en movimiento. • En la noche, cuando usted enciende sus luces altas (faros), debe ser capaz de ver a una persona a 200 pies (61 metros) de dis-tancia. Con las luces bajas, usted debe ser capaz de ver a una persona a 75 pies (23 metros) de distancia. Cuando las luces delanteras están desajus-tadas, brillan en los ojos de los conductores, ciclistas o peatones que vienen en sentido opuesto. La vibración del vehículo puede ocasionar que las luces se desajusten. Un error muy peligroso que cometen los conductores en las carreteras interestatales, es el de tratar de salir de la carretera después de que se pasaron su salida. Si usted se pasa su salida, no baje la velocidad o trate de retroceder y dar vuelta. Continúe a la siguiente salida y sálgase ahí de la carretera. Siempre podrá encontrar un camino o una calle lateral para regresar a la sali-da que deseaba. Muchas carreteras interestatales cuentan con intersecciones en forma de trébol. En las intersec-ciones en forma de trébol un camino entra a otro camino a través de un puente, y todas las vueltas son hacia la derecha. • Planee con anticipación. • Viaje con el tiempo suficiente para detenerse y descansar con frecuencia. • Por lo menos cada 100 millas, deténgase, salga del automóvil y camine un poco. • Todos los vehículos deben estar equipados de fábrica con frenos en buen funcionamien-to, además, deben tener dos maneras distin-tas de frenar. • Cuando el pedal del freno esté metido hasta el fondo, éste debe estar por lo menos a una tercera parte de la distancia original del piso. Si no es así, usted necesita que le veri-fiquen sus frenos y hacer cualquier reparación necesaria. • Si siente que con la presión de su pie el pedal del freno se sume gradualmente, es necesario que le verifiquen el sistema hidráulico de su automóvil. • Si los frenos rechinan cuando usted pisa el pedal, es posible que no funcionen bien; lleve su automóvil a que se lo arreglen y no se arriesgue a perder por completo los frenos. El sistema de frenos antibloqueo (Anti-Lock Brakes, ABS) pueden mejorar la estabilidad del vehículo (evitar trompos), aumentar el control de la dirección (dirigir el vehículo a dónde el con-ductor quiere que vaya) y aumentar la capacidad de frenado (distancia necesaria para detener el vehículo). Con los frenos antibloqueo, es importante frenar fuerte y mantener una presión firme y constante sobre el pedal de freno mientras se detiene. Bombear el pedal de freno o no aplicar presión constante sobre el pedal de freno reduce la eficacia del sistema de frenos antibloqueo. Todo vehículo que se conduce en las calles y carreteras de Carolina del Norte debe estar equipado con llantas que sean seguras para el funcionamiento del vehículo y no expongan al público a peligros innecesarios. Se considera que las llantas no son seguras cuando tienen rajaduras, están agrietadas o tan desgastadas que se ve la tela. También cuando se ve una sepa-ración de la rodada, tiene amontonamientos o una rodada con una profundidad menor a 1.59 milímetros. Es una buena costumbre verificar y ajustar las luces periódicamente. El exceder la carga de la parte trasera de su automóvil, puede ocasionar que se levante el frente y que las luces delanteras produz-can un deslumbramiento incómodo y algu-nas veces peligroso para los conductores, ciclistas y peatones que vienen en sentido opuesto. Las luces traseras del automóvil deben ser de color rojo y visibles por lo menos a 500 pies (152 metros). La ley también exige que una luz blanca ilu-mine la placa del automóvil para que los números sean visibles por lo menos a 50 pies (15 metros) de distancia. Todos los vehículos motorizados fabricados a partir de 1955 deben tener luces de esta-cionar (cuartos) de color rojo o ámbar, que se encienden al frenar o al poner el direc-cional. Estas luces pueden estar combinadas con las luces traseras o pueden funcionar independientemente y deben ser visibles por lo menos a 100 pies (30 metros) de dis-tancia a la luz normal de día. Debido a que las señas hechas con la mano son difíciles de ver en la noche, es muy importante que las luces del automóvil fun-cionen perfectamente y que los vidrios de sus luces estén limpios. Antes de empezar a manejar ajuste sus espe-jos. Su espejo retrovisor debe mostrar exacta-mente lo que está detrás de usted. Ajuste sus espejos laterales para ver lo que está en la parte trasera izquierda y derecha del vehículo. Los espejos deben reflejar un poco los lados de su vehículo. • Todo vehículo motorizado que se maneje en la carretera pública debe estar equipado con frenos para controlar adecuadamente el movimiento, detener y retener al vehículo. para su liberación. Verifique su sistema de escape frecuentemente para cerciorarse de que no tiene fugas. Una fuga en el sistema de escape puede permitir que gas venenoso de monóxido de car-bono entre en el compartimento de los pasajeros dentro del vehículo. Amenudo, la intoxicación de monóxido de carbono puede ser mortal, y aun en pequeñas cantidades puede ocasionar que al conductor le dé sueño o pierda el conocimiento y luego el control del automóvil. Por esta razón, se sugiere que siempre mantenga una ventana abierta por lo menos una pulgada. Si su vehículo se balancea de lado a lado en condiciones normales de manejo y se inclina demasiado hacia un lado al dar vuelta, o parece que está brincando constantemente, es posible que el sistema de la suspensión no funcione co-rrectamente. Llévelo a un mecánico para que inspeccione todo el sistema de suspensión, incluyendo los amortiguadores, y corrija cualquier defecto inmediatamente. Una descom-postura en el sistema de suspensión puede oca-sionar que usted pierda el control del vehículo. La mayoría de los automóviles están equipados con un mecanismo de advertencia de emergencia que hace que las cuatro luces direc-cionales se pongan intermitentes. Estas luces intermitentes pueden advertir a otros conduc-tores de algún posible peligro o de que un vehículo está averiado o está parado. • Conocimientos prácticos que le permiten al conductor manejar a la defensiva y evi-tar un choque a pesar de los errores de manejo de los otros; y • Conocimientos teóricos de las reglas bási-cas de manejo de un automóvil para dar vuelta, rebasar, retroceder o estacionar el automóvil. Las llantas son muy importantes para detener su vehículo. Nunca maneje con las llan-tas lisas o con las llantas que estén mostrando la tela. Las llantas que no tienen suficiente aire, se desgastan más rápido. También las llantas que no tienen suficiente aire tienen mayor probabilidad de desinflarse. Las llantas que están demasiado infladas reducen la tracción y se desgastan espe-cialmente en la parte central de la rodada. Se debe verificar la presión del aire de las llantas por lo menos una vez a la semana. Para manejar de manera segura y ahorrar gasolina, las llantas deben tener la cantidad de aire correcta. Siga las recomendaciones del fabricante. El mejor momento para verificar la presión de las llantas es en la mañana, cuando las llantas están frías. Si no tiene un calibrador de presión, usted puede llevar su vehículo a una gasolinera cercana o un centro automotriz para verificar la presión de las llantas. Solamente los agentes del orden público y los vehículos de emergencia pueden tener luces o sirenas de emergencia. Todo vehículo motorizado debe tener un silenciador en buenas condiciones. El silenciador filtra el humo y el ruido excesivo. Una función del sistema de escape es la de llevar los gases dañinos del motor a la parte trasera del vehículo • Todo vehículo motorizado autorizado debe estar equipado con una bocina o claxon en buen estado. • El sonido de la bocina debe ser lo suficien-temente fuerte para que se escuche por lo menos a 200 pies (61 metros) y no debe hacer un sonido irrazonablemente fuerte o exasperante. • Si la bocina no funciona, repárela inme-diatamente. • Se debe usar la bocina como un dispositi-vo razonable de advertencia. No debe usar la bocina innecesaria o irrazonable-mente. La comunicación significa hacer saber pre-viamente a otros conductores lo que usted planea hacer, a fin de evitar un choque. En cualquier momento que usted planee reducir su velocidad, detenerse, dar vuelta, cambiar de carril o salir del lugar donde está estacionado, usted debe indicar qué es lo que pretende hacer. Tenga la costumbre de indicar sus movimientos aun cuando no vea a otros en el camino. Antes de poner la señal, primero debe ver que su movimiento se pueda hacer de manera segura. Las señales de los direccionales son los susti-tutos legales para las señas con la mano, pero en ocasiones son difíciles de ver. Cuando está oscure-ciendo y muy temprano en la mañana, las luces direccionales pueden reflejar la luz del sol, dificul-tando identificar si las luces están intermitentes o no. En la noche, es mucho más fácil ver las luces direccionales que las señas con la mano. Utilice el tipo de señal que usted crea que servirá mejor para comunicar lo que intenta hacer. Una buena regla es usar tanto los direccionales como las señas con la mano durante el día, especialmente en la tarde cuando está oscureciendo o muy temprano en la mañana cuando el sol brilla y está bajo en el horizonte. En la noche la señal con los direc-cionales es suficiente. • Para indicar una vuelta a la izquierda, mantenga el brazo y la mano extendida hacia afuera y apunte con el dedo índice. • Para indicar una vuelta a la derecha, extienda el brazo hacia afuera y el ante-brazo hacia arriba, con la palma hacia adelante. • Para indicar que va a detenerse o va a bajar de velocidad, apunte el brazo y la mano hacia abajo, con la palma hacia atrás. Lo que usted ve es importante para manejar a la defensiva. • Los buenos conductores tratan de ver en el camino de 10 a 15 segundos adelante de ellos (más o menos una cuadra en una ciu-dad). Al mirar hacia adelante, es posible que evite movimientos de último momento como paradas repentinas o cambios rápidos de carril. • Cada 10 segundos verifique los espejos para ver si hay algún vehículo que lo sigue muy de cerca. • Al cambiar de carril, retroceder, bajar la velocidad, o manejar cuesta abajo, es muy importante que verifique si tiene tráfico detrás de usted o en sus puntos ciegos. • Al verificar sus espejos, no quite la vista del camino por más de un instante. El vehículo delante de usted podría detenerse repenti-namente. • Siempre tenga en mente una solución. Si bien es cierto que los espejos son útiles, usted debe recordar que no le muestran el panorama completo. Los espejos dejan puntos "ciegos" en su campo de visión. Los puntos "cie-gos" son las áreas cercanas a la izquierda y derecha de la parte trasera del vehículo, que usted no puede ver por los espejos cuando está en el lugar del conductor. Por lo tanto, antes de cambiar de carril o dar vuelta, rápidamente voltee la cabeza y mire por encima de su hombro para observar lo que está en su punto ciego. Se pueden crear otros puntos ciegos por el deslum-bramiento de las luces, parabrisas sucios, vehícu-los estacionados muy cerca a una intersección, arbustos y/o edificios. En estos casos, maneje su automóvil lentamente hacia adelante hasta que pueda ver claramente. Evite manejar en el punto ciego de otro conductor, ya que es más difícil que lo vean ahí. seguro es que el niño realice un movimiento repentino, así que déjele más espacio al niño. Esto quizás implique moverse más cerca a los automóviles que vienen de frente. Si las situa-ciones son igualmente peligrosas, como en el caso de automóviles que vienen de frente y automóviles estacionados, usted se debe detener y dejar que el tráfico que viene de frente pase sin percances antes de continuar. Una zona de obras en una calle o carretera, pone sobre aviso de actividades de construcción o mantenimiento realizadas dentro o junto al camino utilizado por vehículos. Esta zona de obras puede o no interferir con el flujo normal de tráfico, pero generalmente en esta zona habrá actividades que tienden a atraer la atención del conductor o a distraerlo del tráfico. Es muy importante MANTENERSE ALERTAen la zona de obras y estar preparado en todo momento para reaccionar con seguridad a las condiciones inesperadas. Es ilegal manejar un vehículo motorizado a una velocidad mayor que la velocidad límite indicada cuando se está recorriendo una zona de obras. Una zona de obras en la carretera es el área entre el primer letrero que indica el inicio de la zona de obras y el último letrero que indica el final de la zona de obras. La multa por exceso de velocidad en la zona de obras es de $250.00 dólares, si es que hay un letrero al inicio de la zona de obras en donde se especifique la sanción. Se exige esta multa además de cualquier otra san-ción por ser declarado culpable de cometer la infracción de exceso de velocidad. • Usted debe ser capaz de juzgar situa-ciones peligrosas y adaptar su forma de manejar respectivamente. • Aún más importante, usted debe saber cuándo las condiciones son demasiado peligrosas para arriesgarse a manejar. Ponga la señal por lo menos durante los últimos 100 pies (30 metros) antes de dar vuelta o dete-nerse. Si el límite de velocidad es de 45 mph o más, ponga la señal durante los últimos 200 pies (61 metros) antes de dar vuelta. Mientras más rápido esté manejando, con mayor anticipación deberá poner la señal. Al mantenerse alejado de otros automóviles usted deja un espacio de seguridad alrededor de su automóvil. Cerciórese de que existe suficiente espacio adelante y atrás de usted para rebasar o detenerse de una manera segura. Aplique “La regla de los dos segundos" para deter
Object Description
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Title | Manual de conductores |
Date | 2002-05 |
Description | May 2002 |
Digital Characteristics-A | 1027 KB; 71 p. |
Digital Format |
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Full Text | Estimado conductor: El programa de licencias para conducir de Carolina del Norte está diseñado para prote-ger a los conductores y a los peatones. Sus obje-tivos son la prevención de accidentes de tráfico y la reducción de los daños y pérdida de bienes. Lo que usted aprenda en este manual es lo esencial para manejar con seguridad. Qué tan bien recuerde lo que usted aprenda y qué tanto lo practique diariamente, le permitirá continuar siendo un conductor que maneja de una manera segura. Por favor recuerde que el privilegio de conducir se debe ganar. Es un privilegio que incluye una gran responsabilidad. Le suplico que siempre obedezca nuestras leyes y observe las reglas para manejar en forma segura. Su vida y las vidas de otros dependen de usted. Atentamente, Michael Easley Gobernador Lyndo Tippett Secretario de Transporte Línea telefónica de información automatizada DMVdirectAccess es una manera muy cómoda de obtener información de la División de Vehículos Motorizados (Division of Motor Vehicles -DMV) del Departamento de Transporte de Carolina del Norte (North Carolina Department of Transportation - NCDOT), sobre las licencias para conducir y el re-gistro de vehículos. Marque el (919) 715-7000 desde cualquier teléfono con botones y obtenga informa-ción 24 horas al día, los siete días de la semana. DMV directAccess le proporciona información sobre: • licencias para conducir, permisos de princi-piante, endosos de licencia para conducir motocicletas, licencias para conducir comer-ciales (CDL), y tarjetas especiales de identifi-cación; • información personalizada que usted debe saber sobre el sistema de puntos que afecta su licencia para conducir, antecedentes de mane-jo y la condición de su licencia para conducir; • formularios médicos y de visión, ciclos de exámenes, expedientes y audiencias; • registro de vehículos, duplicados de títulos, placas perdidas o robadas, placas persona-lizadas y tarjetón de discapacitados para el parabrisas. • seguro de responsabilidad civil y otra infor-mación. En la línea DMV directAccess también encon-trará información sobre las cuotas e impuestos de las licencias para conducir y del registro de vehícu-los. Al presionar los botones de los números de su código postal, el sistema le puede proporcionar la ubicación de la oficina de licencias para conducir o registro de vehículos más cercana a usted. (919) 715-7000 Estimado conductor: El manejar de manera responsable y segura continúa siendo vital para los millones de conduc-tores que viajan en nuestras carreteras cada año. Cuando se otorga el privilegio de conducir en este estado, usted debe estar preparado para aceptar la responsabilidad de su vida y las vidas de otros. Anualmente cerca de 200,000 accidentes ocu-rren en las carreteras de Carolina del Norte. Estos accidentes ocasionan 1,500 muertes. Continuamos mejorando en esta área, pero debemos esforzarnos más. Debemos esforzarnos más para protegernos a nosotros mismos y a nuestras familias. Este manual de conductores le sugiere muchas técnicas para manejar en forma segura y a la defensiva, también señala leyes importantes sobre vehículos motorizados. Lo que usted aprenda en este manual es nece-sario para la seguridad de todos los conductores. Aun cuando este manual contiene la informa-ción que usted necesita para prepararse para el examen para obtener su licencia para conducir, tal vez no responda todas sus preguntas. Si necesita más ayuda, por favor comuníquese con la oficina de licencias para conducir más cercana. También puede visitar nuestro sitio de Internet: www.dmv.dot.state.nc.us. Cuando usted maneja de una manera segura y obedece las reglas del tránsito, usted podrá disfru-tar durante mucho tiempo de viajes agradables y cómodos en las carreteras de Carolina del Norte. Atentamente, Comisionada de Vehículos Motorizados Para muchas personas en Carolina del Norte, el conducir un vehículo puede ser muy costoso, incó-modo o peligroso. El Departamento de Transporte de Carolina del Norte desea hacerle saber que aparte de manejar, existen muchas alternativas de transporte. En nuestra sociedad frecuentemente olvidamos que podemos caminar, andar en bicicleta, compartir el automóvil o usar el transporte público. El transporte público pudiera ser su mejor alter-nativa, en vez de manejar. En la mayoría de los lugares en el estado se ofrece algún tipo de trans-porte público. En áreas urbanas, existen sistemas de autobuses que circulan por rutas ya estableci-das. En áreas rurales por ser más pequeñas se uti-lizan servicios coordinados de camionetas tipo van para transportar a los ciudadanos. En cualquiera de estos casos, el transporte público se encuentra a su disposición y está equipado para poder atender las necesidades de las personas discapacitadas. Para saber más acerca de las opciones de trans-porte público en su localidad llame a la División de Transporte Público del Departamento de Carolina del Norte: Se puede solicitar un duplicado de licencia para conducir en línea en www.dmv.dot.state.nc.us. Haga clic en el logotipo Click@DMV y luego en el enlace “Duplicado de licencia para conducir” y lle-gará a nuestro sitio para “Duplicado en línea” de licencia para conducir. El duplicado de licencia para conducir se puede solicitar por las siguientes razones: • reemplazo de una licencia robada o perdida • cambio de dirección residencial y/o postal • reemplazo de una licencia desfigurada o dañada Se cobra una tarifa de $10 dólares. En la actuali-dad, usted puede pagar con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito Visa o Mastercard. Se enviará por correo al cliente un duplicado de la licencia con la fotografía más reciente disponible en nuestro sis-tema computarizado. Los clientes con licencia sus-pendida no tienen derecho a este servicio. Traffic Records Section (Sección de antecedentes de tráfico) (919) 861-3062 Customer Service/Citizen Affairs Section (Sección de servicio a clientes y asuntos de los ciu-dadanos) (919) 861-3059 Enforcement Section (Sección de cumplimiento y vigilancia de normas) (919) 861-3185 International Registration Plan (IRP) Section (Sección del plan de registro internacional) (919) 733-3643 School Bus and Traffic Safety Section (Sección de seguridad de autobuses escolares y de tráfico) (919) 861-3104 El sitio en la Web de la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte (NCDMV) tiene el objetivo de ofrecer a los conductores de Carolina del Norte información precisa y oportu-na sobre los servicios que ofrece la NCDMV y los asuntos relacionados con la misma. En este sitio se contestan las preguntas más frecuentes, además se encuentran directorios actualizados de todas las oficinas de la DMV en todo el estado. Directamente desde su computadora, usted puede mandar un correo electrónico a este sitio. También encontrará noticias sobre todos los tópicos can-dentes y la nueva legislación que afecta a todos los conductores de Carolina del Norte. Además, en este sitio en la Web están a su disposición diversas publicaciones y formularios. ¡Venga a visitar este sitio! Señales de tráfico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 Señales de regulación, de advertencia, de guía e informativas. Marcas en el pavimento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .105 Agentes de tráfico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .106 Bicicletas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .112 Usted como peatón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .114 Camiones y otros vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .115 Motocicletas y bicimotos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117 Conservación de combustible . . . . . . . . . . . . . . . . . .121 Cómo mantener la carretera libre de basura . . . . . .121 Los centros de servicio móviles de la DMV . . . . . .123 Antecedentes del conductor . . . . . . . . . . . . . . . . . . .124 Registro de vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .125 Ley de impuestos de propiedad . . . . . . . . . . . . . . . .128 Inspección de vehículos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .130 Operación Descanse con Confianza . . . . . . . . . . . . .132 (Operation Rest Assured) Glosario de términos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .133 Para obtener su licencia para conducir original . . . . .8 Tipos de licencias, permisos y certificaciones . . . . . .12 Licencias clasificadas, licencia comercial, endosos, niveles de graduación para la obtención de licencias, licencia provisional, restricciones, requisitos. Nuevos residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24 Personas no residentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .25 La nueva licencia para conducir y tarjeta de identifi-cación de Carolina del Norte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26 Renovación y duplicado de licencias . . . . . . . . . . . . .26 La DMV exige un nombre completo . . . . . . . . . . . . .28 Tarjetas de identificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .28 Registro para votar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 Programa de donación de órganos . . . . . . . . . . . . . . .28 Lista de cuotas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .30 Manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas . .31 (Driving While Impaired - DWI) El alcohol y el conductor joven . . . . . . . . . . . . . . . . .35 Sistema de puntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36 Suspensiones y revocaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .39 Restitución de la licencia para conducir . . . . . . . . . .42 Seguridad del conductor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .44 Cómo proteger al conductor y a sus pasajeros . . . . .46 El manejo en general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .53 Reglas y destrezas básicas de manejo . . . . . . . . . . . .58 Cómo manejar a la defensiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . .79 Condiciones peligrosas de manejo . . . . . . . . . . . . . . .83 Emergencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .91 Choques . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .96 Semáforos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .98 • Mientras conduzca un vehículo motorizado en las carreteras, el titular del permiso debe ir acompañado de una persona que tenga licencia para conducir el vehículo motoriza-do en cuestión y que vaya sentada junto al titular del permiso. • Los permisos de principiante son válidos por 18 meses. • Las pruebas exigidas son examen de la vista y exámenes sobre señales de tránsito y conocimiento de vehículos motorizados. • Si el solicitante tiene entre 16 y 18 años, debe poseer una licencia provisional plena emiti-da por la División. Se requiere la firma de uno de los padres o del tutor legal. • Si el solicitante es mayor de 18 años, debe tener una licencia emitida por la División. • El permiso de principiante para conducir motocicleta autoriza a la persona a conducir una motocicleta sin pasajeros. • Los permisos de principiante para conducir motocicleta son válidos por 18 meses. • Las pruebas exigidas son examen de la vista y exámenes sobre señales de tránsito y conocimiento de motocicletas. Cada examen debe ser aprobado por separado. Los solicitantes de licencias Clase Ao B deben estudiar el Capítulo de Conocimientos Generales del Manual de Licencia para Conducir Comercial (Commercial Driver License -CDL Handbook). Los solicitantes de una licencia para conducir comercial Clase A, B o C deben estudiar los capí-tulos que se requieren en el Manual de Licencia para Conducir Comercial. Los solicitantes de endosos para motocicletas o permiso de principi-ante para conducir motocicletas deben estudiar el Manual para Motocicletas (Motorcycle Handbook). Consulte las páginas 12 a 13 para ver la descripción completa de todas las licencias para conducir. El manejar es un privilegio legal y una responsabilidad. Es contra la ley el manejar un vehículo motorizado en las calles y carreteras sin una licencia para conducir válida. También es ile-gal sentarse en el asiento del conductor de un vehículo motorizado cuando esté funcionando o guiar un vehículo cuando lo están empujando o remolcando, si usted no tiene una licencia para conducir válida. Los examinadores de licencias para con-ducir se encuentran en todo el estado y están capacitados para hacerle la prueba de una ma-nera justa y prestar un servicio oportuno y cortés. La mayoría de las oficinas de exámenes están abiertas de 8 a.m. a 5 p.m. En las ciudades y poblaciones más grandes, las oficinas están abiertas de lunes a viernes. Las oficinas en pobla-ciones más pequeñas pueden estar abiertas sólo ciertos días de la semana o un día cada dos sem-anas. Se pueden concertar citas para presentar el examen de manejo en la mayoría de las oficinas. Solicite información en su oficina local de licen-cias para conducir. • Los permisos de principiante se dan a per-sonas mayores de 18 años. • El permiso de principiante autoriza al titular a conducir el tipo o clase de vehículos motorizados especificado mientras tenga el permiso. • vista • conocimientos de manejo • señales de tráficoo • destreza de manejo (examen práctico de manejo) • Cómo se acerca a las intersecciones, las señales de alto y los semáforos. • Cómo se detiene repentinamente, de la manera más rápida y segura que le sea posi-ble, cuando se le indique hacerlo. • Cómo retrocede su automóvil. • Cómo detiene, arranca y estaciona el automóvil. • Cómo usa el embrague (clutch) en vehículos de transmisión manual. • Cómo cambia a una velocidad más baja en cuesta abajo. • Cómo usa sus direc-cionales y el claxon (bocina). • Cómo da vueltas (vira). • Cómo maneja en los carriles. • Cómo sigue a otros automóviles. • Cómo rebasa y se deja rebasar. • Cómo cede el derecho de paso a los peatones y a otros vehículos. • Cuál es su postura al manejar. • Cómo se da la vuelta en el camino "vuelta de tres puntos". (1) Comience desde el lado derecho del camino. Mire a su alrededor y, si no vienen otros automóviles, avance lentamente, girando el volante hacia la izquierda. Deténgase a varias pulgadas de la banqueta o borde izquierdo de la calle. (2) Retroceda el auto lentamente, girando el volante hacia la derecha. Deténgase a varias pulgadas de la banqueta o borde derecho de la calle. (3) Avance lenta-mente hacia adelante, girando el volante hacia la izquierda. Esto completará su retorno. En caso de no ser así, repita el pro-cedimiento descrito anteriormente. Ya sea que esté solicitando un permiso de prin-cipiante, una licencia original, o la renovación de su licencia, será necesario examinar su vista para verificar que cumple con ciertos estándares. Si usted necesita lentes de graduación para que su vista esté al nivel de los estándares requeridos, deberá traer puestos los lentes todo el tiempo que esté manejando, y en su licencia se indicará que usted debe usar lentes. La multa por manejar sin sus lentes de graduación apropiados es la misma que si estuviera manejando sin su licencia. En este manual se encuentra toda la informa-ción que se incluye en la prueba de señales de tráfico. Para aprobar la prueba de señales de trá-fico, usted deberá identificar las señales de tráfico de acuerdo con su forma y color, y explicar lo que significa cada una. El examen es una prueba de su conocimiento sobre las leyes de tráfico y las prácticas para manejar de una manera segura. Las personas que tienen dificultad para leer, pueden solicitar hacer el examen oralmente. El examen práctico de manejo es una prueba de su destreza de manejo. Usted puede realizar este examen, una vez que haya aprobado todos los otros exámenes. La primera vez que usted solicite una licencia para conducir, usted debe hacer el examen práctico de manejo. Es posible que tenga que volver a hacerlo para renovar su licencia. Sin embargo, no se requiere para un per-miso de principiante. Durante el examen práctico de manejo, se le dará la oportunidad de hacer maniobras básicas y demostrar su destreza para manejar de una manera segura en el tráfico. No se otorgará licencia a las personas que ten-gan problemas fisicos o mentales que puedan impedirles conducir con seguridad. Se puede dar una licencia limitada a una persona discapacitada siempre y cuando el problema no le impida con-ducir con seguridad. por lo menos 26,001 libras y que, incluyendo la combinación, cuenta con una unidad remolca-da con un peso bruto total de por lo menos 10,001 libras. • Un vehículo motorizado individual que tiene un peso bruto total de por lo menos 26,001 libras. • Una combinación de vehículos motorizados que tiene como parte de la combinación una unidad para remolcar con un peso bruto total de por lo menos 26,001 libras y una unidad remolcada con un peso bruto total de menos de 10,001 libras. Un vehículo individual o una combinación de vehículos motorizados que no se clasifique como clase Ao B, pero que cumpla cualquiera de las siguientes descripciones: • Está diseñado para transportar a 16 pasajeros o más, incluyendo al conductor. • Transporta materiales peligrosos y se le exige portar un letrero. Usted no necesita poseer una licencia co-mercial para conducir vehículos de recreación, equipo militar, equipo de incendio y/o emergen-cia, o ciertos vehículos agrícolas. Sin embargo, siempre se exige que usted posea la clasificación de licencia apropiada. Se requiere un endoso especial en su licen-cia para conducir comercial para acarrear mate-riales peligrosos, transportar pasajeros, remolcar trailers dobles o conducir vehículos con un tanque. Se puede obtener mayor información sobre las licencias para conducir comerciales en el Manual del Conductor Comercial de Carolina del Norte (North Carolina Commercial Driver License Handbook). Para obtener un endoso de motocicleta, una persona debe tener una licencia clase C, de por lo menos nivel tres, o un permiso de principiante para motocicleta, antes de poder conducir una motocicleta en las carreteras públicas. Carolina del Norte tiene un sistema de licen-cias para conducir clasificadas y licencias para conducir comerciales (Commercial Driver License - CDL). El tipo de vehículo que usted conduce determina la clase de licencia para conducir que usted debe tener y el tipo de vehículo que deberá conducir durante el examen práctico de manejo. El examen práctico de manejo deberá ser realiza-do en un vehículo representativo de la clase de licencia que se desea. Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier combinación de vehículos que estén exentos del requisito de una licencia para conducir comercial, y que tengan un peso bruto total (gross vehicle weight rating [GVWR]) de 26,001 libras o más, siempre y cuando el peso bruto del vehículo o vehículos que están siendo remolcados excedan 10,000 libras. También se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier combinación de vehículos con un peso bruto total menor de 26,001 libras, si el vehículo que se remolca tiene un peso bruto total mayor de 10,000 libras. Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier vehículo sencillo con un peso bruto total de 26,001 libras o más, que esté exento del requisito de licencia para conducir comercial, o cualquier vehículo de este tipo que remolque a otro vehículo con un peso bruto total de 10,000 libras o menos. - Se requiere este tipo de licencia para conducir cualquier vehículo que pese menos de 26,001 libras, que esté exento del requisito de una licencia para conducir comercial, y no remolque a otro vehículo con un peso bruto total de más de 10,000 libras. La mayoría de los conductores sólo necesitan una licencia de clasificación C para con-ducir los automóviles personales y camionetas pequeñas. Un vehícu-lo que tiene un peso bruto total combinado de • 6 meses a partir de la emisión del permiso del nivel uno, usted puede calificar para manejar a cualquier hora con su supervisor de manejo. Atención: Para graduarse y pasar al nivel dos (Level Two), usted debe tener este permiso por lo menos durante 12 meses y no tener ninguna infracción en movimiento, ni infracciones por no usar el cinturón de seguridad en los últimos seis meses. • Los conductores deben tener entre 16 y 18 años de edad. • Todos los pasajeros deberán restringirse con un cinturón de seguridad o un asiento de seguridad para niños. • El supervisor de manejo debe sentarse al lado del conductor. • Usted puede manejar sin supervisión de las 5 a.m. a las 9 p.m. y a cualquier hora si maneja directamente desde o hacia su traba-jo, o si es miembro y maneja como volun-tario cualquier vehículo contra incendio, de rescate o de servicio de emergencia médica. Atención: Para graduarse y pasar al nivel tres (Level Three), usted debe tener esta licencia por lo menos durante 6 meses y no tener ninguna sentencia condenatoria por cometer una infracción en movimiento, ni infracciones por no usar el cinturón de seguridad en los últimos seis meses. SUPERVISOR DE MANEJO: El supervisor de manejo debe ser el padre, la madre, el abuelo, la abuela o el tutor del titular del permiso o licen-cia; o una persona responsable autorizada por el padre, la madre o el tutor. El supervisor de manejo debe tener una licencia para conducir válida y debe haber tenido licencia para conducir durante cinco años como mínimo. • Después de cumplir seis meses de manejar sin ninguna infracción en movimiento o infracción por no usar el cinturón de seguri-dad, usted calificará para recibir una licencia de nivel tres. (Level Three License). Si usted es un nuevo residente que se está mudando a Carolina del Norte y tiene 15 años pero menos de 18 años y tiene un permiso de principiante, una licencia restringida o una licencia sin restricciones, usted debe ponerse en contacto con la oficina local de licencias para conducir para determinar qué tipo de licencia o permiso de principiante se le permite solicitar. Los conductores de autobús escolar deben tener como mínimo 18 años de edad, certificado de conductor de autobús escolar y Licencia para Conducir Comercial (Commercial Driver Licence, CDL) Clase B o C con restricción “S” o bien, una licencia CDL Clase A, B o C con endoso “P”. Los conductores de autobús de actividad escolar deben tener como mínimo 18 años de edad, certi-ficado de conductor de autobús escolar y CDL Clase B o C con restricción “S” o bien, una licen-cia CDL Clase A, B o C con endoso “P”. Para obtener este certificado de conductor de autobús escolar, la persona debe recibir un entrenamiento especial y aprobar un examen para demostrar que cuenta con la aptitud y capacidad necesaria para conducir un autobús. El entrenamiento y la certificación son proporcionados por especialistas de educación de manejo designados por la División de Vehículos Motorizados (DMV). Si usted tiene por lo menos 15 años de edad, y ha completado y aprobado el curso de educación de manejo, que cumple con los requisitos de Carolina del Norte y puede presentar un certifica-do de elegibilidad para ser conductor (emitido por el sistema escolar público), un diploma de prepara-toria (high school) o su equivalente, puede solicitar un Permiso limitado de principiante de nivel uno, (Level One Limited Learner Permit) para conducir vehículos que requieren una licencia clase C. • Usted debe tener por lo menos 15 años de edad, pero menos de 18 años y residir en Carolina del Norte. • Usted debe aprobar un examen escrito, de señales y de la vista. • Todos los pasajeros deberán restringirse con un cinturón de seguridad o un asiento de seguridad para niños. • Las únicas personas que pueden ir sentadas en la parte delantera del automóvil son el conductor y el supervisor de manejo. • Durante los primeros seis meses, el permiso de nivel uno (Level One) le autoriza a mane-jar entre las 5 a.m. y las 9 p.m., siempre y cuando lo acompañe el supervisor de manejo. Apartir del 1º de agosto de 1998, los solici-tantes de licencias para conducir, menores de 18 años de edad, deberán tener un “certificado de elegibilidad para ser conductor” (driver eligibility certificate), un diploma de estudios superiores (high school), o su equivalente para calificar para la obtención de un permiso o una licencia para conducir de Carolina del Norte. El certificado de elegibilidad para ser conductor debe estar firma-do por el administrador escolar del solicitante, quien certifica que el solicitante se encuentra inscrito en la escuela y está en vías de obtener un diploma de estudios superiores (high school) o bien, que el solicitante o su familia se encontraría en una situación difícil si no se le otorga una licencia para conducir al solicitante. La División de Vehículos Motorizados debe revocar la licencia para conducir de cualquier per-sona menor de 18 años cuando reciba la notifi-cación de la autoridad escolar correspondiente indicando que la persona ya no cumple los requi-sitos para recibir el certificado de elegibilidad para ser conductor. Esta revocación estará vigente hasta que la persona cumpla 18 años de edad, a menos que se obtenga un certificado de elegibilidad para ser conductor, un diploma de estudios secunda-rios (high school) o un certificado GED. Apartir del 1º de julio del 2000, un estudiante perderá su licencia si recibe una suspensión de la escuela por más de 10 días consecutivos, o si lo asig-nan por acción disciplinaria a una institución educa-tiva alternativa por más de 10 días consecutivos. Esta suspensión permanece vigente durante 12 meses o hasta que se obtenga un certificado de ele-gibilidad para ser conductor. Para emitir por primera vez una tarjeta de identificación, permiso de principiante o licencia para conducir en Carolina del Norte, se requiere un documento para comprobar su residencia, éste debe contener el nombre y la dirección del domicilio actual del solicitante en Carolina del Norte. Esto se requiere además de los documen-tos de comprobación de edad e identidad. Los documentos de comprobación aceptables son los siguientes: Los conductores menores de 18 años portan una licencia provisional. Debido a que estos con-ductores cuentan con un índice de accidentes mucho más alto, se les imponen leyes especiales. Si usted es un conductor menor de 18 años: • Usted debe presentar un certificado que demuestre que ha aprobado un curso de edu-cación de manejo oficial que cumple con los requisitos de Carolina del Norte antes de poder hacer el examen del permiso de prin-cipiante o de la licencia para conducir. • La División de Vehículos Motorizados revisa detenidamente sus antecedentes de manejo y es posible que se comunique con usted si tiene ciertos tipos de infracciones de tráfico o choques. • Es ilegal que una persona con una licencia provisional maneje un vehículo motorizado después de consumir o mientras consume bebidas alcohólicas o drogas. Si recibe una sentencia condenatoria por este tipo de vio-lación de la ley, se le revocará la licencia durante un año. • Si el conductor es menor de edad, el padre o tutor debe dar la autorización con su firma. Por razones de seguridad, una licencia para conducir puede ser limitada o restringida de alguna manera. Por ejemplo, es posible que a un conductor sólo se le permita manejar un vehículo si lleva puestos sus lentes de graduación o algún dispositivo de control mecánico. Si su licencia es restringida, usted sólo debe manejar dentro de los límites de la restricción, ya que, de lo con-trario, se considerará que usted está manejando sin licencia. Ala persona discapacitada que apruebe el examen de licencia para conducir, se le puede emitir una licencia para conducir restringida a la utilización del equipo necesario para conducir con seguridad el vehículo motorizado. Si a usted le expiden una licencia restringida, es posible que le llamen para presentar otro examen antes de la fecha de vencimiento de su licencia. • Documentos de Servicios Sociales • Talón de cheque de sueldo generado por computadora Se puede usar una declaración jurada ÚNICA-MENTE si NO se tiene alguno de los documen-tos mencionados arriba. En caso de un menor de edad, el padre, la madre o el tutor legal deben firmar la declaración jurada. Los Estatutos Generales exigen que se pague una cuota de $2.00 por la ejecución de la declaración jurada o affidávit. Los individuos de 18 años o más pueden solicitar cualquier tipo de licencia para conducir y/o endoso de motocicleta en Carolina del Norte. Pueden existir requisitos adicionales para aque-llas personas que solicitan una licencia comercial. Sea tan amable de consultar el Manual de Licencias Comerciales. (CDL Handbook). La División de Vehículos Motorizados exige un comprobante de su edad, su nombre completo y su número de seguro social (Social Security Number - SSN) para protegerlo de falsi-ficaciones de licencias para conducir. Para com-probar su edad, por favor presente una licencia para conducir con foto, ya sea vigente o vencida, o una tarjeta de identificación (ID card) especial expedida por la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte del Departamento de Transporte, o una licencia para conducir con foto o tarjeta de identificación expe-dida por otro estado norteamericano o territorio, por el estado libre asociado de Puerto Rico, o por alguna de las provincias canadienses, o una Licencia Federal de Conductor expedida por el gobierno mexicano. Si usted no tiene ninguna de las anteriores, puede presentar dos documentos, uno de los cuales debe contar con su fecha de nacimiento. Estos dos documentos deben pertenecer a las siguientes categorías: NO se acepta que las dos identificaciones que usted presenta provengan de la misma categoría. Por ejemplo, una tarjeta de califi-caciones y un programa de estudios de la escuela no se admiten como dos formas de identificación. • Acta o partida de nacimiento original o cer-tificada. 1) Documentos emitidos por el gobierno de los Estados Unidos o por el gobierno de otro país, tales como: • Órdenes militares • Pasaporte válido • Documentos del servicio de Inmigración y Naturalización (Immigration and Naturalization Service, INS) • Correspondencia de la Administración de Veteranos • Matrícula consular del Gobierno de México • Correspondencia de la Administración del Seguro Social 2) Documentos emitidos por el Estado de Carolina del Norte o por sus subdivisiones administrativas (condados, ciudades, etc.), por otro estado, por el estado libre asociado de Puerto Rico o por uno de los territorios de los EE.UU., tales como • Registro de vehículo válido en Carolina del Norte • Correspondencia o tarjeta de servicio de Servicios Sociales • Declaración de impuesto a la propiedad • Tarjeta de biblioteca • Tarjeta del registro de votantes de Carolina del Norte 3) Informes impresos de bancos o corporaciones (Por ejemplo, el estado de cuenta de un banco) 4) Carta de negocios impresa en papel con mem-brete 5) Documentos considerados confiables por la División, tales como • Convenio de renta de apartamento, contrato de vivienda, declaración de hipoteca • Cuenta de servicio público (electricidad, cable, agua, etc.) o contrato de servicios públicos • Registros escolares firmados por un fun-cionario de establecimiento educacional, tales como los certificados de educación de conductores • Póliza u obligación vigente de seguro de automóvil, propiedad, salud o vida • Registro de impuestos generado por com-putadora • Carta de un albergue para personas sin domicilio bilidad para no inmigrantes (Certificate of Eligibility for Nonimmigrant) OMB-1115- 0051; Notificación de Combate (Notice of Action) I-797, o la Notificación de Combate I-797C. • Tarjeta del Servicio Militar emitida por la Secretaría de Defensa de México. • Matrícula Consular o Matrícula emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México. • Credencial de Elector o para votar emitida por el Instituto Federal Electoral de México. • Cédula (con foto). • Mandato del tribunal o decreto de divorcio (de cualquier estado). Una vez que haya recibido su licencia para conducir de Carolina del Norte, usted tiene que hacer entrega de cualquier otra licencia para con-ducir que haya emitido otro estado. También se le pedirá que entregue todas las tarjetas de identifi-cación válidas de Carolina del Norte que usted posea. Las solicitudes de permiso de principiante o de licencia para conducir de cualquier persona menor de 18 años de edad deben estar firmadas por el padre o tutor. Cuando se solicita una tarjeta de identifi-cación, permiso de principiante o licencia para conducir, or cuando se solicita un duplicado de tales documentos, la ley exige que usted propor-cione a la División de Vehículos Motorizados un número de seguro social válido, o un Número de Identificación de Contribuyente Individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN) válido, si no tiene derecho a número de seguro social. Por ley, la DMV puede revelar un número de seguro social solamente: • Con el propósito de administrar las leyes de licencia para conducir. • Cuando lo solicite el Programa de Cumplimiento de Mantenimiento de Menores del Departamento de Salud y Servicios Sociales para hacer cumplir una • Tarjeta de seguro social (Social Security Card) u otro documento que tenga su número de seguro social y su nombre; un documento de impuestos generado por computadora, talón de su cheque de salario; estado de cuenta bancaria, declaración de una compañía de seguros, informe de una agencia bursátil, etc; Documentos expedidos por el gobierno, por ejemplo, la tarjeta de identificación militar de los EE.UU.; una carta o documento impreso por computado-ra de la Administración del Seguro Social (Social Security Administration ). • Registro escolar oficial firmado por un fun-cionario escolar, por ejemplo, las califica-ciones escolares (notas), certificado de edu-cación de manejo, diplomas, o programa de estudios (transcripts). • Comprobante de baja del servicio militar (DD-214 o Cartilla Nacional) o una tarjeta de identificación (ID) con foto. • Pasaporte vigente de cualquier país con la foto sellada. • Registros de impuestos (con excepción de los formularios que completan los individuos), formularios de declaración de impuestos W-2, formularios 1099, registro de impuestos de propiedad, o los registros trimestrales de pago de impuesto de nómina. • Licencia matrimonial o acta de matrimonio certificada expedida por una agencia guber-namental. • Privilegio limitado de manejo (vigente o vencido). • Registro vigente de vehículo o certificado de título de propiedad. • Documento auténtico del servicio de inmi-gración y naturalización (Immigration and Naturalization Service - INS); Tarjeta de reci-bo de registro de extranjero (Alien Registration Receipt Card); Tarjeta verde conocida como "Green Card" es decir, la tar-jeta de residente extranjero (Resident Alien Card); Tarjeta de autorización para empleo; Tarjeta de residente provisional; Certificado de ciudadanía de los EE.UU. con fotografía; Certificado de naturalización (Certificate of Naturalization) con foto, Certificado de ele-gibilidad para visitantes de intercambio (Certificate of Eligibility for Exchange visi-tors) OMB 3116-0008; Certificado de elegi- Los siguientes documentos son aceptables para demostrar que se tiene derecho a un ITIN: • Correspondencia de la oficina recaudadora de impuestos • Declaraciones de impuesto • Estados financieros de bancos, cooperativas de crédito, agencias de corredores de bolsa, etc. NOTA: Los ITIN no son aceptables si se solicita una licencia comercial o un permiso de principi-ante comercial. La Asamblea General de Carolina del Norte (N.C. General Assembly) ha dispuesto una ley que exige que algunos (pero no todos) de los solici-tantes de licencias para conducir en Carolina del Norte presenten un comprobante de estar amparados bajo una póliza de seguro contra responsabilidad civil (liability) para obtener una licencia para conducir en Carolina del Norte. La comprobación de cobertura de póliza de seguro contra responsabilidad civil se les exige a: • aquellas personas que estén realizando su trámite para obtener una licencia original, inclusive aquellas provenientes de otros estados; • las personas cuyas licencias están siendo restituidas después de una revocación o sus-pensión; o • los individuos que hayan recibido una licen-cia de Privilegio Limitado, otorgada por el tribunal. La certificación del amparo bajo póliza de seguro contra responsabilidad civil se debe pre-sentar en el Formulario DL-123 de la División de Vehículos Motorizados, o bien, puede presentarse el original de su póliza de seguro contra respon-sabilidad civil, el contrato o el certificado de seguro. Los documentos descritos anteriormente deben mostrar: • el nombre del solicitante; • fecha de inicio de vigencia de la póliza; • fecha de vencimiento; y • fecha de expedición de la póliza. orden de manutención infantil o para establecer la paternidad en un caso de manutención infantil. • Cuando lo solicite el Departamento de Impuestos para verificar la identidad del contribuyente. El número de seguro social o el ITIN de una solici-tud es confidencial y no aparecerá impreso en su licencia para conducir, permiso de principi-ante o tarjeta de identificación. Se aceptan los siguientes documentos como com-probantes del número de seguro social: • Tarjeta de seguro social (no se aceptan las tarjetas metálicas o de plástico, o cualquier otro tipo de reproducción); • El formulario de impuestos W-2 o cualquier otro documento creado por computadora de la oficina recaudadora de impuestos (Internal Revenue Service) o de la oficina recaudadora de impuestos estatal o del condado. • Talón de su cheque de salario; • Estado de cuenta financiero (estado de cuenta bancaria, declaración de la compañía de seguros, informe de agencia bursátil, etc.) que muestre su número de seguro social; • Documentos expedidos por el gobierno, por ejemplo, la identificación militar de los EE.UU., en la cual aparece el número de seguro social; • Una carta o documento impreso por com-putadora de la Administración del Seguro Social (Social Security Administration). Si usted no tiene un número de seguro social válido y no tiene derecho a obtener uno, puede presentar un número de identificación de contribuyente individual emitido por la oficina recaudadora de impuestos (Internal Revenue Service). Por ley, se le pedirá que complete una declaración jurada de que usted no tiene derecho a número de seguro social. • el examen escrito; • el examen de la vista; • la prueba de reconocimiento de señales de tráfico; y • el examen práctico al volante, (si el exami-nador de licencias para conducir considera que es necesario). Una persona que no es residente de Carolina del Norte es "cualquier persona cuya residencia legal se encuentra en un estado, terri-torio o jurisdicción distinta a Carolina del Norte o en un país en el extranjero". • Agentes de ventas cuyos hogares se encuentran en otros estados y viajan en el territorio de Carolina del Norte. • Estudiantes de universidad provenientes de otro estado, quienes tienen la intención de volver a sus estados natales al termi-nar sus estudios en Carolina del Norte. • Miembros de las fuerzas armadas que prestan su servicio en Carolina del Norte, quienes tienen la intención de volver a sus estados natales. • Cónyuges de miembros no residentes de las fuerzas armadas que prestan su servi-cio en Carolina del Norte. El formulario DL-123, los contratos y los certificados de seguro sólo tienen validez durante 30 días a partir de la fecha de expedición y deben ser expedidos por una compañía de seguros autorizada para operar en Carolina del Norte. Los individuos amparados por la ley obliga-toria del seguro contra responsabilidad civil, pero que no son propietarios ni conducen un vehículo motorizado actualmente registrado, deberán fir-mar una certificación de excepción (DL-123A) en la oficina de licencias para conducir. Esta excep-ción le permite al conductor manejar "Solamente vehículos de flotilla" (Fleet Vehicles Only). Para cancelar la restricción, el conductor debe pagar una cuota de $10.00 dólares y presentar el Formulario DL-123 del DMV. Un nuevo residente de Carolina del Norte debe obtener una licencia de este estado o un permiso de principiante 60 días después de establecer su residencia aquí. • Usted debe tener por lo menos 15 años de edad, si tiene menos de 18 años debe haber ter-minado un curso de educación para conducir. • Los conductores de 16 ó 17 años de edad que sean nuevos residentes de Carolina del Norte y posean una licencia para conducir no restringida y vigente de otro estado, en el que la educación para conducir no sea obligatoria, se les puede expedir un permiso provisional de conductor. Con este permiso se les autoriza conducir con el fin de tomar el curso de educación para conducir, el cual es obligatorio para obtener una licencia de conductor en Carolina del Norte. Para la renovación de la licencia siempre se exige el examen de la vista y el de reconocimien-to de las señales de tráfico. Atención: Usted puede renovar su licencia por correo, si reside fuera de Carolina del Norte por 30 días o más, o si participa activamente en las fuerzas armadas y está prestando servicio fuera del estado. La licencia que se expide será temporal y se vencerá cinco años después de la fecha de renovación, el día de su cumpleaños o 60 días después de que regrese a Carolina del Norte, cualquiera de las dos fechas que acontezca primero. Si pierde o le roban su licencia, acuda a la oficina de licencias para conducir más cercana a usted para solicitar un duplicado. Para sustituir una licencia perdida o robada, usted debe mostrar al examinador dos documentos de iden-tificación aprobados por la División de Vehículos Motorizados (ver página 17). Aquella persona que tenga una dirección distinta a la que aparece en su licencia para con-ducir debe notificar el cambio a la DMV dentro de un periodo de 60 días a partir de que ocurra el cambio, asimismo, debe obtener un duplicado de su licencia. Aquella persona que no se mude, pero cuya dirección haya cambiado debido a una acción gubernamental no se le acusará de violar esta ley. Aquella persona que cambia su nombre y es distinto al que aparece en su licencia para con-ducir, debe notificar a la DMV del cambio dentro de un periodo de 60 días a partir de que ocurra el cambio, asimismo, debe obtener un duplicado de su licencia con el nuevo nombre. El cambio de nombre se puede realizar al presentar: • un certificado de matrimonio emitido por una agencia del gobierno. • Prueba documentada de los tribunales o del registro de escrituras en la que se establezca que el cambio de nombre se llevó a cabo ofi-cialmente. • decreto de divorcio que incluya el cambio de nombre. En el otoño de 1996, la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte comenzó a expedir la licencia de conducir y tarje-ta de identificación con un nuevo diseño. Hasta el año 2005 continuarán en circulación las antiguas licencias de conducir y tarjetas de iden-tificación; hasta que alcancen su fecha de vencimiento. La nueva licencia de conducir y la tarjeta de identificación representan un cambio total en el sistema de autorización de conductores que existe actualmente y tiene un importante énfasis en la seguridad del documento. Se ha utilizado un proceso conocido como creación de imagen digital para obtener y alma-cenar la fotografía y la firma del portador de la licencia. Aparte de una imagen digital, la nueva licencia de conductor cuenta con un sistema de código de barras que contiene los datos perso-nales de cada persona, sólo pueden obtener acce-so a esta información la División de Vehículos Motorizados de Carolina del Norte y las agencias del orden público. Apartir del 1º de enero de 1995, las fechas para la renovación de las licencias para conducir variarán de acuerdo a la edad; esto es debido al nuevo programa de renovación de licencias cada cinco años (ver página 29). Antes de que se venza su licencia, la División de Vehículos Motorizados le enviará por correo una tarjeta de renovación en la que se explica el número de años que estará vigente. Si usted no tiene su licencia actual o la vencida, en el momento de renovarla se le exigirá que le pre-sente al examinador dos de los documentos de identificación que se indican en la página 17. 16 4 20 17 3 20 18 7 25 19 6 25 20 5 25 21 4 25 22 8 30 23 7 30 24 6 30 25 5 30 26 4 30 27 8 35 28 7 35 29 6 35 30 5 35 31 4 35 32 8 40 33 7 40 34 6 40 35 5 40 36 4 40 37 8 45 38 7 45 39 6 45 40 5 45 41 4 45 42 8 50 43 7 50 44 6 50 45 5 50 46 4 50 47 8 55 48 7 55 49 6 55 50 5 55 51 4 55 52 8 60 53 7 60 54 6 60 55 5 60 56 4 60 57 8 65 58 7 65 59 6 65 60 5 65 61 4 65 62 ó más - renovación cada 5 años Con el fin de prevenir "el robo de identidad" y los errores en los registros de vehículos moto-rizados, la DMV exige que se utilice el nombre completo para las transacciones de licencia para conducir y el registro de vehículos. La División ya no acepta el uso de apodos o iniciales en sus registros. Si usted ha utilizado un apodo, iniciales o un nombre incompleto anteriormente, por favor prepárese para actualizar su registro en su próxima visita a la oficina de licencias para con-ducir y registro de vehículos. Por favor, traiga consigo los documentos necesarios que muestren su nombre completo. (ver páginas 19 a 21). Acualquier residente de Carolina del Norte se le puede expedir una tarjeta de identificación especial, siempre y cuando esta persona no tenga una licencia para conducir. Se deberán presentar los mismos comprobantes de edad e identidad, residencia y número de seguro social o de identi-ficación de contribuyente individual que se requieren para obtener una licencia para conducir. La tarjeta de identificación estará vigente por cinco años y se vence el día de la fecha de nacimiento del portador. Usted se puede registrar para votar o hacer cambios a su registro de elector cuando esté soli-citando una licencia para conducir de Carolina del Norte. Si usted desea ser un donador de órganos, puede indicar su decisión en el frente de la licen-cia para conducir. Sinceramente le recomen-damos que comunique sus deseos a su familia y se cerciore de que están conscientes de su decisión. La capacidad de manejo de todas las personas se ve afectada al tener en la sangre una concen-tración de alcohol de 0.08 por ciento, pero muchas personas se ven afectadas con un nivel de alcohol mucho menor. Los estudios de investi-gación demuestran que la probabilidad de estar involucrado en un accidente se incrementa cuan-do el nivel de alcohol es de 0.05 por ciento y que al llegar a 0.08 por ciento el riesgo de ocasionar un accidente mortal es aún mayor. En 1983, la Asamblea General de Carolina del Norte promulgó la Ley de Carreteras Seguras (Safe Roads Act). Esta ley anuló todas las leyes anteriores sobre manejar embriagado (borracho) en Carolina del Norte y las reemplazó con una sola ofensa o infracción, denominada en inglés: Driving While Impaired - DWI, es decir manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas. Si un policía le acusa de manejar bajo la influ-encia de alcohol y/o drogas (DWI), se le pedirá que realice una prueba química de su aliento o de su sangre. Si usted se rehusa a que se le haga cualquiera de las pruebas obligatorias, inmedia-tamente se le revocará su licencia para conducir por lo menos durante 30 días y la División de Vehículos Motorizados le suspenderá la licencia por lo menos durante 12 meses adicionales. En ciertos casos, después de que han pasado seis meses de la revocación por rechazo deliberado, es posible que el juez expida un privilegio limita-do de manejo. Si los resultados de sus pruebas de intoxicación muestran una concentración de alcohol de 0.08 por ciento o más (0.04 o más si usted maneja un vehículo motorizado comercial) su privilegio de conducir será suspendido inmediatamente por lo menos durante 30 días. Además, los resultados de su prueba química o el hecho de que usted se rehusó a que le hicieran la prueba, podrán ser admitidos como pruebas ante un tribunal. Precio de solicitud N/A $20.00 Clase A $3.75/año* $10.00/año* Clase B $3.75/año* $10.00/año* Clase C $2.50/año* $10.00/año* $1.25/año* $1.25/año* (con emisión ordinaria) N/A $1.25/año* $10.05 $10.05 $10.00 $10.00 $10.00 $10.00 $10.00 $25.00 $25.00 $50.00 $50.00 $10.00 N/A $10.00 N/A $2.50 año* N/A $10.00 N/A $10.00 $10.00 $10.00 N/A *A partir del 1º de enero de 1995 en Carolina del Norte se implementó un programa de renovación de licencias cada cinco años. Su licencia se renovará por un periodo de cuatro a ocho años, dependiendo de su fecha de nacimiento. El costo de su licencia será calculado en base al precio anual del tipo de licencia que usted obten-ga. Ala larga, todos los conductores renovarán su licen-cia cada cinco años, a partir de los 20 años. • Se exige que las personas que tengan un contenido menor de alcohol en la sangre, asistan a una escuela sobre alcohol y seguri-dad en el manejo (alcohol safety school) y • Se exige que cualquier persona acusada de DWI, obtenga una evaluación de abuso de sustancias antes de restablecer su privilegio de conducir. Revocación obligatoria de la licencia para conducir durante un periodo de un año. Revocación obligatoria de la licencia para conducir durante un periodo de cuatro años, si se le declara culpable dentro de los primeros tres años después de su primera ofensa. Revocación permanente y obligatoria de la licencia para conducir, si por lo menos una de las condenas anteriores ocurrió dentro de los últimos cinco años. Revocación obligatoria de la licencia para conducir - Ala cuarta condena se le considera un delito, en caso de que las tres con-denas anteriores hayan sucedido en los últimos siete años. • Se les permite a las agencias del orden público hacer bloqueos en las carreteras para verificar si existen conductores que estén manejando bajo la influencia de alco-hol y/o drogas. • Se prohibe que los conductores consuman bebidas alcohólicas, entre ellas, cerveza, al manejar. • Se prohibe el transporte de un envase abier-to de cualquier bebida alcohólica si el con-ductor está consumiendo una bebida alco-hólica o si se encuentra alcohol en el cuerpo del conductor. • Se prohibe tener envases con bebidas alco-hólicas (abiertos o cerrados) en el área de los pasajeros de un vehículo motorizado comer-cial que se encuentre en una carretera, calle o área vehicular pública. • Se asignan castigos con diferentes niveles de severidad, en base a la severidad de la infracción. • Se exige que las personas declaradas culpa-bles de DWI por segunda vez cumplan una sentencia en la cárcel. • Las leyes procuran castigar a los infractores de DWI y tratan de ayudar a estos infrac-tores a lidiar con su problema de consumo de alcohol. • Se exige que las personas que vuelvan a recibir una infracción de DWI y las personas con un alto contenido de alcohol en la san-gre (Blood Alcohol Content - BAC) sean eva-luadas para resolver si tienen un problema de alcoholismo. • Al comprobar que las facultades físicas o mentales del conductor se encuentran marcadamente afectadas por el alcohol, drogas o la combinación de ambos; o • Al comprobar que la concentración de alcohol en la sangre del conductor es de 0.08 por ciento o más. En Carolina del Norte, la edad legal para comprar cualquier bebida alcohólica es 21 años. Es contra la ley que una persona menor de 21 años de edad compre o intente comprar bebidas alcohólicas. • Una persona menor de edad intenta o logra comprar una bebida alcohólica. • Una persona menor de edad ayuda o incita a otra persona a intentar comprar o lograr comprar una bebida alcohólica. • Una persona obtiene o intenta obtener bebidas alcohólicas al utilizar o al intentar utilizar una licencia para conducir u otra identificación falsa, o la licencia para con-ducir o identificación de otra persona. • Una persona permite que su licencia para conducir o cualquier otro tipo de identifi-cación sea utilizada por una persona menor de edad para comprar o intentar comprar una bebida alcohólica Apartir del 1º de julio del 2000, se exi-girá una restricción de concentración de alcohol cuando se restituya una licencia después de una suspensión por manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas (Driving While Impaired - DWI) o cuando se expida un Privilegio limitado de manejo (Limited Driving Privilege) después de recibir una sentencia condenatoria de DWI. En la primera restitución, la restricción de concentración de alcohol será de 0.04. En la segunda o subsecuente restitución, la restricción de concentración de alcohol será de 0.00. Además, si se le encuentra culpable de manejar bajo la influencia de alcohol y/o drogas un vehículo motorizado comercial, de manejar después de haber consumido alcohol o drogas siendo menor de 21 años o de delito de muerte por vehículo, la restricción de concentración de alcohol será 0.00. Asimismo, si se le declara culpable de DWI con una concentración de alcohol en la san-gre mayor de 0.16 o si recibe otra sentencia con-denatoria en los últimos siete años, se exigirá que en su vehículo le instalen un dispositivo de interbloqueo de ignición. Rebasar ilegalmente 4 No detenerse en un letrero de alto 3 Manejar a más de 55 mph 3 Manejar a alta velocidad en 3 una zona escolar No ceder el derecho de paso 3 Manejar sin licencia o con una licencia que tiene más de un año de vencida 3 No detenerse en un semáforo en rojo 3 No detenerse al escuchar una sirena 3 Manejar en una zona de seguridad 3 No reportar un accidente que 3 deba ser reportado No tener seguro contra 3 responsabilidad civil (liability) Manejar a alta velocidad en una zona 3 escolar excediendo el límite de velocidad indicado en el letrero de zona escolar Todas las otras infracciones 2 en movimiento Tirar basura desde un vehículo 1 motorizado Rebasar a un autobús escolar que está parado 8 Pasarse indebidamente un cruce de ferrocarril 6 Manejar en forma imprudente y descuidada infringiendo los estatutos G.S.20-140(f) 6 Manejar a alta velocidad infringiendo los estatutos G.S. 20-141(j3) 6 Manejar en forma descuidada 5 Chocar y huir, ocasionando daños de propiedad exclusivamente 5 Seguir a otro vehículo demasiado cerca 5 No restringir correctamente a un niño en 2 un sistema de restricción o cinturón de seguridad Si a usted se le declara culpable de ciertas violaciones a la ley de vehículos motorizados en Carolina del Norte, se le aplicarán puntos a su expediente de manejo. Si usted acumula siete puntos, es probable que se le envíe a un Curso de mejoramiento de manejo (Driver Improvement Clinic). La cuota del curso es de $25.00 dólares. Una vez que termine el curso satisfactoriamente, se le quitarán tres puntos a su expediente de manejo. Si usted acumula hasta 12 puntos en un periodo de tres años, su licencia puede ser sus-pendida. La acumulación de ocho puntos en un periodo de tres años, después de la restitución de su licencia, puede provocar una segunda suspen-sión. • 60 días en la primera suspensión; • 6 meses en la segunda; y • 12 meses en la tercera. Cuando se le restituye su privilegio de con-ducir, todos los puntos en su expediente de manejo son anulados. Rebasar a un autobús escolar que está parado y del cual están bajando o subiendo niños 5 Manejar en forma descuidada 4 Chocar y huir, ocasionando daños 4 de propiedad exclusivamente Seguir a otro vehículo demasiado cerca 4 Manejar en el lado equivocado 4 de la carretera • Dos condenas por manejar a más de 55 mph dentro de un período de 12 meses. • Una condena por manejar a más de 55 mph y una condena por manejar en forma des-cuidada dentro de un periodo de un año. • Una condena por hacer carreras de compe-tencia deliberadamente con otro vehículo, ya sea organizada previamente o sin planearla. • Una sentencia del tribunal suspendida o parte de la sentencia que ordena que no debe operar un vehículo motorizado durante un periodo específico de tiempo; y/o • Una condena por manejar a más de 75 mph. • Manejar cualquier vehículo a más de 15 mph (millas por hora) arriba del límite de velocidad, si usted maneja a más de 55 mph. • Recibir un segundo cargo, dentro de un periodo de un año, por manejar a más de 55 mph y a más de 15 mph arriba del límite de velocidad, o • Manejar a alta velocidad y en forma des-cuidada en la misma ocasión. gunta con respecto a los puntos de las compañías de seguros, por favor comuníquese con su agente de seguros. Además de la sanción penal que el tribunal le pueda imponer, si se le declara culpable de ciertas ofensas (infracciones) de tráfico, usted perderá su privilegio de conducir. Manejar en el lado equivocado de la carretera 5 Rebasar ilegalmente 5 No detenerse en un letrero de alto 4 Manejar a más de 55 mph 4 No detenerse en un semáforo en rojo 4 Manejar sin licencia o con una licencia que tiene más de un año de vencida 4 No detenerse al escuchar una sirena 4 Manejar en una zona de seguridad 4 No tener seguro de responsabilidad civil 4 No reportar un accidente que deba ser reportado 4 Poseer bebidas alcohólicas en el área de pasajeros de un vehículo motorizado comercial 4 Tirar basura de acuerdo a los estatutos G.S. 14-399 cuando el tirar basura involucra el uso de un vehículo motorizado 1 No se agregarán puntos por concepto de conde-nas por las siguientes infracciones Acualquier persona que cometa una ofensa, por la cual se reciben puntos, por haber cometido infrac-ciones al conducir un vehículo motorizado comer-cial, se le puede cuantificar el doble de la cantidad de la multa o del castigo autorizado por la ley. Las compañías de seguros utilizan un sis-tema de puntos diferente para determinar las cuotas de seguros. Si usted tiene cualquier pre- Manejar a alta velocidad en una zona escolar excediendo el límite de velocidad indicado en el letrero de zona escolar 4 Todas las otras infracciones en movimiento 3 Sobrecarga Exceso de longitud Exceso de anchura Exceso de altura Estacionamiento ilegal Presentación inadecuada de placa o de placa de concesionario de automóviles Presentación ilegal de emblemas e insignias Falta de presentación de certificado de inspección vigente Llevar un arma oculta Placas inadecuadas Registro inadecuado Silenciador inadecuado Dos cargos por manejar descuidadamente en un periodo de 12 meses 1 año Obtener una licencia o un permiso de principiante pretendiendo ser otra persona 1 año * Cuando un agente se da cuenta que alguien ha prestado o está usando un vehículo motorizado deliberadamente para carreras de competencia, orga-nizadas con anterioridad, el agente confiscará el vehículo. Si la persona es declarada culpable, el tri-bunal puede ordenar que se venda ese vehículo en una subasta pública. Si se le declara culpable fuera del estado de Carolina del Norte, es posible que también le sus-pendan o revoquen su licencia aquí, tal y como si hubiese cometido esas violaciones a la ley en este estado. Se le revocará el privilegio de conducir si la División de Vehículos Motorizados recibe un aviso oficial de que usted no se ha presentado ante el tribunal ni ha pagado las multas de una citación judicial que recibió en Carolina del Norte o en cualquier otro estado. En este caso, de no presentarse ante el tribunal y/o no pagar una multa, sus privilegios de conducir permanecerán revocados hasta que la División de Vehículos Motorizados reciba un aviso indicando que ha cumplido con la citación judicial. El cumplir con la citación judicial no significa que usted está libre de las consecuencias de la infracción misma, si a usted se le declara culpable. Existen otras reglas que se aplican a las per-sonas menores de 18 años de edad. Si usted es portador de una licencia provisional, su licencia puede ser suspendida por los siguientes motivos: • 30 días a partir de que se le declare culpable de una segunda infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses; En casos como los anteriormente descritos, la División de Vehículos Motorizados puede sus-pender su privilegio de conducir en cuanto reci-ba del tribunal los reportes de la condena. Si su privilegio de conducir es revocado, usted tiene el derecho a una audiencia en el distrito judicial donde reside. Para solicitar una audiencia, escri-ba o llame a la División de Vehículos Motorizados en Raleigh. Se le notificará por correo la fecha, la hora y el lugar de la audiencia. Durante la audiencia usted puede presentar cualquier información que usted considere que le pueda autorizar su privilegio de conducir o le reduzca el periodo de la suspensión. Si usted considera que su privilegio de con-ducir no debió haber sido suspendido y la au-diencia no le ayuda en nada, usted puede apelar la decisión de la División de Vehículos Motorizados ante el Tribunal Superior del conda-do en donde reside, dentro de un periodo de 30 días. El tribunal revisará su caso para ver si exis-tió un motivo justo para quitarle su privilegio de conducir. Homicidio no premeditado 1 año Muerte por un vehículo 1 año Homicidio no premeditado estando bajo la influencia de una substancia perjudicial Permanente Manejar a más de 55 mph y por lo menos 15 mph por arriba del límite legal al tratar de evitar que lo arresten 1 año Organizar con anterioridad carreras de competencia con otro vehículo motorizado en la carretera *3 años Observar, apostar o prestar un automóvil para carreras de competencia organizadas con anterioridad *3 años Rehusarse deliberadamente a someterse a una prueba de sangre o aliento 1 año menos que la licencia se haya entregado al tri-bunal o enviado por correo a la División de Vehículos Motorizados, antes de la fecha en que la suspensión o revocación haya entrado en vigencia. 1. Acuda a cualquier oficina de licencias para conducir. 2. Pague la cuota de restitución y/o servicio. 3. Vuelva a solicitar su licencia. 4. Presente los exámenes obligatorios, si los hubiere. • 90 días a partir de que se le declare culpable de una tercera infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses; y • seis meses, a partir de que se le declare cul-pable de una cuarta infracción en movimiento, dentro de un periodo de 12 meses. Para poder restituir su licencia después de una suspensión, revocación o cancelación, la ley en Carolina del Norte exige que usted pague a la División de Vehículos Motorizados una cuota por restitución de $25.00 dólares. (Se dispensa el pago de esta cuota, si después de una evaluación médica se determina que se le quitó su licencia por razones médicas o de salud ). Se exige el pago de una cuota por restitución de $50.00 dó-lares si se le revocó su licencia por una condena de DWI (manejar bajo la influencia de alcohol o drogas). También se exige el pago de una cuota por servicio de $50.00 dólares al restituir una licencia para conducir revocada o suspendida, a • Rebasar a un autobús escolar que está parado. • Manejar en forma descuidada. • Chocar y huir (abandono de atrope-llamiento). • Seguir a otro vehículo demasiado cerca. • Manejar en el lado equivocado de la ca-rretera. • Rebasar ilegalmente. • No detenerse en una señal de alto o en un semáforo en rojo. • No ceder el derecho de paso. • No detenerse al escuchar una sirena. • Manejar a alta velocidad. ¿Por qué los jóvenes tienen el mayor índice de accidentes? Por lo general, estos conductores están en buenas condiciones de salud. Su vista es buena, sus reflejos son excelentes. Sin embargo, a pesar de su buena condición física, son conductores sin experien-cia. Sin importar la edad de un principiante, se requiere de muchos años para convertirse en un con-ductor con experiencia. En un curso de manejo, con el tiempo de que se dispone, sólo se le pueden enseñar a un conductor las destrezas básicas. La mayor parte del aprendizaje se debe llevar a cabo en la carretera. Las personas envejecen a distintas edades y algunas están más alerta a los setenta años que otras a los treinta o cuarenta. Sin embargo, al envejecer, ten-demos a perder parte de nuestra habilidad para reac-cionar rápidamente a los problemas de manejo. Nuestra visión, y especialmente nuestra visión en la noche, se puede empeorar. Es posible tener dificultad para oír y mayor probabilidad de desarrollar proble-mas de salud. • Aproximadamente en el 38 por ciento de todas las muertes de tráfico se encuentra implicado el alcohol. • Lo primero que afecta el alcohol en una persona es su juicio. Tal vez usted crea que puede manejar de una manera segu-ra, cuando en realidad no es así. • El contenido de alcohol es el mismo en un vasito con una onza de whisky, en una copa de 3 onzas de vino y en una cerveza de 12 onzas. • El café negro, el aire fresco y un baño de agua fría NO le ayudan a alguien a desembriagarse; lo único que ayuda es el transcurso del tiempo. Las buenas destrezas de manejo se deben desarrollar y poner en práctica constantemente. Usted también debe conocer sus límites físicos y mentales y no debe manejar un vehículo cuando esté muy cansado o tenga sueño. Cuando recorra grandes distancias, planee con anterioridad, conozca las rutas y esté alerta de las condiciones de manejo. Su habilidad para conducir un vehículo motorizado de una manera segura le puede salvar la vida a usted y a otras personas. La forma de conducir de una persona se ve afectada por su salud física y mental. Para obte-ner una licencia, usted debe estar en buenas condiciones de salud. Si usted tiene problemas de salud que son graves y de larga duración, lo más probable es que llamen la atención de la División de Vehículos Motorizados. En su ma-yoría, los problemas de salud son de corta duración, por ejemplo, resfriados, gripes o dolores de cabeza. Debe recordar que cuando no se sienta bien, su forma de conducir será distinta. Tal vez esté menos alerta y reaccione más lenta-mente de lo normal. El planear cuidadosamente le puede ayudar a estar seguro de no manejar cuando está demasiado cansado. Un sorprendente número de accidentes serios ocurren porque el conductor se duerme al manejar. Las medicinas con receta o sin receta pueden afectar su forma de conducir. Antes de tomar cualquier medicamento debe investigar de qué manera le afectará. Trate de manejar lo menos posible siempre que tome cualquier tipo de medi-cina. Si debe manejar, tenga especial cuidado, tal vez no esté tan alerta como de costumbre. Todo conductor que esté transportando uno o más pasajeros menores de 16 años debe tener a todos los pasajeros correctamente restringidos, ya sea en un asiento de seguridad o con el cin-turón de seguridad que cumpla con los están- • Conductor u ocupante con una condición fisica o de salud que le impida llevar cin-turones de seguridad apropiados o que tenga una fobia, profesionalmente certifi-cada, contra el uso de cinturones de seguridad en vehículos. • Vehículo motorizado manejado por un cartero rural del Servicio Postal de los Estados Unidos (United States Postal Service, USPS) mientras lleva a cabo sus deberes como cartero rural, y vehículo motorizado manejado por una persona que distribuye periódicos mientras de hecho esté distribuyendo periódicos por la ruta especificada para tal persona. • Conductor o pasajero que para y se baja frecuentemente del vehículo, o que entre-ga paquetes, materiales o mercancías desde el vehículo, a condición de que la velocidad del vehículo entre paradas no exceda 20 millas por hora. • Vehículos registrados y licenciados como vehículos para el transporte de paquetes, materiales o mercancías mientras se usen para propósitos agrícolas o comerciales. • Vehículo motorizado sin requisito de cin-turones de seguridad de acuerdo con las leyes federales. • Cuando se atienden las necesidades per-sonales de un niño; • En caso de que todos los lugares con cin-turones estén ocupados; • Vehículos que por ley no requieren estar equipados con cinturones de seguridad. • maneje en carreteras y calles que le son familiares; • maneje distancias cortas; • adapte sus hábitos de manejo a sus capaci-dades; • evite el tráfico pesado y de alta velocidad. Nadie puede estar completamente protegido contra un choque. Ninguno de nosotros puede predecir lo que otros conductores harán. Cada uno de los ocupantes de los asientos delanteros que tengan 16 años de edad o más y el conductor de un vehículo motorizado para pasajeros, que de fábrica cuente con cinturones de seguridad, debe tener el cinturón de seguridad abrochado correctamente alrededor de su cuerpo, siempre que el vehículo se encuentre en movimiento hacia adelante o en una calle o ca-rretera en este estado. 730 Airport Road, Bolin Creek Building CB #3430 Chapel Hill, N.C. 27599-3430 Teléfono: (1-800-672-4527) (sólo en Carolina del Norte) o al número (919) 962-2202. Los niños que ya están demasiado grandes para los asientos de bebés o los niños pequeños deben usar asientos elevados (booster seats) nor-malmente a partir de que pesan aproximada-mente 40 libras. Deben usar estos asientos hasta que estén lo suficientemente grandes como para llevar puesto correctamente el cinturón de seguri-dad del automóvil. Los niños no deben utilizar los cinturones de seguridad de adultos si no están lo suficientemente grandes como para que el cinturón les quede correctamente. El cinturón de seguridad debe estar sujetado sobre la cadera del niño y no sobre su estómago. En el tipo de cinturón de seguridad combinado con correa cruzada al hombro, la parte que va sobre el hom-bro debe colocarse exactamente sobre el hombro y el pecho y no por encima de la cara o la gar-ganta. Si la correa que cruza el hombro no le queda al niño, utilice asientos elevados en los lugares del automóvil en que estén los cinturones de seguridad. Estos asientos se encuentran a su disposición y están diseñados para elevar al niño para que pueda utilizar adecuadamente el cin-turón de seguridad y la correa cruzada al hombro. dares federales que se aplicaban en el momento de su fabricación. Un niño menor de cinco años que pese menos de 40 libras debe estar restringi-do correctamente mediante algún sistema de restricción infantil, que sea el adecuado para su peso. En los vehículos equipados con una bolsa de aire en el lado del pasajero de enfrente y con un asiento trasero, los niños menores de cinco años, y que pesen menos de 40 libras, deben estar correctamente restringidos en el asiento trasero, a menos que el sistema de restricción esté diseñado para ser utilizado con la bolsa de aire. En Carolina del Norte, todos los años, cien-tos de niños sufren serias lesiones o se mueren en choques automovilísticos. De hecho, la mayor amenaza contra la vida de los niños pequeños es un accidente automovilístico. Solamente los asientos de seguridad que han pasado las prue-bas contra choques pueden reducir estas trage-dias sin sentido. Debido a que los niños pequeños no pueden tomar medidas de seguri-dad por sí mismos, los adultos deben cerciorarse de que los niños estén protegidos siempre que viajen en un automóvil. Tanto los bebés como los niños pequeños deben estar sentados en asientos de seguridad diseñados para ellos y que han pasado las pruebas contra choques. Los asientos de seguridad que son utilizados correctamente pueden salvar la vida de siete de cada diez niños que se mueren por no estar en asientos de seguri-dad. Siempre lea y siga las instrucciones del fa-bricante para el uso de asientos de seguridad. El mejor asiento para su niño, es aquél que se usa cada vez que viaja en el automóvil. El asiento debe caber en su automóvil y contar con una co-rrea o un sistema de protección que sea cómodo para su niño. El tipo de asiento debe ser uno que usted pueda utilizar y esté dispuesto a utilizar cada vez que un bebé o un niño viaje en su automóvil. Amenudo, los asientos de seguridad se pueden obtener a través de programas que los rentan a bajo costo y son administrados por gru-pos de servicios locales, hospitales y departa-mentos de salud. • En todos los viajes, todos los pasajeros deben tener los cinturones puestos, tanto los cinturones como las correas cruzadas de seguridad. Las bolsas de aire son equipos de protección adicionales. • El cinturón de seguridad debe estar coloca-do bajo el abdomen y en la parte inferior de la cadera. La correa del hombro debe cruzar sobre la clavícula lejos del cuello y cruzar el esternón. En la mayoría de los automóviles nuevos la correa cruzada al hombro se puede ajustar en el soporte lateral para que quede firmemente. • El conductor y los pasajeros en los asientos delanteros deben correr el asiento lo más atrás que sea posible, especialmente las per-sonas de baja estatura. Apartir del 1º de enero de 1995, en Carolina del Norte entró en vigor una ley independiente que prohibe que los niños menores de 12 años viajen en la parte trasera abierta de una camione-ta pick-up. (Estatuto: NCGS §20-135.2B) La plataforma abierta o el área de carga abierta es un área que no tiene un techo permanente. El conductor de un vehículo con plataforma abierta o con un área de carga abierta es el responsable de cumplir con esta ley. Este equipo puede incluir desde las bolsas de aire que se inflan al chocar hasta el equipo de co-rrea cruzada de seguridad que se posiciona automáticamente y protege al ocupante. De acuer-do a la ley de cinturones de seguridad, los ocu-pantes de los asientos delanteros DEBEN utilizar cinturones de seguridad aun cuando el vehículo esté equipado con bolsas de aire. Si el vehículo está equipado con correas cruzadas de seguridad, se DEBE utilizar el cinturón de seguridad. Las bolsas de aire salvan vidas. Funcionan mejor si todos los pasajeros llevan puestos los cin-turones de seguridad y los niños llevan puestos los cinturones de seguridad correctamente en el asiento trasero. Los niños que viajan en el asiento delantero se pueden lesionar seriamente o morir cuando se infla la bolsa de aire en un accidente. La bolsa de aire no es un cojín ondulado y suave. Para que cumpla con su objetivo la bolsa de aire sale del tablero a una velocidad que puede ser hasta de 200 millas por hora. Mucho más rápido que el parpadeo de los ojos. La fuerza de una bolsa de aire puede lastimar a quienes están muy cerca de ésta. Los conductores pueden prevenir que los adultos y los niños se lesionen con las bol-sas de aire al tomar las siguientes importantes medidas de seguridad: • Los niños menores de 12 años deben viajar en los asientos traseros con los cinturones puestos. • Los bebés en asientos de seguridad orienta-dos hacia atrás NUNCAdeben viajar en el asiento delantero de un vehículo equipado con una bolsa de aire en el asiento del pasajero delantero. Los niños pequeños deben viajar en un asiento trasero en un asiento de seguridad para niños aprobado para su edad y tamaño. • En una intersección sin semáforo, los peatones tienen el derecho de paso si están en los cruces peatonales marcados o en cruces peatonales sin marcas en donde el cruce esté formado por líneas imaginarias que cruzan de una acera a otra. • En una intersección controlada por semá-foros normales, los peatones deben obedecer los mismos semáforos de los conductores que viajan en la misma dirección. Los peatones no deben empezar a cruzar la calle si la luz amarilla o roja está encendida. • Cuando la luz está en verde, los peatones tienen el derecho de paso sobre todos los demás vehículos, incluyendo aquellos que dan vuelta y cruzan el paso por donde van los peatones. • Si la luz del semáforo cambia de amarillo a rojo cuando el peatón está todavía en la calle, los conductores deben permitirle al peatón que termine de cruzar la calle de una manera segura. En algunas intersecciones, existen señales especiales que le indican a los peatones si pueden caminar (walk) o no caminar (don't walk). Cuando existen estas señales, los peatones deberán obede-cerlas en vez de obedecer los semáforos nor-males. • Los peatones que cruzan siguiendo las señales especiales para peatones tienen el derecho de paso, tal y como si cruzaran obe-deciendo una luz verde. • Si usted cruza una intersección con la luz verde y ve que un peatón empieza a cruzarse en su trayecto, en contra de la indicación de la señal roja especial para peatones, toque el claxon o bocina de su auto. Sin embargo, este estatuto cuenta con algunas excepciones. Las cláusulas para la seguridad ade-cuada de los niños no se aplican en los siguientes casos: • Si un adulto está en la plataforma abierta o en el área de carga abierta del vehículo y está supervisando al niño. • Si el niño está seguro o tiene puesto el cin-turón de seguridad fabricado bajo la norma federal No. 208 de seguridad en vehículos motorizados, instalado para soportar la carga de una fuerza de 5,000 libras por cada cinturón, y del tipo que es aprobado por el comisionado. • Si es un caso de emergencia. • Si el vehículo forma parte de un desfile para el que se tiene un permiso vigente. • Si el vehículo se utiliza en una tarea agrícola, o • Si el vehículo se utiliza en un condado que no tiene un área incorporada con más de 3,500 habitantes. Alas personas que violen esta ley, se les dará un tíquet y tendrán que pagar una multa de $25.00 dólares. Las violaciones a esta ley se definen como "infracciones" y no incurren en cos-tos procesales, en puntos de la licencia para con-ducir, o en un sobrecargo del seguro. Los siguientes 32 condados están exentos de la ley de la "camioneta pick-up", ya que no tienen áreas incorporadas con más de 3,500 habitantes: Alexander, Alleghany, Ashe, Avery, Bertie, Camden, Caswell, Cherokee, Clay, Currituck, Duplin, Franklin, Gates, Graham, Green, Hyde, Jackson, Jones, Macon, Madison, Mitchell, Montgomery, Northhampton, Pamlico, Pender, Perquimans, Polk, Swain, Tyrrell, Warren, Yadkin, y Yancey. •En una carretera de cuatro carriles o más separada por un camellón: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, sólo se detiene el tráfico que sigue al autobús. •En un camino de dos carriles: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, se debe detener el tráfico de ambas direcciones. •En un camino de cuatro carriles sin la separación del came-llón: Cuando el auto-bús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, se debe detener el tráfico de ambas direcciones. •En un camino con cuatro carriles o más, con un carril en el centro para dar vuelta: Cuando el autobús escolar se detiene para recoger o dejar pasajeros, sólo se detiene el tráfico que sigue al autobús. Es posible que los niños que están esperando al autobús o bajando de éste, corran hacia el tráfico. Aun cuando el autobús no esté a la vista, los niños que se encuentran en la parada del autobús escolar pueden correr hacia la calle inesperadamente. Siempre tenga cuidado cerca de los autobuses escolares o en las paradas del autobús escolar. La ley exige que el conductor toque su cla-xon siempre que un peatón pueda ser afectado por un auto que vaya a dar vuelta, esté parado o esté a punto de arrancar. Si el peatón no se detiene, entonces el conductor debe hacerlo. Siempre vale la pena que el conductor pierda su derecho de paso por salvar la vida de un peatón. El conductor que maneja de una manera segura cede el derecho de paso a un peatón aunque el peatón no tenga este derecho. La ley le otorga consideración especial al peatón ciego en intersecciones donde no existen semáforos. Si un peatón ciego alza un bastón blanco, o un bastón con la punta roja, o si lo guía un perro, todos los automóviles que se acerquen a la intersección deberán detenerse por completo. Deberán continuar parados hasta que la persona haya cruzado de una manera segura. La velocidad máxima para los autobuses escolares es de 45 mph. Los conductores de auto-buses escolares recorren más de medio millón de millas cada día escolar y transportan a casi 750,000 niños en la mañana y en la tarde. Durante las horas en que los autobuses escolares están recogiendo y dejando niños (generalmente de 7 a 9 a.m. y de 2 a 4 p.m.) los conductores deben ser muy cuidadosos. • En una carretera estándar de doble carril, deténgase SIEMPRE a la derecha y fuera del área de circulación de la carretera. • En una carretera de varios carriles, que pueden ser dos, tres o más carriles de tráfico en la misma dirección, el conductor debe detener su vehículo en el borde del camino en que sea MÁS práctico detenerse de ma-nera segura. • Después de detener el vehículo, el conductor debe hacer lo siguiente: Permanecer sentado en el vehículo, colo-car la palanca de velocidades en la posi-ción “estacionado (park)” y, preferible-mente, apagar el motor. Con la prepon-derancia actual de ventanas y seguros de puerta eléctricos, puede ser necesario que tenga que dejar el motor encendido. Encender las luces intermitentes de emer-gencia del vehículo. • Si es de noche, prender las luces interiores del vehículo. • Apagar el radio. Esto facilitará la comuni-cación con el agente. • Dejar de hablar por el teléfono celular. Esto también facilitará la comunicación con el agente. • Colocar ambas manos en el volante mientras el agente se acerca al vehículo. • Los pasajeros deben colocar sus manos sobre su regazo o sobre sus rodillas para permitir que el agente tenga una visión clara del vehículo. Una vez que el agente se acerque al vehículo, bajar la ventanilla para hablar con él. 1. No se mueva dentro del vehículo ni busque cosas debajo de los asientos, en la guantera o en el tablero central mientras el agente se acer-ca al vehículo. Más que nada, evite los movimientos innecesarios. 2. No salga del vehículo ni permita que otras personas salgan del vehículo a menos que el agente lo ordene. Los agentes entienden y toman en consideración muchos factores cuando detienen a los conduc-tores. En algunos casos el infractor puede seguir manejando una distancia corta hasta llegar al Las patrullas, las ambulancias, los camiones de bomberos y los vehículos de rescate que ten-gan luces intermitentes y sirenas siempre tienen el derecho de paso. Siga las siguientes reglas cuando un vehícu-lo de emergencia se le acerque a usted o usted se acerque al vehículo de emergencia: 1. Al acercarse el vehículo de emergencia (por atrás o por delante), maneje hacia el borde derecho de la calle o del camino y deténgase por completo. 2. Continúe parado hasta que el vehículo de emergencia haya pasado o hasta que un agente de tránsito le indique que puede avanzar nuevamente. 3. No se estacione a una distancia menor de 100 pies (30 metros) de un vehículo de emergencia que se ha detenido para investi-gar un accidente o para prestar ayuda. 4. No maneje ni se estacione a una distancia menor de una cuadra de un camión de bomberos que está respondiendo a una alar-ma de incendio. 5. Nunca maneje un vehículo motorizado sobre una manguera de bomberos. 6. Cuando se acerque a un vehículo de emer-gencia autorizado (policía, bomberos, ambu-lancia o brigada de rescate) estacionado o detenido a menos de 12 pies del camino con las luces de advertencia de emergencia encen-didas, el conductor debe hacer lo siguiente: • Si la carretera tiene por lo menos 2 carriles para el tráfico que se dirige en la misma dirección en que el conductor se desplaza, debe pasar su vehículo al carril que no sea el carril más cercano al vehículo de emer-gencia estacionado o detenido. El conduc-tor debe continuar desplazándose en ese carril hasta dejar atrás el vehículo de emergencia. • Si la carretera tiene sólo 1 carril para tráfi-co que se dirige en la misma dirección en que el conductor se desplaza, el conductor debe disminuir su velocidad y conducir a una velocidad reducida y segura hasta que haya pasado completamente al vehículo de emergencia. Por otro lado, el manejar abajo del límite de velocidad indicado también puede ser peligroso. Si usted debe manejar más despacio, aun así debe obedecer el límite mínimo de velocidad. En lugares donde no es seguro rebasar, el conductor que va despacio obliga a otros conductores a seguirlo muy de cerca o a tomar riesgos innecesa-rios al tratar de rebasarlo. El manejar muy despa-cio es más peligroso después de haber pasado una cuesta o una curva. Los automóviles que van más rápido pueden chocar con el vehículo que va más lento antes de que puedan reducir la velocidad. Por esta razón, preste atención a los automóviles que circulan lentamente como por ejemplo, camiones pesados o vehículos agrícolas. Si el tráfi-co se está acumulando atrás de usted, es mejor hacerse a un lado de la carretera, detenerse y dejar que los vehículos pasen. • Nunca maneje arriba del límite de velocidad indicado o a una velocidad irracional o poco aconsejable bajo las condiciones existentes. • Permita una distancia segura entre usted y el vehículo adelante de usted (“La regla de los dos segundos"). (Ver página 82). • Mientras más rápido maneje, mayor visibili-dad deberá tener para poder tener la sufi-ciente distancia para detenerse. Amenudo cuando usted maneja las condi-ciones cambian. Usted manejará por diferentes áreas como por ejemplo, afuera de las ciudades y pueblos, en comunidades residenciales y en zonas escolares. Esté alerta de condiciones cam-biantes y ajuste su velocidad de acuerdo a estas. Amenos de que se indique lo contrario, el límite de velocidad en las ciudades y pueblos es de 35 mph. Es posible que existan límites de velocidad especiales en áreas específicas. Para ser un conductor que maneja en forma segura, usted debe manejar a menos velocidad que el límite indicado, pero nunca debe manejar arriba de éste. La ley exige que usted maneje en el lado derecho de la carretera. El manejar en el lado izquierdo sólo es legal en algunos casos, tales como en calles de un sólo sentido y al rebasar. Si usted está manejando abajo del límite de veloci-dad indicado en una carretera de varios carriles, deberá manejar en el carril extremo de la derecha, a menos que esté rebasando, dando vuelta a la izquierda o evadiendo una obstrucción. La velocidad a la que usted maneja determi-na la distancia que su vehículo recorrerá antes de detenerse. También la distancia para detenerse depende del tiempo que le tome reaccionar. Las distancias que se requieren para detenerse son más grandes a velocidades más altas, ya que el vehículo recorre más distancia durante el tiempo de reacción del conductor, y se requiere de más distancia para frenar y detenerse por completo. Aun bajo condiciones ideales, si usted está mane-jando a 55 millas por hora, su vehículo necesita aproximadamente 211 pies (65 metros) para dete-nerse por completo. El manejar a alta velocidad es más peligroso porque cada milla adicional recorrida por hora reduce la capacidad del conductor para controlar el vehículo. La velocidad también aumenta la posibilidad de que cualquier accidente ocasione lesiones serias o la muerte. primer“ refugio seguro” o área bien iluminada según lo determinado por el agente de policía. La distancia se basa en la infracción cometida o la observación del agente de policía de la capacidad de conducir del conductor. Cuando vaya hacia el primer “refugio seguro” o área bien iluminada, debe encender las luces intermitentes de emer-gencia del vehículo. El seguir a los vehículos demasiado cerca es uno de los principales causantes de choques. Deje suficiente espacio entre usted y el vehículo de enfrente. Si éste se detiene repentinamente, usted necesita tiempo para reaccionar. En carreteras, deje suficiente espacio entre usted y el vehículo de enfrente para que si otro vehículo lo está rebasando a usted, éste pueda entrar de una manera segura y ocupar el espacio frente a usted. No se olvide de seguir “La regla de los dos segundos". (Ver página 82). En un camino con varios carriles de tráfico, observe tanto el carril al que se piensa cambiar como el carril siguiente, para asegurarse de que no hay otro vehículo que también planea cam-biarse al carril que usted desea. 1. Con anterioridad indique con el direc-cional lo que pretende hacer. 2. Mire con cuidado por sus espejos laterales y el retrovisor. 3. Mire con cuidado hacia atrás sobre su hombro para cerciorarse de que el punto ciego está libre. 4. Proceda con el cambio de carril. En ciudades y pueblos 35 Para autobuses escolares 45 Para autobuses de actividades escolares 55 Afuera de las ciudades y pueblos 55 En carreteras interestatales 70 1. Reducir la velocidad antes de entrar en la curva para que no tenga que frenar ya estando en la curva. 2. Aumentar gradualmente la velocidad, lo suficiente para mantener la tracción nece-saria para tener un buen control del automóvil cuando siga la curva. 3. Si es necesario frenar en la curva, debe fre-nar poco a poco hasta que tenga la certeza de que es seguro mantener una presión con-tinua en el pedal del freno. 4. Debe comenzar a girar el volante justo antes de llegar al punto en donde el camino empieza a dar vuelta. 5. Se debe mantener en su carril, y manejar lo más hacia la derecha que le sea posible. 1. Considerar la fuerza de la gravedad. 2. Cambiar a una velocidad (engranaje) menor antes de iniciar la cuesta abajo y 3. Comenzar a frenar antes y acercarse a la curva más despacio de lo que usted lo haría si estuviese en terreno plano. Reduzca su velocidad antes de dar vuelta y después acelere ligeramente. Para dar vuelta a la derecha, manténgase cerca del borde derecho del camino, para que ningún otro vehículo se pueda introducir entre su auto y el borde del camino. Las motocicletas y bicicletas son particular-mente difíciles de ver cuando se da la vuelta. Siempre indique con la señal apropiada y vea antes de dar vuelta para cerciorarse de que puede dar la vuelta sin percances. • En cualquier lugar donde el conductor no pueda ver a la distancia para cerciorarse de que el camino está libre de tráfico y puede rebasar sin percances. Es ilegal rebasar por el lado derecho, excepto en áreas en donde está específicamente permitido. Al rebasar por el lado derecho su vehículo se sitúa en el punto ciego del conductor del automóvil que usted está rebasando. El automóvil que usted está rebasando puede ines-peradamente dar vuelta a la derecha o hacerse hacia el lado derecho del camino. • En carreteras que tienen por lo menos dos carriles en cada sentido. • En calles de un sólo sentido en donde todos los carriles circulan en el mismo sentido. • Cuando se rebasa a un vehículo que está en el carril para dar vuelta a la izquierda y/o • Cuando se maneja en un carril asignado para dar vuelta a la derecha. En carreteras con tres carriles, usted sólo debe rebasar en el carril central, y únicamente cuando el carril en su sentido está marcado para rebasar. Excepción: cuando el automóvil en el carril central está dando la vuelta a la izquierda. Cuando a usted lo rebasan, se le exige que ayude al conductor que lo rebasa. Si el conductor del automóvil que lo rebasa toca su bocina, dirí-jase al extremo derecho del camino. Nunca aumente su velocidad. Si usted aumenta su velocidad y no ayuda al vehículo que lo está rebasando, se le acusará de un delito menor si ocurre un choque que oca-sione lesiones corporales o daños a la propiedad. 1. Mire con cuidado hacia adelante y hacia atrás para determinar si es seguro rebasar. 2. Si es seguro rebasar indique con su direc-cional para avisarle a los conductores de adelante y de atrás cuál es su propósito para que ellos planeen sus movimientos respecti-vamente. 3. Indique con su direccional izquierdo para avisarle al conductor de atrás que usted está a punto de salir de su carril para rebasar. 4. Toque su bocina para avisarle al conductor de adelante. El sonido de su claxon obliga legalmente al conductor del auto que está rebasando a ayudar-le a pasar. Al rebasar, cerciórese de tener el sufi-ciente espacio y mantenga una velocidad cons-tante. Usted no puede rebasar de una manera segura si no puede ver a la distancia y tiene la seguridad de poder regresar a su carril original antes de toparse con el tráfico que viene en el sentido opuesto. La ley exige que usted manten-ga por lo menos dos pies (61 cm) de distancia entre su automóvil y el vehículo o bicicleta que está rebasando. Usted no ha rebasado con seguri-dad si el vehículo que acaba de rebasar tiene que disminuir su velocidad para dejarlo entrar nue-vamente en el carril. • En intersecciones en ciudades y pueblos o en cruces de ferrocarril. • En intersecciones marcadas en áreas rurales. • En cualquier curva o cuesta donde el con-ductor no pueda ver a una distancia mínima de 500 pies (152 metros). • Siempre que exista una raya amarilla conti-nua del lado izquierdo del conductor. • Siempre que exista una doble raya amarilla. • En intersecciones o cruces peatonales donde un automóvil se ha detenido para dejar pasar a los peatones. • Auna distancia de 15 pies (4.6 metros) o menos de una toma de agua (hidrante) para bomberos o de una entrada a una estación de bomberos. • En el área pavimentada o principal de cualquier carretera. También, se prohibe esta-cionarse al lado del camino a menos que el vehículo pueda ser visto por los conductores que vienen de ambos sentidos desde una dis-tancia mínima de 200 pies (61 metros). • En doble fila en el lado del camino de otro automóvil estacionado. • Donde existan letreros de no estacionarse (no parking). • Amenos de una cuadra de un incendio o un camión de bomberos en los límites de la ciu-dad o a menos de 400 pies (122 metros) de un incendio o camión de bomberos afuera de la ciudad. • En cualquier lugar dentro del área de dere-cho de paso en una carretera interestatal, con excepción de las áreas designadas para estacionarse o en un caso de emergencia, y • En espacios de estacionamiento designados para personas discapacitadas, a menos que su automóvil tenga una placa o un tarjetón para personas discapacitadas. Una intersección es cualquier lugar donde dos o más caminos se unen o se cruzan entre sí. Los choques suceden con mayor frecuencia en intersecciones, las cuales son consideradas como los sitios más peligrosos de una calle o carretera. Más de una tercera parte de los choques auto-movilísticos que provocan muertes ocurren en intersecciones. En carreteras de cuatro carriles separadas por islas divisorias (camellones) de más de 30 pies (9.1 metros) cada cruce constituye una intersección independiente. La ley exige que disminuya su velocidad cuando se acerque a una intersección, aun cuando usted tenga el derecho de paso. Siempre estaciónese en el lado derecho de la calle, a menos que esté en una calle de un sólo sentido. Antes de salirse de un espacio en donde está estacionado en paralelo, verifique que no vengan vehículos e indique con su direccional izquierdo, a menos que esté estacionado en el lado izquierdo de una calle de un sólo sentido. Si usted está manejando y se da cuenta que un automóvil frente a usted está saliéndose de un espacio en donde estaba estacionado en para-lelo, disminuya su velocidad y prepárese para detener su automóvil. • En una intersección o enfrente de una entra-da de automóvil. • Auna distancia de 25 pies (7.6 metros) o menos del borde del camino que intersecta la calle en que usted se encuentra, o a 15 pies (4.6 metros) o menos del área de inter-sección de los carriles con el derecho de paso, si no existe un borde del camino. • En un cruce peatonal, banqueta (acera) o puente. 1. Antes de subirse al automóvil, cerciórese de que no haya objetos pequeños o niños atrás, ya que es difícil verlos una vez que se sienta en el asiento del conductor. 2. Para tener una visión completa de lo que hay atrás, debe maniobrar el volante con su mano izquierda y voltear mirando sobre su hombro hacia el vidrio trasero; no se confíe nada más en sus espejos o lo que vea por las ventanillas laterales. 3. Retroceda muy lentamente a no más de 10 mph, ya que es más difícil controlar y detener su automóvil al manejar en reversa. Cuando se acerca a una intersección que tiene una señal de alto, debe detenerse completa-mente y ceder el paso al tráfico de la otra calle. No continúe o dé vuelta hasta cerciorarse de que puede continuar de una manera segura. Maneje con precaución en las intersecciones con semáforos y espere hasta que la luz le permi-ta dar vuelta o continuar derecho. Una glorieta o círculo de tráfico es una intersección especial. Todos los automóviles en la glorieta circulan hacia la derecha. Usted recorre la glorieta en sentido contrario a las manecillas del reloj, hasta que llegue al camino o calle en donde desea dar vuelta. Usted sale de la glorieta dando vuelta hacia la derecha. Si hay más de un carril, cerciórese de que está en el carril exterior antes de llegar al sitio donde desea salir de la glorieta. Observe e indique con el direccional antes de dar vuelta o cambiar de carril. Nunca dé vuelta a la derecha desde un carril interno. Toda la glorieta se considera como una intersección. Los vehículos que circulan en la glorieta tienen el derecho de paso. Al salir de una entrada particular para automóviles, deténgase y ceda el paso a los demás autos y peatones. En intersecciones que no están marcadas, donde es difícil ver en todos los sentidos, deténgase en la intersección y con-tinúe despacio y con cuidado hacia adelante. Muchas intersecciones pueden tener caminos que se cruzan entre sí a distintos niveles. Estos pasos a desnivel y el método para dar vuelta hacia estas intersecciones especiales puede variar. Cuando llegue a un paso a desnivel, dis-minuya su velocidad y preste atención especial a las señales que le indican cómo dar vuelta. • El vehículo que se encuentra en la intersec-ción tiene el derecho de paso, antes que cualquier otro automóvil que no haya llega-do a la intersección. • Si dos o más vehículos llegan a la intersec-ción al mismo tiempo, el automóvil a la derecha tiene el derecho de paso. • Un vehículo con el derecho de paso puede continuar hacia adelante o si se permite, después de indicar con su direccional, puede dar vuelta a la izquierda o a la derecha, y • Aun con el derecho de paso, tenga cuidado para no pegarle a otros automóviles o peatones. Si dos automóviles que circulan en sentidos opuestos llegan a una intersección al mismo tiempo, las reglas del derecho de paso no son de mucha utilidad. Ambos conductores pueden con-tinuar en línea recta o dar vuelta a la derecha. Si un conductor va en línea recta mientras que el otro quiere dar vuelta a la izquierda, el conductor que quiere dar vuelta debe esperar. El conductor que desea dar vuelta a la izquierda debe indicar con el direccional adecuado y esperar hasta que pueda dar vuelta de una manera segura. Por lo tanto, en este caso, el conductor que va en línea recta tiene el derecho de paso. Nunca cambie de carril cuando va en línea recta cruzando una intersección. • Antes de continuar, siempre espere a que las luces rojas dejen de estar intermitentes. • Esté preparado para detenerse si va atrás de un vehículo que se debe detener en un cruce, como por ejemplo, autobuses esco-lares, vehículos motorizados comerciales o vehículos que llevan explosivos o materiales peligrosos (estos vehículos tienen carteles de aviso). • Si usted está cruzando las vías del tren y las luces de advertencia empiezan a estar inter-mitentes, o si las barreras empiezan a bajar, NO SE DETENGA. Las señales de adverten-cia le darán el tiempo suficiente para que cruce las vías antes de que llegue el tren. La barrera para el otro carril de la vía no lo blo-queará. Si usted se detiene y trata de retro-ceder, es posible que se pare el motor de su vehículo. • Las barreras no lo atraparán, pero es posible que el tráfico que está parado si lo haga. Cerciórese de que el tráfico adelante de usted no se detendrá, encajonándolo en las vías. • Si su vehículo está encajonado o si se le para el automóvil en las vías del tren, inmediata-mente saque a todos los pasajeros del vehículo. - Sitúe un vigía en cada sentido de la vía para ver si se acerca un tren. - Si no hay un tren a la vista, trate de quitar el vehículo de las vías del tren o vuelva a arrancar el motor, si es que éste se paró. El tráfico ferroviario ha aumentado en Carolina del Norte; ahora, más que nunca, es importante ser prudente en los cruces de ferro-carril. En algunos casos un tren necesitará más de una milla para poder detenerse. Los trenes no se pueden frenar rápidamente, pero su automóvil sí puede. Un letrero amarillo y negro con "RR" indica que usted se está acercando a un cruce de ferro-carril. Al acercarse a la vía del tren, voltee a ambos lados y escuche, porque es posible que tenga que detenerse. Los trenes se pueden acer-car al cruce en cualquier momento. Si existe un letrero de alto en el cruce, debe detenerse com-pletamente antes de atravesar. Un letrero en forma de cruz se coloca en el mismo cruce. Otro letrero más pequeño abajo de la cruz indica si existe más de una vía. Muchos cruces tienen luces rojas intermitentes o luces rojas intermitentes con barreras. Si la señal de advertencia se activa, usted se debe detener antes de que las barreras bajen y atraviesen su lado del camino. Es ilegal atravesar un cruce donde las barreras están bajadas. • Cuando en un cruce de ferrocarril las luces rojas están intermitentes y existe una señal en forma de cruz, usted DEBE DETENERSE, así como lo haría con cualquier semáforo en rojo. • Si usted está esperando a que pase el tren, sea paciente. • No se mueva inmediatamente después de que pase el tren, puede venir otro tren en la dirección contraria, u otro tren siguiendo al primero. • Disminuir su velocidad. • Mantenerse alerta. • Prestar atención por si encuentra una señal de cruce de ferrocarril. • Esté alerta de automóviles que estén salien-do de donde estaban estacionados y de peatones que salgan súbitamente de entre los automóviles estacionados. Estos automóviles podrían bloquear su visión del tráfico que cruza las calles, las entradas de automóviles y las callejuelas. • En una calle de un sólo sentido, use el carril o carriles centrales para continuar su reco-rrido en línea recta y use los carriles exterio-res para dar vuelta. Las carreteras rurales pueden ser caminos estrechos de dos carriles o carreteras con varios carriles. Con frecuencia el manejar en caminos rurales es más peligroso que el manejar en el tráfico congestionado de la ciudad, debido a lo siguiente: • El camino puede ser más angosto. • Amenudo la iluminación no es tan buena como en las ciudades, y/o • La velocidad del tráfico puede ser más alta. Una carretera secundaria pavimentada no siempre está diseñada para el tráfico pesado o para velocidades normales de carretera. La mayoría de las carreteras secundarias se cons-truyen para el transporte local y no son ca-rreteras principales. En estas carreteras, es probable que las cuestas sean más pronuncia-das y las curvas sean más cerradas que en las carreteras principales. A menudo, no se puede ver bien a la distancia. En las carreteras secun-darias no es seguro manejar a la velocidad que se maneja en las carreteras principales. Las carreteras interestatales son carreteras más seguras porque tienen carriles separados para el tráfico que circula en sentidos opuestos y hay menos lugares en donde el tráfico puede entrar o salir. Además, las carreteras inter-estatales no tienen cruces de ferrocarril, curvas cerradas, señales de alto o semáforos. Si en un camino o junto a éste existe una línea o trayectoria para bicicletas, por favor preste especial atención a los ciclistas al acercarse y cruzar una intersección. Debido a que el ciclista circula a la derecha del tráfico de los vehículos motorizados, es muy probable que suceda un accidente en una intersección si el ciclista va a continuar en línea recta y el conductor va a dar vuelta a la derecha. El manejar en las ciudades o pueblos puede representar problemas para algunos conductores. Amenudo, el tráfico en las áreas urbanas se con-gestiona. Esté alerta del tráfico que viene en las calles laterales. Al manejar en tráfico congestiona-do, esté alerta de conductores que hagan paradas repentinas. Para evitar que otro automóvil choque su vehículo por la parte trasera, verifique su espejo retrovisor a menudo para estar con-sciente de situaciones peligrosas atrás de usted. Si usted desea dar vuelta y se da cuenta de que no está en el carril adecuado, continúe hasta la siguiente intersección y dé vuelta ahí. • Deje el espacio suficiente para que pueda tomar decisiones. Deje un "margen de seguridad" alrededor de su vehículo. • Avise a otros conductores lo que usted pien-sa hacer. • Mire con cuidado a la distancia lo más lejos posible para detectar con anticipación situa-ciones de peligro y poder tomar la acción defensiva adecuada. • Evite manejar justo al lado de otro vehículo, especialmente si está en el punto ciego del conductor, si usted no puede ver el espejo retrovisor interior del automóvil que está adelante de usted, lo más probable es que se encuentre en el punto ciego de ese conductor. • No cambie de un carril a otro, si puede manténgase en un carril y planee con antici-pación sus cambios de carril. • Esté preparado para frenar. • Esté alerta de los automóviles en los carriles cercanos a usted. El tráfico circula mucho más rápido en una carretera interestatal que en una carretera ordi-naria. Es peligroso manejar a una velocidad mucho menor que el límite de velocidad indica-do. Usted debe seguir el flujo de tráfico, si es que lo puede hacer sin acelerar demasiado. Los choques suelen ocurrir más a menudo, si un automóvil circula a una velocidad mucho más lenta, que el resto del tráfico. • Al aumentar la velocidad, mire más hacia la distancia. • Preste especial atención a las intersec-ciones escondidas. • Esté alerta de señales de advertencia que le avisen de cambios en el camino. • Esté alerta de los otros vehículos especial-mente de los grandes y los que circulan despacio. • Mantenga una distancia segura al seguir a otros vehículos. • Encienda las luces del automóvil cuando no pueda ver bien. • Preste especial atención a los vehículos que vienen de frente porque se encuen-tran tan sólo a unos pies de distancia en algunas carreteras de dos carriles sin camellón. • Si usted ve una fila de automóviles en el sentido opuesto al suyo, esté alerta de conductores que posiblemente estén tratando rebasar. • Siempre tenga en mente una posible "ruta de escape" para evitar chocar con un automóvil que venga de frente. • Planee su viaje con anticipación. • Antes de salir de viaje verifique el agua, aceite, llantas y gasolina del automóvil. • Decida con anticipación en dónde desea salir o entrar en la carretera. • Cuando esté entrando a la carretera inter-estatal, use el carril de aceleración hasta que su velocidad sea igual a la del tráfico y pueda integrarse con seguridad. • Manténgase a la derecha, use el carril o ca-rriles de la izquierda para rebasar. • No se le acerque demasiado al automóvil de enfrente. • Mantenga una distancia segura al seguir a otros automóviles, de acuerdo con la veloci-dad a la que está manejando. Uno de los tipos de choques más frecuentes en una ca-rretera interestatal es el de "choques por la parte trasera". Siga “La regla de los dos segundos" (ver página 82). • Recuerde que cuando se maneja a mayor velocidad, se requiere de más distancia y tiempo para detener el automóvil. • Deténgase frecuentemente en las áreas de descanso señaladas (rest area), de preferencia cada 100 millas. • Nunca se detenga en el carril de circulación. • Si la descompostura del vehículo lo obliga a detenerse, aléjese de la carretera. Sujete un trozo de tela blanca en la antena del radio o en la manija de la puerta izquierda y levante el cofre. Si la descompostura sucede en la noche, encienda las luces intermitentes de emergencia o las luces para estacionarse. Si usted es un conductor que ve un vehículo descompuesto, comuníquese inmediata-mente con la patrulla de caminos (Highway Patrol) o con algún agente local del orden público. • Al salir de la carretera, con anticipación, indique con el direccional, y sin bajar la velocidad pase al carril de desaceleración. Continúe a la velocidad límite indicada para salir. • Cuando tenga sueño, deténgase y descanse o coma algo. • Constantemente observe el camino frente a usted, sin embargo, no mire a un objeto por más de unos segundos a la vez y nunca fije la vista a la distancia. • Use frecuentemente su espejo retrovisor y sus espejos laterales para reducir la proba-bilidad de que a su automóvil le peguen por atrás. • Baje su velocidad cuando vea una situación que pueda ser peligrosa. • No bloquee su vista del parabrisas o ven-tanillas (sólo se permite colocar en la parte inferior izquierda del parabrisas una calco-manía de la inspección oficial o una calco-manía de la ciudad si se utiliza en vez de una placa de la ciudad). • Acomode las cosas en su vehículo de tal manera que no bloqueen su visión del camino. • No coma, beba o fume mientras maneja. • Con la excepción de sacar la mano para hacer una señal, usted y sus pasajeros nunca deben sacar el brazo, la cabeza o el pie afuera de la ventanilla del automóvil cuan-do está en movimiento. • En la noche, cuando usted enciende sus luces altas (faros), debe ser capaz de ver a una persona a 200 pies (61 metros) de dis-tancia. Con las luces bajas, usted debe ser capaz de ver a una persona a 75 pies (23 metros) de distancia. Cuando las luces delanteras están desajus-tadas, brillan en los ojos de los conductores, ciclistas o peatones que vienen en sentido opuesto. La vibración del vehículo puede ocasionar que las luces se desajusten. Un error muy peligroso que cometen los conductores en las carreteras interestatales, es el de tratar de salir de la carretera después de que se pasaron su salida. Si usted se pasa su salida, no baje la velocidad o trate de retroceder y dar vuelta. Continúe a la siguiente salida y sálgase ahí de la carretera. Siempre podrá encontrar un camino o una calle lateral para regresar a la sali-da que deseaba. Muchas carreteras interestatales cuentan con intersecciones en forma de trébol. En las intersec-ciones en forma de trébol un camino entra a otro camino a través de un puente, y todas las vueltas son hacia la derecha. • Planee con anticipación. • Viaje con el tiempo suficiente para detenerse y descansar con frecuencia. • Por lo menos cada 100 millas, deténgase, salga del automóvil y camine un poco. • Todos los vehículos deben estar equipados de fábrica con frenos en buen funcionamien-to, además, deben tener dos maneras distin-tas de frenar. • Cuando el pedal del freno esté metido hasta el fondo, éste debe estar por lo menos a una tercera parte de la distancia original del piso. Si no es así, usted necesita que le veri-fiquen sus frenos y hacer cualquier reparación necesaria. • Si siente que con la presión de su pie el pedal del freno se sume gradualmente, es necesario que le verifiquen el sistema hidráulico de su automóvil. • Si los frenos rechinan cuando usted pisa el pedal, es posible que no funcionen bien; lleve su automóvil a que se lo arreglen y no se arriesgue a perder por completo los frenos. El sistema de frenos antibloqueo (Anti-Lock Brakes, ABS) pueden mejorar la estabilidad del vehículo (evitar trompos), aumentar el control de la dirección (dirigir el vehículo a dónde el con-ductor quiere que vaya) y aumentar la capacidad de frenado (distancia necesaria para detener el vehículo). Con los frenos antibloqueo, es importante frenar fuerte y mantener una presión firme y constante sobre el pedal de freno mientras se detiene. Bombear el pedal de freno o no aplicar presión constante sobre el pedal de freno reduce la eficacia del sistema de frenos antibloqueo. Todo vehículo que se conduce en las calles y carreteras de Carolina del Norte debe estar equipado con llantas que sean seguras para el funcionamiento del vehículo y no expongan al público a peligros innecesarios. Se considera que las llantas no son seguras cuando tienen rajaduras, están agrietadas o tan desgastadas que se ve la tela. También cuando se ve una sepa-ración de la rodada, tiene amontonamientos o una rodada con una profundidad menor a 1.59 milímetros. Es una buena costumbre verificar y ajustar las luces periódicamente. El exceder la carga de la parte trasera de su automóvil, puede ocasionar que se levante el frente y que las luces delanteras produz-can un deslumbramiento incómodo y algu-nas veces peligroso para los conductores, ciclistas y peatones que vienen en sentido opuesto. Las luces traseras del automóvil deben ser de color rojo y visibles por lo menos a 500 pies (152 metros). La ley también exige que una luz blanca ilu-mine la placa del automóvil para que los números sean visibles por lo menos a 50 pies (15 metros) de distancia. Todos los vehículos motorizados fabricados a partir de 1955 deben tener luces de esta-cionar (cuartos) de color rojo o ámbar, que se encienden al frenar o al poner el direc-cional. Estas luces pueden estar combinadas con las luces traseras o pueden funcionar independientemente y deben ser visibles por lo menos a 100 pies (30 metros) de dis-tancia a la luz normal de día. Debido a que las señas hechas con la mano son difíciles de ver en la noche, es muy importante que las luces del automóvil fun-cionen perfectamente y que los vidrios de sus luces estén limpios. Antes de empezar a manejar ajuste sus espe-jos. Su espejo retrovisor debe mostrar exacta-mente lo que está detrás de usted. Ajuste sus espejos laterales para ver lo que está en la parte trasera izquierda y derecha del vehículo. Los espejos deben reflejar un poco los lados de su vehículo. • Todo vehículo motorizado que se maneje en la carretera pública debe estar equipado con frenos para controlar adecuadamente el movimiento, detener y retener al vehículo. para su liberación. Verifique su sistema de escape frecuentemente para cerciorarse de que no tiene fugas. Una fuga en el sistema de escape puede permitir que gas venenoso de monóxido de car-bono entre en el compartimento de los pasajeros dentro del vehículo. Amenudo, la intoxicación de monóxido de carbono puede ser mortal, y aun en pequeñas cantidades puede ocasionar que al conductor le dé sueño o pierda el conocimiento y luego el control del automóvil. Por esta razón, se sugiere que siempre mantenga una ventana abierta por lo menos una pulgada. Si su vehículo se balancea de lado a lado en condiciones normales de manejo y se inclina demasiado hacia un lado al dar vuelta, o parece que está brincando constantemente, es posible que el sistema de la suspensión no funcione co-rrectamente. Llévelo a un mecánico para que inspeccione todo el sistema de suspensión, incluyendo los amortiguadores, y corrija cualquier defecto inmediatamente. Una descom-postura en el sistema de suspensión puede oca-sionar que usted pierda el control del vehículo. La mayoría de los automóviles están equipados con un mecanismo de advertencia de emergencia que hace que las cuatro luces direc-cionales se pongan intermitentes. Estas luces intermitentes pueden advertir a otros conduc-tores de algún posible peligro o de que un vehículo está averiado o está parado. • Conocimientos prácticos que le permiten al conductor manejar a la defensiva y evi-tar un choque a pesar de los errores de manejo de los otros; y • Conocimientos teóricos de las reglas bási-cas de manejo de un automóvil para dar vuelta, rebasar, retroceder o estacionar el automóvil. Las llantas son muy importantes para detener su vehículo. Nunca maneje con las llan-tas lisas o con las llantas que estén mostrando la tela. Las llantas que no tienen suficiente aire, se desgastan más rápido. También las llantas que no tienen suficiente aire tienen mayor probabilidad de desinflarse. Las llantas que están demasiado infladas reducen la tracción y se desgastan espe-cialmente en la parte central de la rodada. Se debe verificar la presión del aire de las llantas por lo menos una vez a la semana. Para manejar de manera segura y ahorrar gasolina, las llantas deben tener la cantidad de aire correcta. Siga las recomendaciones del fabricante. El mejor momento para verificar la presión de las llantas es en la mañana, cuando las llantas están frías. Si no tiene un calibrador de presión, usted puede llevar su vehículo a una gasolinera cercana o un centro automotriz para verificar la presión de las llantas. Solamente los agentes del orden público y los vehículos de emergencia pueden tener luces o sirenas de emergencia. Todo vehículo motorizado debe tener un silenciador en buenas condiciones. El silenciador filtra el humo y el ruido excesivo. Una función del sistema de escape es la de llevar los gases dañinos del motor a la parte trasera del vehículo • Todo vehículo motorizado autorizado debe estar equipado con una bocina o claxon en buen estado. • El sonido de la bocina debe ser lo suficien-temente fuerte para que se escuche por lo menos a 200 pies (61 metros) y no debe hacer un sonido irrazonablemente fuerte o exasperante. • Si la bocina no funciona, repárela inme-diatamente. • Se debe usar la bocina como un dispositi-vo razonable de advertencia. No debe usar la bocina innecesaria o irrazonable-mente. La comunicación significa hacer saber pre-viamente a otros conductores lo que usted planea hacer, a fin de evitar un choque. En cualquier momento que usted planee reducir su velocidad, detenerse, dar vuelta, cambiar de carril o salir del lugar donde está estacionado, usted debe indicar qué es lo que pretende hacer. Tenga la costumbre de indicar sus movimientos aun cuando no vea a otros en el camino. Antes de poner la señal, primero debe ver que su movimiento se pueda hacer de manera segura. Las señales de los direccionales son los susti-tutos legales para las señas con la mano, pero en ocasiones son difíciles de ver. Cuando está oscure-ciendo y muy temprano en la mañana, las luces direccionales pueden reflejar la luz del sol, dificul-tando identificar si las luces están intermitentes o no. En la noche, es mucho más fácil ver las luces direccionales que las señas con la mano. Utilice el tipo de señal que usted crea que servirá mejor para comunicar lo que intenta hacer. Una buena regla es usar tanto los direccionales como las señas con la mano durante el día, especialmente en la tarde cuando está oscureciendo o muy temprano en la mañana cuando el sol brilla y está bajo en el horizonte. En la noche la señal con los direc-cionales es suficiente. • Para indicar una vuelta a la izquierda, mantenga el brazo y la mano extendida hacia afuera y apunte con el dedo índice. • Para indicar una vuelta a la derecha, extienda el brazo hacia afuera y el ante-brazo hacia arriba, con la palma hacia adelante. • Para indicar que va a detenerse o va a bajar de velocidad, apunte el brazo y la mano hacia abajo, con la palma hacia atrás. Lo que usted ve es importante para manejar a la defensiva. • Los buenos conductores tratan de ver en el camino de 10 a 15 segundos adelante de ellos (más o menos una cuadra en una ciu-dad). Al mirar hacia adelante, es posible que evite movimientos de último momento como paradas repentinas o cambios rápidos de carril. • Cada 10 segundos verifique los espejos para ver si hay algún vehículo que lo sigue muy de cerca. • Al cambiar de carril, retroceder, bajar la velocidad, o manejar cuesta abajo, es muy importante que verifique si tiene tráfico detrás de usted o en sus puntos ciegos. • Al verificar sus espejos, no quite la vista del camino por más de un instante. El vehículo delante de usted podría detenerse repenti-namente. • Siempre tenga en mente una solución. Si bien es cierto que los espejos son útiles, usted debe recordar que no le muestran el panorama completo. Los espejos dejan puntos "ciegos" en su campo de visión. Los puntos "cie-gos" son las áreas cercanas a la izquierda y derecha de la parte trasera del vehículo, que usted no puede ver por los espejos cuando está en el lugar del conductor. Por lo tanto, antes de cambiar de carril o dar vuelta, rápidamente voltee la cabeza y mire por encima de su hombro para observar lo que está en su punto ciego. Se pueden crear otros puntos ciegos por el deslum-bramiento de las luces, parabrisas sucios, vehícu-los estacionados muy cerca a una intersección, arbustos y/o edificios. En estos casos, maneje su automóvil lentamente hacia adelante hasta que pueda ver claramente. Evite manejar en el punto ciego de otro conductor, ya que es más difícil que lo vean ahí. seguro es que el niño realice un movimiento repentino, así que déjele más espacio al niño. Esto quizás implique moverse más cerca a los automóviles que vienen de frente. Si las situa-ciones son igualmente peligrosas, como en el caso de automóviles que vienen de frente y automóviles estacionados, usted se debe detener y dejar que el tráfico que viene de frente pase sin percances antes de continuar. Una zona de obras en una calle o carretera, pone sobre aviso de actividades de construcción o mantenimiento realizadas dentro o junto al camino utilizado por vehículos. Esta zona de obras puede o no interferir con el flujo normal de tráfico, pero generalmente en esta zona habrá actividades que tienden a atraer la atención del conductor o a distraerlo del tráfico. Es muy importante MANTENERSE ALERTAen la zona de obras y estar preparado en todo momento para reaccionar con seguridad a las condiciones inesperadas. Es ilegal manejar un vehículo motorizado a una velocidad mayor que la velocidad límite indicada cuando se está recorriendo una zona de obras. Una zona de obras en la carretera es el área entre el primer letrero que indica el inicio de la zona de obras y el último letrero que indica el final de la zona de obras. La multa por exceso de velocidad en la zona de obras es de $250.00 dólares, si es que hay un letrero al inicio de la zona de obras en donde se especifique la sanción. Se exige esta multa además de cualquier otra san-ción por ser declarado culpable de cometer la infracción de exceso de velocidad. • Usted debe ser capaz de juzgar situa-ciones peligrosas y adaptar su forma de manejar respectivamente. • Aún más importante, usted debe saber cuándo las condiciones son demasiado peligrosas para arriesgarse a manejar. Ponga la señal por lo menos durante los últimos 100 pies (30 metros) antes de dar vuelta o dete-nerse. Si el límite de velocidad es de 45 mph o más, ponga la señal durante los últimos 200 pies (61 metros) antes de dar vuelta. Mientras más rápido esté manejando, con mayor anticipación deberá poner la señal. Al mantenerse alejado de otros automóviles usted deja un espacio de seguridad alrededor de su automóvil. Cerciórese de que existe suficiente espacio adelante y atrás de usted para rebasar o detenerse de una manera segura. Aplique “La regla de los dos segundos" para deter |
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